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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (28/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340652 Bienes Dados de Baja por las Instituciones Públicas, a Favor de los Centros Educativos de las Regiones de Extrema Pobreza”, opina por la procedencia de la donación de algunos de los bienes muebles dados de baja mediante Resolución Directoral Nº 090-2005/VIVIENDA-OGA; Que, de acuerdo a lo señalado por el Comité de Gestión Patrimonial en el Acta Nº 019-2006-VIVIENDA-CGP, de fecha 16 de noviembre de 2006, la O fi cina de Control Interno de este Ministerio dispuso la presencia del Veedor, solicitada por el citado Comité a través del Memorándum Nº 123-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de conformidad con lo establecido en el literal D.1, numeral 3, inciso c) de la Directiva “Ejercicio del Control Preventivo por los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 528-2005-CG; por lo que se procedió a la suscripción del Informe Técnico-Legal Nº 028-2006/VIVIENDA-OGA-CGP; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta procedente aprobar la transferencia bajo la modalidad de donación de los bienes que se detallan en el Anexo I, adjunto por un Valor Neto de S/. 3, 770.49 nuevos soles, a favor de la Institución Educativa Nº 30119 “Eduardo Zarate Samaniego”, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín, con la fi nalidad de coadyuvar a que implementen las aulas a su cargo; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, la donación de bienes muebles dados de baja de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución Ministerial del titular de la entidad pública donante; Con el visado de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, Decreto Supremo Nº 164-2006-EF y la Resolución Nº 031-2002-SBN; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Aprobar la transferencia en la modalidad de donación de los bienes muebles descritos en el Anexo I, adjunto por un Valor Neto de S/. 3, 770.49 (Tres Mil Setecientos Setenta con 49/100 Nuevos Soles) y que forma parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Institución Educativa Nº 30119 “Eduardo Zarate Samaniego”, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 31059-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007 Visto; el O fi cio Nº 028-2006-II.EE.I-N°546-S, de fecha 12 de septiembre de 2006, emitido por la Institución Educativa Jardín de Niños Nº 546, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín; y el Informe -Técnico Legal Nº 025-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de fecha 16 de noviembre de 2006, del Comité de Gestión Patrimonial; CONSIDERANDO: Que, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó la baja de bienes muebles de su propiedad, principalmente por causales de obsolescencia técnica, mantenimiento y/o reparación onerosa, entre otras; mediante Resolución Directoral Nº 090-2005/VIVIENDA-OGA, de fecha 31 de octubre de 2005; Que, mediante el O fi cio del Visto, la Institución Educativa Jardín de Niños Nº 546, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín, solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la donación de bienes muebles dados de baja, a efectos de implementar las aulas de dicha institución y así poder brindar un servicio óptimo a sus alumnos, quienes carecen de medios económicos para tal fi n; Que, el Comité de Gestión Patrimonial a través del Informe - Técnico Legal Nº 025-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, indica que la solicitud de donación presentada por la Institución Educativa Jardín de Niños Nº 546, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles Dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a Favor del Estado”, aprobada por Resolución Nº 031-2002-SBN, manifestando además, que los bienes materia de donación son útiles al sistema educativo, por lo que, en cumplimiento de la Ley Nº 27995 “Ley que Establece Procedimientos para Asignar Bienes Dados de Baja por las Instituciones Públicas, a Favor de los Centros Educativos de las Regiones de Extrema Pobreza”, opina por la procedencia de la donación de algunos de los bienes m uebles dados de baja mediante Resolución Directoral Nº 090-2005/VIVIENDA-OGA; Que, de acuerdo a lo señalado por el Comité de Gestión Patrimonial en el Acta Nº 019-2006-VIVIENDA-CGP, de fecha 16 de noviembre de 2006, la O fi cina de Control Interno de este Ministerio dispuso la presencia del Veedor, solicitada por el citado Comité a través del Memorándum Nº 123-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de conformidad con lo establecido en el literal D.1, numeral 3, inciso c) de la Directiva “Ejercicio del Control Preventivo por los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 528-2005-CG; por lo que se procedió a la suscripción del Informe Técnico-Legal Nº 025-006/VIVIENDA-OGA-CGP; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta procedente aprobar la transferencia bajo la modalidad de donación de los bienes que se detalla en el Anexo I, adjunto por un Valor Neto de S/. 7, 344.69 nuevos soles, a favor de la Institución Educativa Jardín de Niños Nº 546, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín, con la fi nalidad de coadyuvar a que implementen las aulas a su cargo; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, la donación de bienes muebles dados de baja de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución Ministerial del titular de la entidad pública donante; Con el visado de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, Decreto Supremo Nº 042- 2006-EF, Decreto Supremo Nº 164-2006-EF y la Resolución Nº 031-2002-SBN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación de los bienes muebles descritos en el Anexo I, adjunto por un Valor Neto de S/. 7, 344.69 (Siete Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con 69/100 Nuevos Soles) y que forma parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Institución Educativa Jardín de Niños Nº 546, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 31059-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007Visto; el O fi cio Nº 030-DIE Nº 30095 “VSV” LFS/2006,