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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340651 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, respecto al rubro de Otros distintos al de Mano de Obra No Calificada - MONC, a organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2007-TR Lima, 26 de febrero de 2007 VISTOS: El Informe Nº 017-2007-DVMPEMPE-ATU/ PP de fecha 1 de febrero de 2007, del Jefe del Área de Plani fi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; el Informe Legal Nº 035-2007-DVMPEMPE/ATU-AL de fecha 7 de febrero de 2007, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; y el O fi cio Nº 066-2007-MTPE/3/14.120 de fecha 7 de febrero de 2007, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001, se creó el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” (en adelante el PROGRAMA), como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objetivo es la generación de empleo temporal para la población desempleada de las áreas urbanas, favoreciendo a aquellos con menores niveles de ingresos económicos, con niveles de pobreza y extrema pobreza; Que, de conformidad con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, los cuales deberán ser previamente evaluados y seleccionados de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006, establece en el literal c) del numeral 75.4 que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el PROGRAMA), se aprueban por Resolución del Titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 017-2007-DVMPEMPE-ATU/PP, el Jefe del Área de Plani fi cación y Presupuesto del PROGRAMA, indica que se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender los compromisos (transferencias fi nancieras a los organismos ejecutores pertenecientes al sector público) por la suma de S/. 52 233,60 (Cincuenta y dos mil doscientos treinta y tres y 60/100 nuevos soles) determinado en el Rubro de Otros gastos distintos al de Mano de Obra No Cali fi cada - MONC, habiéndose suscrito 03 convenios con la Municipalidad Distrital de Carabayllo que resultaron accesitarios en el Concurso de Proyectos de Servicios; Que, en mérito a lo expuesto, resulta necesario efectuar una transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores pertenecientes al sector público, por concepto de aporte del PROGRAMA para el fi nanciamiento de los Convenios suscritos, en el rubro Otros Gastos distintos al de Mano de Obra No Cali fi cada - MONC; Con las visaciones del Director Nacional y del Jefe del Área de Plani fi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, y del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,De conformidad con lo dispuesto por el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006; el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, por un monto total de S/. 52 233,60 (Cincuenta y dos mil doscientos treinta y tres y 60/100 nuevos soles), respecto al rubro de Otros distintos al de Mano de Obra No Cali fi cada - MONC, a los organismos ejecutores del sector público señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 31366-1 VIVIENDA Aprueban donaciones de bienes muebles a favor de diversas instituciones educativas ubicadas en el departamento de Junin RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 055-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007 Visto; el O fi cio Nº 034-IE “EZS”/06, de fecha 31 de agosto de 2006, emitido por la Institución Educativa Nº 30119 “Eduardo Zarate Samaniego”, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín; y el Informe-Técnico Legal Nº 028-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de fecha 16 de noviembre de 2006, del Comité de Gestión Patrimonial; CONSIDERANDO: Que, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó la baja de bienes muebles de su propiedad, principalmente por causales de obsolescencia técnica, mantenimiento y/o reparación onerosa, entre otras; mediante Resolución Directoral Nº 090-2005/VIVIENDA-OGA, de fecha 31 de octubre de 2005; Que, mediante el O fi cio del Visto, la Institución Educativa N° 30119 “Eduardo Zárate Samaniego”, ubicada en el distrito de Sicaya, provincia de Huancayo y departamento de Junín, solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la donación de bienes muebles dados de baja, a efectos de implementar las aulas de dicha institución y así poder brindar un servicio óptimo a sus alumnos, quienes carecen de medios económicos para tal fi n; Que, el Comité de Gestión Patrimonial a través del Informe-Técnico Legal Nº 028-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, indica que la solicitud de donación presentada por la Institución Educativa N° 30119 “Eduardo Zárate Samaniego”, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles Dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a Favor del Estado”, aprobada por Resolución Nº 031-2002-SBN, manifestando además, que los bienes materia de donación son útiles al sistema educativo, por lo que, en cumplimiento de la Ley Nº 27995 “Ley que Establece Procedimientos para Asignar