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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (14/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de febrero de 2007 339697 la obra dentro de los plazos del Convenio Interinstitucional celebrado entre la Región Ancash y la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. Que, existiendo ya exoneraciones de procesos de selección por otros materiales, dados por el Concejo Municipal, se debe dar el mismo tratamiento, máxime si los materiales a adquirirse son para la subbase y base de la aludida obra, que es prioritario en el proceso constructivo del asfaltado en su 2da etapa; y debe tener el carácter de de fi nitivo, observándose las normas legales que se indican en el Informe Legal Nº 020-2007-MDPL/AJ, para su cumplimiento. Por lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en los Arts. 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, sometido a debate; previa las deliberaciones del caso; la votación de estilo por UNANIMIDAD del pleno de regidores. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar el contenido del Informe Legal Nº 020-2007-MDPL/AJ, para los fi nes de Ley. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección, la adquisición de materiales granulados por un valor referencial de S/. 346,013.39 nuevos soles; cuya adquisición tendrá el carácter de de fi nitivo; para la obra: Mejoramiento de la carretera Pueblo Libre - Pamparomas, tramo cruce carretera Huaraz - Caraz - Juipon, Km 3+200 al Km 6+510, por los fundamentos expuestos en el Informe Legal Nº 020-2007-MDPL/AJ, cuyo monto será abonado con recursos entregados por Encargo por parte del Gobierno Regional de Ancash. Artículo Tercero.- Dar cuenta del presente Acuerdo de Concejo Municipal como del informe legal que lo sustenta, a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, dentro de los 10 días hábiles a su emisión; siendo la causal: Desabastecimiento inminente. Artículo Cuarto.- Se ordena publicar el contenido del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles a su emisión. Artículo Quinto.- Disponer la ejecución del presente Acuerdo al Comité de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, en la forma prevista en el Art. 148º del Dec. Supremo Nº 084-2004-PCM y en el Art. 21º del Dec. Supremo Nº 083-2004-PCM, en razón que la adquisición tendrá el carácter de de fi nitivo, no siendo procedente un nuevo proceso de selección. Regístrese, comuníquese, archívese y publíquese. PAUL CRISTIAN DIAZ VASQUEZ. Alcalde 26204-2 Aprueban contrataciones y adquisi- ciones realizadas en ejecución de los Acuerdos Municipales Nºs. 042, 043 y 044-2007.MDPL ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 0066-2007-MDPL Pueblo Libre, 31 de enero del 2007.EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2007, el contenido del Informe del señor alcalde Paúl Cristian Díaz Vásquez y el Informe Legal N° 023-2007/MDPL/AJ, de fecha 31 de enero del 2007, sobre: Aclaración de los Acuerdos de Concejo Municipal N° 0042-2007-MDPL; N° 0043-2007-MDPL y N° 0044-2007-MDPL; respecto a los valores referenciales que contienen, que no se ajustan a la realidad; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el informe legal N° 023-2007-MDPL/AJ, ilustra al Concejo Municipal en el sentido que el Art. 32° del Dec. Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que el valor referencial, es el valor determinado por la entidad mediante estudios o indagaciones sobre los precios que ofrece el mercado y que esta referido al objeto de la adquisición o contratación. La entidad calculará el valor referencial incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y de ser el caso los costos laborales respectivos con forme a la legislación vigente, asimismo cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a adquirir o contratar. Que, el mismo Informe Legal N° 023-2007-MDPL/AJ, hace ver que con los valores referenciales alcanzados por el Ing. Mario Duran Puente de la Vega, persona extraña a la entidad, se infringido la norma legal antes señalada, tanto más si no cumple con las exigencias, y ha llevado a errores al Concejo Municipal. Por lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en los Arts. 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, sometido a debate; previa las deliberaciones del caso; la votación de estilo por UNANIMIDAD del pleno de regidores. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar las contrataciones y adquisiciones realizadas por el Comité Especial de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; y por el alcalde la fi rma de los contratos respectivos, en ejecución de los Acuerdos Municipales N° 042-2007.MDPL, N° 043-2007.MDPL, y N° 044-2007.MDPL. Artículo Segundo.- Aprobar el Informe Legal N° 023- 2007-MDPL/AJ, y aclarar los valores referenciales como sigue: a).- En el Acuerdo de Concejo Municipal N° 042-2007- MDPL, el valor referencial es la suma de S/. 445,185.00 nuevos soles, para la adquisición de la emulsión asfáltica, y el valor real de compra es de S/. 448,267.05 nuevos soles. b).- En el Acuerdo de Concejo Municipal N° 043- 2007-MDPL, el valor referencial en el fl ete de Lima a Catucancha es S/. 41,094.00 nuevos soles, para el traslado de la emulsión asfáltica de la planta a la obra, y el valor referencial del contrato es la suma de S/. 59,976.00 nuevos soles. c).- En el Acuerdo de Concejo Municipal N° 044-2007- MDPL, el valor referencial es la suma de S/. 82,800.00 nuevos soles, para la adquisición de piedra chancada que incluye fl ete e impuesto de ley. Artículo Tercero.- Dar cuenta del contenido del presente Acuerdo de Concejo Municipal a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, con el Informe Legal que lo sustenta, para los fi nes de ley. Artículo Cuarto.- Ordenar la publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario O fi cial El Peruano, para los fi nes de ley. Artículo Quinto.- Concluir que el Ing. Mario Duran Puente de la Vega ha alcanzado el documento materia del expediente N° 0251, sin sustento de pruebas, para fi jar valores referenciales; induciendo a error a los miembros del Concejo Municipal. Regístrese, comuníquese, archívese y publíquese.PAUL CRISTIAN DÍAZ VÁSQUEZ Alcalde 26204-3