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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340340 mejorar la calidad de vida de la población, con presencia e intervención del mismo Estado; Que, en la sesión de Consejo de Ministros del 20 de diciembre de 2006, se aprobó el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”. En uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 3), 4) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Ley Nº 24656 -Ley General de Comunidades Campesinas; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional Declárese de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE” aprobado por el Consejo de Ministros del 20 de diciembre del 2006. Artículo 2º.- Constitución del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE Constitúyase el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE con el propósito de propiciar una intervención articulada de los distintos sectores y entidades del Estado, con enfoque territorial, visión estratégica y responsabilidad compartida, en el marco del esquema de intervención estratégica integral “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurimac y Ene - Plan VRAE”, que tiene como objeto alcanzar la paci fi cación, combatir el narcotrá fi co y otros ilícitos, así como la promoción del desarrollo económico y social del Valle, a fi n de mejorar las condiciones de vida de esa población e incentivar la participación activa de las autoridades locales y de la sociedad organizada. Artículo 3º.- De la composición del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE El Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE estará conformado por: - El Presidente del Consejo de Ministros, quien la presidirá - El Ministro de Defensa, quien ejercerá la Vicepresidencia - El Ministro de Economía y Finanzas- La Ministra del Interior- El Ministro de Educación- El Ministro de Salud- El Ministro de Agricultura- El Ministro de Energía y Minas- La Ministra de Transportes y Comunicaciones- El Ministro de Vivienda, Construcción y Sanea- miento - La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social- El Presidente de DEVIDA Los Titulares de los demás Ministerios no comprendidos en el presente artículo, así como los Titulares de los organismos adscritos a todos los sectores del Gobierno Nacional prestarán su concurso, bajo responsabilidad, a requerimiento de la Presidencia o Vicepresidencia del referido Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 4º.- De las reuniones del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE a nivel ministerial El Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE se reunirá de manera ordinaria a nivel ministerial cada tres meses y de manera extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente y/o Vicepresidente, para examinar las acciones en curso en el marco del Esquema de Intervención Integral en el VRAE e impartir las instrucciones necesarias a los niveles técnicos correspondientes.Artículo 5º.- Del funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE a nivel técnico a) El Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de cada sector comprendido en el Artículo 3º del presente Decreto Supremo, designarán dos representantes para el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE a nivel técnico, en un plazo máximo de quince días calendario. b) Dichos representantes conformarán dos equipos que trabajarán en forma coordinada, concurrente y simultánea: • Equipo de coordinación de mecanismos de interven- ción en el VRAE para el corto plazo • Equipo de formulación de mecanismos de intervención articulada y sostenible en el mediano plazo. c) Inicialmente el Equipo de Coordinación para el Corto Plazo se enfocará en identi fi car e impulsar la puesta en marcha de las acciones, programas y proyectos a ejecutar en el año 2007. Posteriormente, cada año, este Equipo tendrá a su cargo la coordinación de mecanismos de intervención en el año respectivo. d) Para el mejor desempeño de la labor encomendada se podrá invitar a otros profesionales y expertos cuando así se requiera, sin que ello irrogue gasto adicional a los sectores comprendidos. Artículo 6º.- De la participación de las autoridades regionales, locales y organizaciones de la sociedad El Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE a nivel ministerial y técnico sostendrá reuniones en la zona del VRAE con los representantes de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras organizaciones concernidas para articular las acciones y proyectos a realizar en el marco del Plan. Artículo 7º.- De la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE El Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE dispondrá de una Secretaría Ejecutiva que será ejercida por el Ministerio de Defensa, la cual tendrá por función convocar y preparar las reuniones del Grupo a nivel técnico; articular e impulsar el trabajo de los sectores concernidos para la puesta en ejecución de las acciones previstas en el campo de desarrollo económico y social en el corto plazo y orientar el trabajo multisectorial para la elaboración del plan de mediano plazo. Asimismo, coordinará las acciones correspondientes con los diversos actores regionales y locales y con el Responsable Político del Plan VRAE al que se re fi ere el Artículo 9º del presente Decreto Supremo. La Secretaría Ejecutiva informará a los Ministros, en las reuniones indicadas en el Artículo 4º del presente Decreto Supremo, el estado de avance de los trabajos del Grupo Multisectorial a nivel técnico. Artículo 8º.- De las Normas Complementarias El Ministro de Defensa podrá dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo, mediante resolución de su Sector. Artículo 9º.- Del Responsable Político del Plan VRAE El Responsable Político del Plan VRAE será designado por el Presidente del Consejo de Ministros y tendrá su representación y autoridad para realizar las coordinaciones con los sectores del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros actores en la zona del VRAE, para efectos de asegurar la ejecución del esquema de intervención estratégica integral - Plan VRAE, en el campo del desarrollo económico y social. Dispondrá también de las facultades necesarias ante el Comando de Destacamento Militar del VRAE y el Frente Policial del VRAE, a fi n de garantizar la ejecución armónica del Plan VRAE. Asimismo, participará en las reuniones ministeriales establecidas en el Artículo 4º a fi n de impulsar la Estrategia de Intervención Integral en el VRAE.