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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de febrero de 2007 339418 el Art. II del Titulo preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia y funciones especí fi cas Municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes Nacionales, Regionales y Locales de Desarrollo; Que, en Art. 56°, del Subcapítulo II del Título IV- el régimen Económico Municipal, preceptúa que son bienes de las Municipalidades: Los Bienes Inmuebles y Muebles de uso público, destinados a servicios públicos locales y los edi fi cios Municipales y sus instalaciones y, en general todos los bienes adquiridos , construidos y/o sostenidos por la Municipalidad; Que, asimismo en el Art. 57° del mismo cuerpo de leyes , dispone que cada Municipalidad abre y mantiene actualizado el margesí de bienes Municipales , bajo responsabilidad del Alcalde, el Gerente Municipal y el Funcionario que la Municipalidad designe en forma expresa; Que, para los efectos de la inscripción en el Registro de Predios de los Bienes Inmuebles Municipales, a que se re fi ere el presente capítulo , el artículo 58º y la Octava Disposición Complementaria de la Ley antes acotada , establece que se inscriben a solicitud del Alcalde y por el solo mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente que lo disponga ; Que, visto y analizado, en Sesión Ordinaria de fecha 16.01.2007, el Informe de visto emitido por la Asesoría Legal se aprobó, por voto unánime de los Sres. Regidores: Prof. Maritza Doris Moscol de Wiese , Sra. Maria Juana Alvarez Purizaca, Prof. Oswaldo Serna Fernández, Sr. Bernardo Fiestas Fiestas y de la Sra. Ing. Miriam Jessica Periche Romero; Estando a los considerandos antes expuestos y a la aprobación unánime de los Sres. Regidores: Prof. Maritza Doris Moscol de Wiese, Sra. María Juana Alvarez Purizaca, Prof. Oswaldo Serna Fernández, Sr. Bernardo Fiestas Fiestas y de la Sra. Ing. Miriam Jessica Periche Romero; SE ACUERDA: 1°.- APROBAR, la inscripción de los Bienes Inmuebles que conforman el Margesí de Bienes Municipales de la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de Talara, departamento de Piura, Región Piura los cuales se detallan a continuación: Nº INMUEBLE UBICACIÓN 01 Mercado Central Lote I-13 , Plaza de Armas 02 Mercadillo Lote B-13- Plaza de Armas 03 Auditorio Municipal Lote A-11, Plaza de Armas 04 Palacio Municipal Lote S/n Plaza de Armas 05 Baños Públicos Lote B-1, Plaza de Armas 06 Antena Parabólica Lote B-1, Barrio Viña del Mar 07 Centro de Salud Lote s/n Zona Industrial08 Biblioteca Municipal Av. Bolognesi s/n 09 Cine Municipal Avenida Bolognesi s/n10 Planta Hidrobiológica Municipal Playa de Animas 2°.- AUTORIZAR, a la Señora Alcaldesa Sra. Rosa Amelia Machuca Neyra , a realizar los trámites registrales correspondientes para la inscripción de los predios en los Registros Públicos . 3°.- HÁGASE, de conocimiento de la Superintendencia de Bienes Nacionales, Gobierno Regional Piura y estamentos involucrados de la Municipalidad distrital de El Alto. 4°.- Encargar el cumplimento del presente Acuerdo Gerencia Municipal, Catastro, Asesoría Legal, Dirección de Infraestructura, Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROSA AMELIA MACHUCA NEYRA Alcaldesa 24692-1Fijan montos de remuneración mensual de Alcaldesa y de dieta de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 016 -01-2007-A-MDEA El Alto, 30 de enero de 2007LA SEÑORA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL EL ALTO VISTO, En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de enero de 2007, la Carta S/n de fecha 25.01.2006, emitida por los señores Regidores; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Art. II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N’ 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia y funciones especí fi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales , regionales y locales de desarrollo; Que, los señores Regidores con el documento de vistos, indican que estando a lo prescrito en los artículos 12º y 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 , el monto de las dietas así como la remuneración mensual del Alcalde, serán fi jados discrecionalmente dentro del primer trimestre de primer año de gestión, mediante Acuerdo de Concejo, conforme a la real y tangible capacidad económica del Gobierno Local, previas las constataciones presupuestales del caso; proponiendo como remuneración mensual del Alcalde la suma de S/. 7, 500.00 nuevos soles y por el monto de cada una de las dietas a percibir la suma de S/. 562.50 nuevos soles; Que, asimismo, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto mediante Informe Nº 105-2007- MDEA/ GPP, indica que teniendo en consideración el planteamiento efectuado y habiendo sido reestructurado la ejecución presupuestal correspondiente al presente ejercicio, existe la posibilidad de presupuestal y fi nanciera, debiendo cargarse dicho gasto a la actividad 100110 Conducción y Orientación Superior, Partida 5.4.11.39 Otros Servicios de Terceros , con afectación a la fuente de fi nanciamiento 09 recursos directamente Recaudados; Que, visto y analizado el referido Tema, en Sesión Ordinaria de Concejo por los señores Regidores: Maritza Doris Moscol de Wiesse , Maria Juana Alvarez Purizaca, Prof. Oswaldo Serna Fernández y el Sr. Bernardo Fiestas Fiestas y de la Sra. Ing. Miriam Jessica Periche Romero, acordaron por unanimidad se apruebe la referida propuesta; Por los fundamentos antes expuestos y estando de acuerdo con lo prescrito en el inciso 8 del Art. 9º, Arts. 12º y 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y de acuerdo a las atribuciones que me con fi ere el Art. 20º Inc. 3 y 6 de la Ley Nº 27972 y conforme al Acuerdo por unanimidad; SE ACUERDA: 1.- FIJAR, el monto de remuneración mensual de S/. 7, 500.00 nuevos soles de la. Alcaldesa del distrito de El Alto Sra. Rosa Amelia Machuca Neyra, por el período 2007-2010. 2.-FIJAR, el monto de la dieta por Sesión de Concejo en la suma S/. 562.50 nuevos soles, no pudiéndose otorgar más de 4 dietas mensuales a cada Regidor. 3.-Encargar el cumplimento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Contabilidad, Tesorería y Secretaría General. Regístrese, comuníquese y dese cuenta.ROSA AMELIA MACHUCA NEYRA Alcaldesa 24689-1