TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340339 con el sector privado y las diferentes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversi fi cación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, se encuentra la realización y participación en eventos destinados a la promoción de la exportación de bienes y servicios y mejora de la oferta exportable, de conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 10) del artículo 5º de su Reglamento de Organización y Funciones; Que, PROMPEX conjuntamente con cuatro empresas nacionales, han programado su participación en la Feria FOODEX 2007, a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 13 al 16 de marzo del 2007, evento considerado como uno de los más grandes e importantes de alimentos y bebidas de Asia, en el que se reúnen compradores y los más exclusivos expositores del Mundo; Que, el objetivo de participar en esta Feria Internacional es seguir incrementando las exportaciones peruanas en el mercado asiático, lo cual exige la constante participación y presencia del Perú como proveedor de productos alimenticios de primera calidad; Que, por tal razón, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viaje de la señora Yesami Sara Accinelli López, persona que presta servicios en la Gerencia de Agro y Agroindustria de PROMPEX, a fi n de que participe en la referida Feria en representación de la Entidad, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordine cuanto se re fi ere a la instalación del stand peruano; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan para realizar acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 28927, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Yesami Sara Accinelli López, persona que presta servicios en la Gerencia de Agro y Agroindustria de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de Tokio, Japón del 10 al 17 de marzo del 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes : US$ 2 248,41- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la representante de PROMPEX, autorizada mediante el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, presentará al Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 30027-13 DEFENSA Declaran de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE” DECRETO SUPREMO Nº 003-2007-DE Lima, 22 de febrero de 2007CONSIDERANDO:Que, el artículo 44º de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007-PCM de 18 de enero de 2007, se prorrogó, conforme al artículo 137º de la Constitución Política del Perú, el Estado de Emergencia por sesenta (60) días, en la zona comprendida por las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de la Convención del departamento del Cusco, en la provincia de Satipo, en el distrito de Andamarca de la provincia de Concepción, y en el distrito de Santo Domingo de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junín, y se ha conferido la responsabilidad del orden público a las Fuerzas Armadas para alcanzar la paci fi cación total de la Región; Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece que el poder Ejecutivo elabora y aprueba los planes nacionales y sectoriales de desarrollo, teniendo en cuenta la visión y orientaciones nacionales y los planes de desarrollo de nivel regional y local, que garanticen la estabilidad macroeconómica; Que, la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional establece que es objetivo del Estado propiciar la descentralización política, económica y administrativa, basado en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el fi n de fortalecer éstos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; Que, los pobladores del Valle de los ríos Apurímac y Ene requieren una atención particular debido al alto nivel de desnutrición infantil crónica, alto índice de mortalidad infantil, baja tasa de escolarización, bajo nivel de electri fi cación, alto porcentaje de tierras sin cultivar, baja rentabilidad de cultivos alternativos, bajo ingreso mensual familiar, entre otros; por lo que el Estado debe buscar los mecanismos para promover el desarrollo en la zona y elevar su situación socioeconómica, a fi n de