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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340641 12. Decreto Supremo Nº 017-2001-PROMUDEH- Plan Nacional contra la Violencia hacia la mujer 2002- 2007. 13. Decreto Supremo Nº 008-2000-IN- Reglamento de la Ley Nº 27238- Ley de la Policía Nacional del Perú. 14. Resolución Ministerial Nº 0002-2007-IN/0105- Otorgan carácter o fi cial al sistema de información sobre personas desaparecidas de la página web www.peruanosdesaparecidos.org 15. Resolución Ministerial Nº 2570-2006-IN/0105- Institucionalizando el Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y A fi nes (RETA). 16. Resolución Ministerial Nº 1646-2004-IN/0301- Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación de directivas en el Ministerio del Interior. 17. Resolución Ministerial Nº 1091-2003-IN/PNP- Manual de organización, funciones y procedimientos administrativos de las Comisarías. 18. Resolución Ministerial Nº 0396-92-IN/DM- Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Derechos Humanos del Sector Interior. 19. Directiva Nº 03-63-2002-B-DIRINCRI- Sistema de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú. 20. Directiva Nº DPNP-10-01-2004- Sistema Estadístico de la Policía Nacional del Perú. V. DISPOSICIONES GENERALESA. GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL PERMANENTE CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 1. El Grupo de trabajo multisectorial permanente contra la trata de personas se constituyó mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-IN, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2006-IN, con las siguientes funciones: a. Coordinar las acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas en la lucha contra la trata de personas, incluyendo la realización de actividades conjuntas; b. Coordinar y promover el establecimiento de un sistema estadístico para el levantamiento y sistematización de información acerca de la trata de personas en el país; c. Promover la adopción de medidas de prevención y protección de víctimas y testigos; d. Procurar la articulación con otros organismos regionales internacionales a fi n de hacer más e fi caces los esfuerzos nacionales contra la trata de personas, así como procurar la participación en grupos de trabajo multinacionales o internacionales para prevenir, monitorear o controlar la trata de personas; y, e. Apoyar la realización de campañas educativas y de difusión como medidas de prevención. 2. La Presidencia y la Secretaría Técnica del Grupo de trabajo multisectorial contra la trata de personas son asumidas por la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. B. SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS DEL SECTOR INTERIOR 1. La Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior es el órgano rector del Sistema, responsable de establecer y hacer cumplir las políticas correspondientes sobre Derechos Humanos, coordina y evalúa el cumplimiento de dichas políticas entre los diferentes órganos del Sector. 2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior cuenta con una Secretaría Permanente como órgano de apoyo, quien tiene a su cargo la Presidencia y la Secretaría Técnica del Grupo de trabajo multisectorial permanente contra la trata de personas. 3. La Dirección General de la Policía Nacional, por intermedio de sus o fi cinas de Derechos Humanos en sus Direcciones Territoriales, coordinarán con la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior. C. SISTEMA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA POLICÍA NACIONAL 1. La Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP es el órgano rector especializado del Sistema de Investigación Criminal a nivel nacional, encargada de la investigación de la delincuencia organizada y otros hechos trascendentes en los campos de los delitos que se encuentran tipi fi cados en el Código Penal.2. El Departamento de Investigación contra la Trata de Personas e Investigaciones Especiales de la División de Investigación de Secuestros de la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP constituye la unidad rectora y ejecutiva de investigación de los delitos de trata de personas y delitos contra la libertad sexual, con competencia a nivel nacional. 3. Las Direcciones Territoriales de Policía, por intermedio de las sub unidades encargadas de la recepción de denuncias e investigación de delitos, coordinarán permanentemente con la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP. D. VII DIRECCIÓN TERRITORIAL DE POLICÍA- DIVISIÓN DE LA FAMILIA Para la investigación de delitos que constituyen abuso y explotación sexual comercial en agravio de niños, niñas y adolescentes, entre ellos el delito de trata de personas, la VII Dirección Territorial de Policía cuenta con el Centro de Investigaciones Especiales de la División de la Familia, con competencia en Lima Metropolitana y Callao, que coordinará permanentemente con la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP. E. ESTADO MAYOR GENERAL PNP- OFICINA DE ESTADÍSTICA La O fi cina de Estadística del Estado Mayor General PNP es el órgano rector del Sistema Estadístico de la Policía Nacional del Perú para la adecuada recopilación, procesamiento, análisis y difusión de la información estadística sobre hechos policiales y administrativos a nivel nacional. F. UNIDAD DE TELEMÁTICA DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y APOYO A LA JUSTICIA PNP La Unidad de Telemática de la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP brinda soporte técnico en las áreas de informática y telecomunicaciones a las unidades especializadas y coordinará permanentemente con la Dirección de Telemática PNP. G. SISTEMA DE REGISTRO Y ESTADÍSTICA DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS Y AFINES (RETA) 1. Considerando que la trata de personas constituye una violación a los derechos humanos que debe ser investigada en forma sistemática, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y la organización no gubernamental Capital Humano y Social Alternativo han diseñado, implementado y validado el “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y A fi nes (RETA)”, que permitirá una mejor caracterización del modus operandi de los autores del delito de trata de personas y de los delitos referidos a explotación sexual o laboral y trá fi co de órganos y tejidos humanos. 2. El Sistema RETA ha sido diseñado en plataforma web (software libre), sistema operativo “linux” y lenguaje de programación “PHP para ser empleado por las dependencias del Sistema de Investigación Criminal a nivel nacional y el Centro de Investigaciones Especiales de la División de la Familia de la VII Dirección Territorial de Policía, accediendo a la página web www.retapnp.com ; mientras que las dependencias que no cuentan con estos servicios utilizarán formatos físicos autocopiativos de las “fichas de registro” de denuncia u operativo. 3. El Sistema RETA consta de tres (3) módulos: a. Primer módulo “registro de denuncias” Será utilizado por las dependencias policiales que recepcionen denuncias directas o derivadas por la Fiscalía Provincial Penal sobre la presunta comisión del delito de trata de personas y de los delitos referidos a explotación sexual o laboral y trá fi co de órganos y tejidos humanos; o tomen conocimiento de éstos a través de operativos o acciones de inteligencia. Este módulo está constituido por una “fi cha de alerta” , que contiene las siguientes variables: (1) Datos básicos (a) identi fi cación de la dependencia policial que recepciona la denuncia;