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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339838 VISTOS: El Proveído Nº 734 de fecha 24 de enero del 2007 de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto, y el O fi cio Nº 003-2007-GRL-SCR/ACHS de fecha 19 de enero del 2007 del Consejero Angel Charpentier Saldaña representante la provincia de Requena; CONSIDERANDO:Que, el O fi cio Nº 003-2007-GRL-SCR/ACHS de fecha 19 de enero del año 2007, referente a la petición efectuada por el Consejero Ing. Angel Charpentier Saldaña representante de la provincia de Requena solicita aprobar la conformación inmediata de una Comisión Especial Institucional, presidida por el señor alcalde de la provincia de Requena e integrada por el Gerente Subregional, Director de EPS - Loreto - (SEDALORETO); Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Asesoría Jurídica del GOREL, así como un miembro de la sociedad civil para que en lapso de 120 días calendario evalúen, adopten y sugieran las medidas técnico administrativo para la solución de fi nitiva al problema del desabastecimiento del agua potable en la ciudad de Requena, al ser éste un elemento vital para la vida, salud, y desarrollo”. Que, lo peticionado se encuentra amparado en el artículo 16º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28961 y 28968, así como el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RL, que faculta a los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Que, el Consejo Regional en Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2007 llevada a cabo en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto; Acordó por Unanimidad lo siguiente: Artículo Primero .- Conformar una comisión especial institucional, a fi n de que en el lapso de 120 dias calendario, evaluen, adopten y sugieran las medidas técnico administrativas para la solución de fi nitiva al problema del desabastecimiento del agua potable en la ciudad de Requena, por ser éste un elemento vital para la vida, salud y desarrollo; designándose como Presidente de dicha comision al Consejero Ing. Angel Charpentier Saldaña en su condición de Consejero Regional de la provincia de Requena, la misma que deberá ser integrada por el señor Alcalde, y el Gerente Subregional de la provincia de Requena; el Director de EPS-Loreto (SEDALORETO); la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto, así como un miembro de la sociedad civil designado por el Presidente de la comisión; debiendo la O fi cina Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de Loreto efectuar una investigacion exhaustiva referente a los trabajos realizados sobre agua potable en la ciudad de Requena, para las acciones legales. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, la O fi cina Regional de Administración y la O fi cina de Control Institucional del Gobierno Regional de Loreto, dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto poner en conocimiento a la Gerencia General Regional, así como efectuar las publicaciones de Ley. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FLOR NORMA ARANZABAL DURAND Consejera Delegada del Consejo Regional 27742-1 Conforman comisión ad hoc para evaluar el estado de los equipos médicos de la Dirección Regional de Salud - Loreto Conformar Comisión Ad-Hoc, presidida por el Dr. Golbert Isern Babilonia, e integrada por los médicos Carmen Herlinda Montalvan Inga, Graciela Rocio Meza Sanchez, Renzo López Liñan y el abogado Luis Alberto Tello Ramirez, para evaluar el estado situacional en que se encuentran los equipos médicos de la Dirección Regional de Salud - Loreto, a fi n de proponer a la Alta Dirección del Gobierno Regional de Loreto, la relación de equipos necesarios para su adquisición, conforme al procedimiento que establezca la normatividad vigente sobre los procesos de adquisición de bienes y servicios. ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2007-SE-GRL: 08/02/07 Iquitos, 8 de febrero del 2007 VISTO: La observación efectuada por el señor Vicepresidente del Gobierno Regional de Loreto don Norman David Lewis Del Alcazar en Sesión de Consejo Extraordinaria respecto al contenido del Acuerdo de Consejo Nº 004-2007-SE-GRL de fecha 6 de enero del 2007, solicitando su inmediata modi fi cación; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, corresponde a dicha instancia sub nacional formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas de salud de la Región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. Que, asimismo corresponde organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los gobiernos locales. Que, también corresponde plani fi car, fi nanciar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud, en el ámbito regional. Que, es de urgencia adquirir equipos médicos para la Dirección Regional de Salud de Loreto, al existir la carencia de éstos, dentro de un plan de desarrollo y modernidad, diseñado por el ente rector de salud, de acorde con las políticas de apoyo de salud que impulsa el Gobierno Regional de Loreto. Que, el artículo 16º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28961 y 28968, así como el artículo 10º literal d) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RL faculta a los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales, en cumplimiento de sus derechos y deberes funcionales. Que, el Consejo Regional en Sesión Extraordinaria de fecha 8 de febrero del 2007 llevada a cabo en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto; El Consejo Regional acordó por unanimidad:Artículo Primero .- MODIFICAR el Acuerdo de Consejo Regional Nº 004-2007-SE-GRL de fecha 6 de enero del 2007, en los siguientes términos: Conformar la Comisión ad-hoc, presidida por el Dr. Golbert Isern Babilonia, e integrada por los médicos Carmen Herlinda Montalvan Inga, Graciela Rocio Meza Sanchez, Renzo López Liñan, y el abogado Luis Alberto Tello Ramirez, para evaluar el estado situacional en que se encuentran los equipos médicos de la Dirección Regional de Salud - Loreto, a fi n de proponer a la Alta Dirección del Gobierno Regional de Loreto, la relación de equipos necesarios para su adquisición, conforme al procedimiento que establezca la normatividad vigente sobre los procesos de adquisición de bienes y servicios. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, y a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto, dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto poner en conocimiento a la Gerencia General Regional, así como efectuar las Publicaciones de Ley en el Diario la Región y Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FLOR NORMA ARANZABAL DURAND Consejera Delegada del Consejo Regional 27742-2