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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de febrero de 2007 339406 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 24193-2 Aprueban incentivo por el pronto pago de los Tributos Municipales Administrados por la Municipalidad ORDENANZA Nº 005-07/MDLV La Victoria, 30 de enero de 2007 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de enero de 2007, el Dictamen Conjunto Nº 004-2007-CPRC/CPPPAL/MDLV de fecha 30 de enero de 2007 de la Comisión de Rentas, Comercialización y de la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 091-06/MDLV, se aprobó la Tasa de de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de La Victoria para el Ejercicio Fiscal 2007; Que, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 091-06/MDLV, estableció que la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, sería de periodicidad mensual y que la misma vencería el último día hábil de cada mes; Que, es necesario incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad de La Victoria, como una estrategia tendiente a impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de las Comisiones de Rentas, Comercialización y de la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales, y Gerencia de Asesoría Jurídica; y de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo con dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL INCENTIVO POR EL PRONTO PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Artículo Primero.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar el incentivo por el Pronto Pago de los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de La Victoria. Artículo Segundo.- RÉGIMEN DE INCENTIVO Los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de La Victoria que paguen sus tributos dentro de los plazos de vencimiento establecidos en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 091-06/MDLV y el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, obtendrán los descuentos señalados a continuación, sobre la tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, por el pago oportuno de sus tributos: a) 10% de descuento sobre la tasa de arbitrios municipales 2007, por el pago de los 12 meses de arbitrios municipales y los 4 trimestres del Impuesto Predial, hasta el último día hábil del mes de febrero de 2007. b) 7.5% de descuento sobre la tasa de arbitrios municipales 2007, por el pago de los 12 meses de arbitrios municipales hasta el último día hábil del mes de febrero de 2007. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Prorrogar el vencimiento de la primera cuota de arbitrios municipales del año 2007 al último día hábil del mes de febrero del presente año. Segunda.- Encargar a las Gerencias de Rentas y Administración el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 24193-3 Aprueban Beneficio de Tope de Incremento para los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007 en el distrito de La Victoria ORDENANZA Nº 006-07/MDLV La Victoria, 30 de enero de 2007El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO: Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de enero de 2007, el Dictamen Conjunto Nº 005-2007-CPPPAL-CPRC/MDLV de fecha 30 de enero de 2007 de la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto, Asuntos Legales y de la Comisión de Rentas y Comercialización, y ; CONSIDERANDO Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 091-06/MDLV, se aprobó la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de La Victoria para el Ejercicio Fiscal 2007; Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 091-06/MDLV, establece la forma de determinación de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el presente ejercicio; Que, las Sentencias del Tribunal Constitucional recaídas sobre los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI-TC y 018-2005-PI/TC contra las Municipalidades distritales de Santiago de Surco, Mira fl ores y la Municipalidad Provincial de Ica, de fi nieron los criterios a tomarse en cuenta para la determinación y distribución de las Ordenanzas que regulan la cobranza de Arbitrios Municipales a nivel nacional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 478 de la Municipalidad Metropolitana de Lima se rati fi có la Ordenanza Nº 091-06/MDLV, norma marco para nuestra cobranza de arbitrios;