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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339837 1. xxxxxxxxx 2. xxxxxxxxx 3. xxxxxxxxx 4. xxxxxxxxx (... ) Sin otro particular, quedamos de usted. Atentamente, Firma Representante CargoInteresadoTeléfonoEmailFax (en caso de consorcios, deberán fi rmar los integrantes del consorcio, y adjuntar el documento de consorcio correspondiente con fi rmas legalizadas notarialmente) ANEXO N° 3 “Acuerdo de Con fi dencialidad” Trujillo, ---------de-------- de----- 200X Señores Presidente del Comité Gobierno Regional de La Libertad Presente.- Referencia: Proyecto de Iniciativa Privada XXXXXXX Empresa: --------------------------------------------- (nombre del interesado) debidamente representado por su ----------------------------- (cargo del que suscribe), Sr. ------------------- (nombre del que suscribe), identi fi cado con ----------------- N° ------------ ---- con domicilio en ----------------- por medio de la presente manifestamos nuestro interés en acceder a la Sala de Datos que el Comité Especial pone a disposición, de acuerdo con lo estipulado en el Resumen Ejecutivo del “PROYECTO” Al respecto, nos comprometemos a mantener confi dencialidad respecto de toda la información obtenida en la Sala de Datos; a no divulgar ningún material o información a terceras personas sin la previa autorización escrita del Comité Especial; a no utilizar la información para ningún otro propósito que no esté relacionado con el proyecto de Iniciativa Privada de la referencia. Aceptamos que ni el Gobierno Regional de La Libertad, sus funcionarios o dependencias, están declarando o garantizando, expresa o implícitamente, la exactitud, con fi abilidad o totalidad de la información puesta a nuestra disposición y que ninguna de estas partes o sus respectivos funcionarios, empleados o representantes, serán responsables frente a nosotros o frente a cualquier otra persona como consecuencia del uso de tal información y/o materiales. 27551-2 Fijan montos de remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente Regional así como de dietas de Consejeros Regionales ACUERDO REGIONAL Nº 002-2007-CR/R-LL Trujillo, 30 de enero del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIÓN LA LIBERTAD POR CUANTO En Consejo Regional de la Región La Libertad en Sesión Ordinaria del 30 de enero del 2007, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el Art. 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Art. 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902; Que, mediante Ley Nº 28212, modi fi cada mediante D.U. Nº 38-2006 de fecha 30 de diciembre del 2006, se establece en su Art. 4º Inc. c) que los Presidentes de los Gobiernos Regionales reciben una remuneración mensual, que es fi jada por el Consejo Regional correspondiente, hasta un máximo de cinco y media URSP, por todo concepto; Que, así mismo los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas conforme a lo dispuesto en el Art. 19º de la Ley Nº 27867 - Ley de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902, concordante con el D.U. Nº 038- 2006 que modi fi có a la Ley Nº 28212 en su Art. 5º numeral 5.2. Estableciendo que los Consejeros Regionales reciben únicamente dietas , que no pueden superar en total al 30% de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional; Que, conforme al Art. 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos Regionales expresan la decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, la misma que concuerda con lo señalado en el Art. 15º Inc. f) del la norma antes invocada, por lo que le corresponde fi jar la remuneración del Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Dietas de los Consejeros Regionales; Estando a lo aprobado en Sesión Ordinaria del 30 de enero del 2007 por voto UNÁNIME de sus integrantes y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ACUERDA: Artículo Primero.- FIJAR, la remuneración mensual del Presidente Regional de la Región La Libertad en 5.5 URSP para el Año Fiscal 2007, que se otorgarán a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2007. Artículo Segundo.- FIJAR, la remuneración mensual del Vicepresidente Regional en 5 URSP que se otorgarán a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2007. Artículo Tercero.- FIJAR la dieta mensual de los señores Consejeros Regionales en 30% de lo que percibe el Presidente Regional, montos que se otorgarán a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2007. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Administración y Finanzas, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional La Libertad, en lo que les corresponda según sus competencias. Artículo Cuarto.- FACULTAR, al Secretario del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo, en el Diario Ofi cial El Peruano, en el modo y forma de ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 27551-1 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Conforman Comisión Especial Institu- cional, a fin de que en el lapso de 120 días calendario, evalúen, adopten y sugieran las medidas técnico administrativas para la solución definitiva al problema del desabastecimiento del agua potable en la ciudad de Requena ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 005-2007-SO-GRL: 31/01/07 Iquitos, 31 de enero del 2007