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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (14/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de febrero de 2007 339680 Que, asimismo, el Artículo 145º del Reglamento precisa tres supuestos expresamente incluidos en la clasi fi cación de servicios personalísimos, siendo uno de ellos el referido a los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, en su Informe Nº 189-082-00000099 la Jefa de la O fi cina de Secretaría General, señala que de acuerdo a la norma de creación del Servicio de Administración Tributaria, Edicto Nº 225, y a su Estatuto, Edicto Nº 227, le corresponde al SAT promover la política tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, recaudar los ingresos municipales por concepto de impuestos, contribuciones, tasas y multas administrativas; además, esfi nalidad del SAT organizar y ejecutar la administración, fi scalización y recaudación de todos los ingresos tributarios de la Municipalidad; ejerciendo, entre otras, la función de informar adecuadamente a los contribuyentes sobre las normas y procedimientos que deben observar para el cumplimiento de sus obligaciones; Que, en tal virtud, la O fi cina de Secretaría General considera conveniente que en el marco de desarrollo de la campaña informativa sobre el vencimiento de la primera fecha para el pago del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios, correspondiente al ejercicio 2007, se realice una campaña publicitaria en medios masivos de comunicación como prensa escrita y medio radial con la fi nalidad de difundir, orientar y fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, tomando en cuenta el estudio de impacto de la Masiva 2006 y los estudios de lectoría y nivel de audiencia en Lima Metropolitana, elaborado por una empresa encuestadora en base a los cuales la O fi cina de Secretaría General realizó la selección de los medios en los que se difundirá dicha publicidad; Que, según Informe Nº 0049-082-00000488 la División de Logística mani fi esta haber realizado el estudio de mercado a los medios de comunicación indicados, proponiéndose la contratación por servicios personalísimos de las siguientes empresas: a) Prensa Escrita: 1. Editora El Comercio (Diarios: El Comercio, El Trome, Perú 21) 2. Grupo La República (Diarios: La República, El Popular, Líbero) 3. Empresa Periodística Nacional, EPENSA S.A.(Diarios: Correo, Ojo, Ajá, El Bocón) 4. Grupo Gestión (Diario Gestión)5. Sectril S.R.L. (Diario Vocero)6. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. (Diario El Peruano) 7. Editora La Nación INC S.A. (Diario La Nación)8. Editora Del País S.A.C. (Diario Del País)9. SINDESA S.A. (Diarios: Expreso, Extra)10. Montecristo Editores S.A.C. (Diarios: El Chino, La Razón, Todo Sport, El Men) 11. Millenium Noticias E.I.R.L. (Diarios: El Tío, 2x1)12. Editora La Primera S.A.C. (Tabloide La Primera)13. Novolexis S.A.C. (Revista Caretas) b) Medios Radiales: 1. Grupo RPP S.A. (Emisoras: Radio Programas de Perú, Felicidad) 2. Grupo Corporación Radial del Perú S.A. (Emisoras: La Inolvidable, Moda, Radio Mar) 3. Corporación Gestión S.A. (Emisora: CPN) Que, de acuerdo a los documentos adjuntos al Memorándum N.° 003-092-00003443, mediante el cual el Gerente de Administración solicitó se tramite la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, la acotada contratación se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT, según Resolución de Gerencia de Administración N° 03-05-00000339, siendo el valor referencial ascendente a S/. 94,682.00 (Noventa y cuatro mil Seiscientos Ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley; de acuerdo al siguiente detalle: prensa escrita: S/. 61,227.00 (Sesenta y un mil doscientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles), y, medios radiales: S/. 33,455.00 (Treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles); por el período comprendido del 10 al 28 de febrero de 2007; Que, mediante Informe Nº 004-082-00000603, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneración para la contratación por servicios personalísimos de los medios de comunicación masiva indicados precedentemente, bajo los alcances de la causal prevista en el inciso f) del artículo 19°, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que, de producirse algún supuesto de exoneración, la adquisición o contratación deberá llevarse a cabo mediante acciones inmediatas requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el artículo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de difusión de publicidad en medios radiales y escritos, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ejercicio 2007, por tratarse de la contratación de servicios personalísimos que serán prestados por las siguientes empresas: Editora El Comercio Grupo La República Empresa Periodística Nacional (EPENSA S.A.) Grupo Gestión Sectril S.R.L. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. Editora La Nación INC S.A. Editora Del País S.A.C. SINDESA S.A. Montecristo Editores S.A.C. Millenium Noticias E.I.R.L. Editora La Primera S.A.C. Novolexis S.A.C. Grupo RPP S.A. Grupo Corporación Radial del Perú S.A. Corporación Gestión S.A. Artículo Segundo.- El valor referencial total para la contratación indicada en el artículo precedente asciende a la suma de S/. 94,682.00 (Noventa y cuatro mil Seiscientos Ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley; de acuerdo al siguiente detalle: prensa escrita: S/. 61,227.00 (Sesenta y un mil doscientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles), y, medio radial: S/. 33,455.00 (Treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será fi nanciada con recursos directamente recaudados, encontrándose dicho gasto debidamente presupuestado. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada mediante acciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los