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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de febrero de 2007 339409 La Victoria, consigna en su Artículo 66º que la procuraduría es un órgano de asesoramiento en la defensa judicial encargado de la representación y defensa de los intereses y derechos de la corporación edil. En esta misma línea el Artículo 68º.1 establece como sus funciones la defensa de los intereses y derechos de la entidad, por lo que para el efecto del presupuesto procesal de legitimidad para obrar en el futuro proceso judicial resulta necesario contar con el respectivo Acuerdo de Concejo que autorice a iniciar las acciones legales pertinentes; Que, los Miembros de la Comisión Permanente de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica considera necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad de La Victoria para que interponga las acciones civiles que correspondan en defensa de los intereses de nuestra comuna y en contra de la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima; En merito de los fundamentos expuestos y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La Victoria en la forma reglamentaria, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura del acta. ACORDÓ:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad de La Victoria, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima, por pagos indebidos o en exceso e indemnización por daños y perjuicios. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público de la Municipalidad de La Victoria, para los fi nes a que se contrae el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 25327-2 Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comisión de delito de aprovechamiento indebido de cargo ACUERDO DE CONCEJO Nº 0006-07-MDLV La Victoria, 30 de enero de 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA :Visto, en la Orden del día de la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 30 de enero del 2007, el O fi cio Nº 003- 07-OCI/MDLV, los Informes Nºs. 003-07-PPM/MDLV, 028-07-GAJ de fechas 3, 16 y 23 de enero del 2007, respectivamente por los que se formula la necesidad de autorizar al Procurador Público, interponga las acciones penales contra el Comité Especial, a cargo del Concurso Público Nº 001-04-CE/MDLV, por el presunto delito de aprovechamiento de cargo, previsto y sancionado en el Artículo 397º del Código Penal y el Dictamen Nº 004-07-CPPPAL/MDLV de fecha 29 de enero del 2007, emitido por la Comisión Permanente de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía a la que se re fi ere la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, mediante O fi cio de vistos, el Gerente del OCI remite el Informe Especial Nº 001-2006-OCI/MDLV emergente del Examen Especial a las exoneraciones, procedimientos de selección de concursos y publicación del TUPA del período 2004, el mismo que consta de 505 folios (2 tomos); Que, mediante Informe de Vistos el Procurador Público Municipal, re fi ere que resulta necesario se le autorice expresamente, mediante Acuerdo de Concejo iniciar las acciones penales que el órgano de Control Institucional ha recomendado se instauren contra los ex - miembros del Comité Especial a cargo del Concurso Público 001-2004-CE/MDLV, de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante Informe de Vistos, el Gerente de Asesoría Jurídica señala que el Artículo 9º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 establece: que corresponde al Concejo Municipal autorizar al Procurador Público Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes, por lo que opina que es procedente lo solicitado; Que, el ROF de la Municipalidad de La Victoria, consigna en su Artículo 66º que la procuraduría es un órgano de asesoramiento en la defensa judicial encargado de la representación y defensa de los intereses y derechos de la corporación edil. En esta misma línea el Artículo 68º.1 establece como sus funciones la defensa de los intereses y derechos de la entidad, por lo que para el efecto del presupuesto procesal de legitimidad para obrar en el futuro proceso judicial resulta necesario contar con el respectivo Acuerdo de Concejo que autorice a iniciar las acciones legales pertinentes; Que, los Miembros de la Comisión Permanente de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica creemos que resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad de La Victoria, para que interponga las acciones penales que correspondan en defensa de los intereses de nuestra comuna contra los miembros del Comité Especial conformado por los señores Carlos Alberto Arana Reategui, Cesar Augusto Olivo Valenzuela y Ricardo Gómez Alzamora y contra los que resulten responsables por la presunta comisión del delito de aprovechamiento indebido de cargo previsto y sancionado en el artículo 397º del Código Penal; En mérito de los fundamentos expuestos y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Distrital en la forma reglamentaria y con dispensa del trámite de la lectura del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad de La Victoria, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones penales que correspondan contra los miembros del Comité Especial conformado por los señores Carlos Alberto Arana Reategui, Cesar Augusto Olivo Valenzuela y Ricardo Gómez Alzamora y contra los que resulten responsables por la presunta comisión del delito de aprovechamiento indebido de cargo previsto y sancionado en el artículo 397º del Código Penal Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público de la Municipalidad de La Victoria, para los fi nes a que se contrae el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 25327-3