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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de febrero de 2007 Que, mediante el Informe Nº 000007-2007-SGEDI/ GEDR/RENIEC se ha determinado que el ciudadano VITOR CELESTINO PRUDENCIO GOMEZ, titular de la Inscripción Nº 42553590, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 45370638 bajo el nombre de WILSON PRUDENCIO GOMEZ, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 005-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que, la ciudadana LIDIA PARICAHUA MACHACA, titular de la Inscripción Nº 02042776, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 02042962 bajo el nombre de BERTHA PARICAHUA MACHACA, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 006/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que, la ciudadana TORIBIA AROCUTIPA CATUNTA, titular de la Inscripción Nº 42844677, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 45384261 bajo el nombre de YOLANDA AROCUTIPA CATUNTA, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 027-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que, el ciudadano JOSE LUIS JUSTO ARANGO, titular de la Inscripción Nº 10668083, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42785426 bajo el nombre de LUIS MIGUEL HIDALGO ESPINOZA, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 028-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que, el ciudadano JHON ROBERT CAMPOS ROMERO, titular de la Inscripción Nº 32969251, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 40411750 bajo el nombre de VICENTE MARCIAL CAMPOS ROMERO, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 031-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que, si bien se ha dispuesto la exclusión de fi nitiva del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de las Inscripciones Nºs. 45370638, 02042962 mediante la Resolución Nº 338-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC y de las Inscripciones Nos. 45384261, 42785426 y 40411750 mediante la Resolución Nº 558-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC respectivamente, por duplicidad de inscripción, ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados al haber obtenido una segunda inscripción declarando datos falsos en el registro, se presume válidamente la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente, por cuanto ninguna persona puede tener dos identidades distintas; Que, en atención a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra VITOR CELESTINO PRUDENCIO GOMEZ o WILSON PRUDENCIO GOMEZ, LIDIA PARICAHUA MACHACA o BERTHA PARICAHUA MACHACA, TORIBIA AROCUTIPA CATUNTA o YOLANDA AROCUTIPA CATUNTA, JOSE LUIS JUSTO ARANGO o LUIS MIGUEL HIDALGO ESPINOZA, JHON ROBERT CAMPOS ROMERO o VICENTE MARCIAL CAMPOS ROMERO, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 28187-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 038-2007-JEF/RENIEC Lima, 29 de enero de 2007VISTOS:El O fi cio Nº 047-2007/GEDR/RENIEC, y el Informe Nº 000062-2007-GAJ/RENIEC de fecha 15 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identi fi cation System), a que se re fi ere la Resolución Jefatural Nº 921-2006-JEF/RENIEC, se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresión dactilar con la base de datos del registro, a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades múltiples y otros casos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1231-2006- JEF/RENIEC, de fecha 6 de diciembre del año 2006, se autorizó a la Subgerencia de Evaluación y Depuración de Identi fi cación, que proceda a la inmediata cancelación de las inscripciones detectadas como dobles o múltiples; así como las suplantaciones, en mérito a los Informes sumarios del departamento de Dactiloscopia y Grafotecnia de la Entidad, como producto del proceso de detección automática de huellas duplicadas a través del Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar- AFIS; Que dentro del proceso implementado y mediante el Informe Nº 0000023-2007-SGEDI/GERD/RENIEC se ha llegado a establecer que el ciudadano HARRY JOSUÉ ZEGARRA VALDIVIA, titular de la Inscripción Nº 41547351, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42868749 bajo el nombre de HARRY JOSVE MORISAKI CASTILLO, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 018-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que el ciudadano CRUZ CORTEZ CASTRO, titular de la Inscripción Nº 42826144, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 16439778 bajo el nombre de ELMER JOSE PALACIOS KUOC, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 033-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que el ciudadano MAURO JULIAN AGUILAR AYME, titular de la Inscripción Nº 80503374, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42559483 bajo el nombre de GASPAR URBANO MAURICIO, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 014/2007/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones; Que el ciudadano JORGE LUIS RIVERO MOGROVEJO, titular de la Inscripción Nº 42774903, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 45327390 bajo el nombre de JUSTO FRANCISCO RIVERO MOGROVEJO, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 034-AFIS/2006/DDG/GEDR/RENIEC que establece que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones;340066