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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (28/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340648 Que, mediante los documentos de vistos las entidades antes mencionadas han designado a sus representantes ante la Comisión; Que, estando a lo antes expuesto, resulta conveniente modi fi car la conformación de la Comisión; Que, estando a lo antes expuesto, resulta conveniente modi fi car la conformación de la Comisión; De conformidad con lo establecido por la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793 y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 068-2005-MIMDES, modi fi cado a su vez por la Resolución Ministerial Nº 347-2006-MIMDES, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- La Comisión de Ética y transparencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES estyará conformada pro los siguientes miembros: - Lic. Rosa Celi Requena - Dra. Raquel Beaumont Callirgos- Dra. Mónica Robalino Gonzales - Prof. Augusto Castro Carpio” Artículo 2º.- Dejar si efecto todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Ética y Transparencia del MIMDES, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 31378-1 PRODUCE Encargan funciones de Viceministro de Industria al Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2007-PRODUCE Lima, 26 de febrero de 2007 Visto: el Informe Nº 031-2007-PRODUCE/OGAJ- MUYLP de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2007- PRODUCE del 21 de febrero de 2007, se aceptó la renuncia formulada por el señor JORGE ALFREDO PANCORVO CORCUERA al cargo de Viceministro de Industria del Ministerio de la Producción, a partir de dicha fecha; Que, a efectos de garantizar la continuidad de las funciones del Viceministerio de Industria del Ministerio de la Producción, se encargaron las mismas en la persona del Director General de Industria, señor Carlos Reynaldo Ferraro Rey, en tanto se designe al funcionario que se desempeñará como Viceministro de Industria, considerando además, que el Viceministro de Pesquería se encontraba en comisión de servicios en la Ciudad de Tokio - Japón del 17 al 25 de febrero de 2007, autorizado mediante Resolución Ministerial Nº 046-2007-PRODUCE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2007- PRODUCE, se autorizó el viaje del señor Carlos Reynaldo Ferraro Rey, Director General de Industria, a la Ciudad de Hobart - Tasmania - Australia del 1º al 10 de marzo de 2007, como representante del Ministerio de la Producción en las Reuniones que se realizarán en el marco de la Cooperación Económica Asia Pací fi co; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto de administración en mérito del cual se encarguen las funciones del Despacho Viceministerial de Industria del Ministerio de la Producción; En concordancia con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, del 1º al 10 de marzo de 2007, las funciones de Viceministro de Industria del Ministerio de la Producción, al Secretario General, señor MARCELO CEDAMANOS RODRÍGUEZ. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 31376-1 Establecen veda reproductiva del recurso merluza y suspenden su extracción en área del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2007-PRODUCE Lima, 27 de febrero del 2007 VISTOS: el O fi cio Nº PCD-100-060-2007-PRODUCE/ IMP del 19 de febrero del 2007, del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe Nº 113-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch del 22 de febrero de 2007 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y, el Informe Nº 010-2007-PRODUCE/OGAJ-YCQ de fecha 23 de febrero de 2007 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 30 de mayo de 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, conservación del medio ambiente y biodiversidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 357-2006- PRODUCE del 22 de diciembre de 2006, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2007, en el marco del cual se autorizó la actividad extractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de