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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340662 comprendidas en literales a), b) c), e) y o) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la O fi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que, los artículos 11º y 81º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establece que las o fi cinas registrales se constituyen como un órgano de línea y como una primera instancia administrativa ante la interposición de recursos de impugnación, para tal efecto es necesario designar al Jefe responsable de la O fi cina Registral Trujillo de la Jefatura Regional Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, en su calidad de Registrador; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 - Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al señor Lic. Harry Herbert Iglesias Julca como Jefe responsable de la O fi cina Registral Trujillo de la Jefatura Regional Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, en su calidad de Registrador y actuará como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que allí se inicien. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de las acciones pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (e) 31312-2 Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán la ampliación del proceso de reinscripción de los Libros Registrales de Nacimientos del año 1988 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 138-2007-JEF/RENIEC Lima, 27 de febrero de 2007 VISTOS:El Informe Nº 003067-2006/SGREC/GO/RENIEC de fecha 24 de noviembre de 2006 y el Informe Nº 099-2007- GAJ/RENIEC de fecha 24 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, los Registros de las O fi cinas de Registro de Estado Civil a que se re fi ere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la O fi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, se encuentra autorizada a reinscribir determinados Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, mediante Resolución Jefatural Nº 497-99-JEF/ IDENTIDAD, de fecha 6 de diciembre del año 1999; Que, la O fi cina de Registro de Estado Civil señalada en el párrafo precedente, implementó el expediente de ampliación de autorización para la Reinscripción de Nacimientos, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción, con fi rmándose la necesidad de reinscribir Libros Registrales de Nacimientos del año 1988; Que, la solicitud de ampliación de reinscripción de la Sección de Nacimientos, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliación de autorización de Resolución Jefatural Nº 497-99-JEF/IDENTIDAD, de fecha 6 de diciembre del año 1999, para la Reinscripción de los Libros Registrales de Nacimientos del año 1988 de la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Autorizar a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, para que proceda a la ampliación del proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato O fi cial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497”, en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, a través de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros requeridos expresamente por la O fi cina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (e) 31312-3 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 139-2007-JEF/RENIEC Lima, 27 de febrero de 2007 VISTOS: Los O fi cios Nºs. 376 y 398-2007/GPDR/RENIEC, y el Informe Nº 284-2007-GAJ/RENIEC de fecha 20 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identi fi cation System), se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresión dactilar con la base de datos del registro; a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades múltiples y otros casos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1231-2006-JEF/ RENIEC, de fecha 6 de diciembre del año 2006, se autorizó a la Sub Gerencia de Depuración de Identi fi cación, para que proceda a la inmediata cancelación de las inscripciones detectadas como dobles o múltiples; así como, las suplantaciones, en mérito a los Informes Sumarios del Departamento de Dactiloscopía y Grafotécnia de la Entidad, como resultado del proceso de identi fi cación automática de huellas duplicadas a través del Sistema antes mencionado; habiéndose detectado dentro de este nuevo proceso los siguientes casos: 1.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 071- AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano