Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2007 (28/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de febrero de 2007

Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, con la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional, el administrado debera presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional..."; Que, el articulo 21º del texto normativo MORDAZA referido, establece: "el procedimiento se establece con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para evaluacion de admision a tramite de la solicitud (...). Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la secretaria general para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos (CEAA) y la parte b) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas el CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad; Que, de conformidad con el Art. 22º de la referida MORDAZA, con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite; Que, por Resolucion Nº 126-2006-CONAFU de fecha 16 de MORDAZA de 2006, se admite a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Nobel; Que, por Resolucion Nº 224-2006-CONAFU del 24 de MORDAZA del 2006, se conforma la Comision de Evaluacion y Consolidacion encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Nobel, conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Briceno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Carta de fecha 13 de diciembre del 2006, el Presidente de la referida Comision, presenta el Informe Nº 005-2006-IFPDI-CDEYC-CONAFU de fecha 13 de diciembre del 2006; Que, por Informe Nº 005-2006-IFPDI-CDEYC-CONAFU de fecha 13 de diciembre del 2006, la Comision de evaluacion y Consolidacion, opina que tanto el Proyecto de Desarrollo Institucional, asi como las cinco MORDAZA profesionales presentadas por la Promotora de la Universidad MORDAZA Nobel, han superado los puntajes minimos exigidos en el Reglamento vigente, aplicando las tablas de evaluacion de Proyectos Institucionales y de carreras profesionales aprobadas por el CONAFU, recomendando aprobar el referido Proyecto por contener fortalezas que permitiran su adecuado desarrollo, asi como presentar niveles aceptables de calidad en la formacion que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas; Que, por Acuerdo Nº 336-2006-CONAFU, el Pleno del CONAFU, en sesion de fecha 19 de diciembre del 2006, aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA Nobel, presentado por la Empresa Educativa MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. y dispone la continuacion del procedimiento administrativo en el estado que corresponde; En atencion a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 26439, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, el Acuerdo Nº 336-2006CONAFU, de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 19 de diciembre del 2006, concordante con el Art. 18º Inc. "d" y el Art. 38º Inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA Nobel, presentado

por la Empresa Educativa MORDAZA MORDAZA E.I.R.L, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho y Ciencias Politicas, 4) Educacion Primaria, y Educacion Secundaria ­ Mencion en Lengua y Literatura. Articulo Segundo.- DISPONER la continuacion del procedimiento administrativo en el estado que corresponde, por lo tanto, REQUERIR a la Empresa Educativa MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., el cumplimiento de los articulos 36º al 39º del Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la presente resolucion, en caso de incumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General

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Adicionan parrafo al articulo 22º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de las Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 031-2007-CONAFU
MORDAZA, 24 de enero del 2007 VISTOS; la Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo del 2005, y el Acuerdo Nº 35-2007-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 23 de enero del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º Inc. "a" y "b" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA del 2006, "Son fines del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU): a) Promover una educacion Universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente, b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria"; Que, de conformidad con el Art. 10º inc. "a" del citado cuerpo normativo, son atribuciones del Pleno del CONAFU: a) Establecer las politicas de funcionamiento del CONAFU y dirigir la actividad funcional del mismo; Que, por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo del 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de marzo del 2005, se aprueba el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, en adelante el Reglamento; Que, de conformidad con el articulo 20º, del reglamento, para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34º, 35º, y 36º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, modificada por Ley Nº 28637 del 2 de diciembre del 2005 que deroga

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