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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (13/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de febrero de 2007 339581 aduana de la República utilicen indistintamente el formato de “Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso” aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 318-2005-SUNAT/A o el aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 645-2006/SUNAT/A. Artículo 3º.- Autorícese hasta el 31.05.2007 para que el formato de “Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso” que se hubiera impreso con las especi fi caciones técnicas señaladas en el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 645-2006/SUNAT/A sea utilizado por las compañías de transporte internacional de viajeros y las intendencias de aduana de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria 26405-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 0710240000121 Chiclayo, 7 de febrero del 2007 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lambayeque para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque al funcionario que se indica a continuación: - Alfredo Rubén Saavedra Rodríguez. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO F. PASTOR RAMÍREZ Intendente (e) Intendencia Regional - Lambayeque 26113-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Fijan factor de reajuste de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de Puente Piedra, mediante O fi cio Nº 007- 2007-SG-MDPP, recibido el 12 de febrero de 2007) ORDENANZA Nº 088-MDPP Puente Piedra, 14 de setiembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Puente Piedra, en la Sesión Ordinaria de la fecha, ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE FIJAN FACTOR DE REAJUSTE DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2007 Artículo Primero.- Establece que los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2007, se determinarán tomando como base el monto de los Arbitrios fi jados para el ejercicio 2006 reajustándolos con el índice de precios al consumidor para Lima Metropolitana correspondiente al ejercicio 2006. Artículo Segundo.- Manténgase vigente las Disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 073-MDPP ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 437 Municipalidad de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Informática y Estadística, y las demás Gerencias que forma parte de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 26391-1 Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente el servicio de recojo de residuos sólidos en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2007-MDPP Puente Piedra, 31 de enero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRAVISTOS: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero del 2007, el Informe Nº 036-2007-GMASL-MDPP de la Gerente de Medio Ambiente y Servicios Generales. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la