Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2007 (05/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348453

Articulo 2º.- Las cifras estimadas a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion son referenciales y en ningun caso vinculantes por estar sujetas a cambios en funcion a los Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, a las modificaciones que puedan darse en la normatividad vigente y a las variaciones en los indicadores utilizados. Los estimados de recursos provenientes del canon y del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea, adicionalmente, se han calculado sobre las hipotesis de precios y produccion correspondientes. Los Gobiernos Regionales y Locales deberan prever las estrategias contingentes en los casos que los montos a ser transferidos finalmente MORDAZA mayores o menores a los estimados que se publican en la presente Resolucion. Articulo 3º.- Dispongase la publicacion de los Anexos mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas (http://www.mef.gob.pe/DGAES/normatividadgaes.php). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KAPSOLI MORDAZA Director General Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales 80376-1

EDUCACION
Declaran ilegales huelgas indefinidas decretadas en las Regiones MORDAZA, Pasco y MORDAZA por el SUTE Regional MORDAZA, el SUTE Regional Pasco y el SUTEP Regional de MORDAZA, respectivamente
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0326-2007-ED MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 080-CER-SUTE-RJ-07, con fecha 15 de junio de 2007, el Secretario General del SUTE Regional MORDAZA comunica al Director Regional de Educacion de MORDAZA la Huelga Nacional Indefinida a partir del 18 de junio de 2007; Que, a traves del Oficio Nº 01-2007-CDL-SUTE-P-P, con fecha 26 de junio de 2007, el Secretario General del SUTE Regional Pasco comunica al Director Regional de Educacion de Pasco la Huelga General Indefinida a partir de la referida fecha; Que, con el Oficio Nº 388-07-ME/DREP, con fecha 4 de MORDAZA de 2007, el Director Regional de Educacion de MORDAZA pone en conocimiento del Ministerio de Educacion, el Memorial presentado por la dirigencia del SUTEP Regional de MORDAZA en donde manifiesta que el magisterio puneno se encuentra en Huelga Nacional indefinida; Que, el articulo 86º del Titulo IV del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, publicado el 5 de octubre de 2003, establece que la huelga de los trabajadores sujetos al regimen laboral publico, se sujetara a las normas contenidas en el precitado Titulo en cuanto le MORDAZA aplicables; asi como, que la declaracion de ilegalidad de la huelga sera efectuada por el Sector correspondiente; Que, el literal c) del articulo 73º del mencionado Texto Unico Ordenado, establece que para la declaracion de huelga se requiere que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con diez (10) dias utiles de antelacion tratandose de servicios publicos esenciales; y, el articulo 82º del referido Texto, dispone que, cuando la huelga afecte los servicios publicos esenciales, los trabajadores en conflicto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupcion total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que asi lo exijan; Que, con fecha 21 de marzo de 2007, se publico la Ley Nº 28988, que constituye la Educacion Basica Regular

como un servicio publico esencial, a fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educacion, derecho reconocido en la Constitucion Politica del Peru, en la Ley General de Educacion y en los Pactos Internacionales suscritos por el Estado peruano, Ley que, conforme a su articulo 3º, entro en vigencia al dia siguiente de su publicacion; Que, consecuentemente el SUTE Regional MORDAZA y el SUTE Regional Pasco debieron comunicar la declaracion de huelga al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con diez (10) dias utiles de antelacion y garantizar la permanencia del personal necesario para impedir la interrupcion total y asegurar la continuidad del servicio educativo en las Instituciones Educativas de Educacion Basica regular; Que, conforme al literal d) del articulo 84º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, la huelga sera declarada ilegal por no cumplir los trabajadores con lo dispuesto en el articulo 82º del precitado Texto; Que, de acuerdo con el literal d) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el pago de remuneraciones solo corresponde como contraprestacion por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposicion de Ley expresa en contrario o por aplicacion de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, el pago de remuneraciones por dias no laborados; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar ilegal la huelga indefinida que se viene desarrollando desde el 18 de junio de 2007, en la Region MORDAZA, decretada por el SUTE Regional Junin; la huelga indefinida que se viene desarrollando desde el 26 de junio de 2007, en la Region Pasco, decretada por el SUTE Regional Pasco, y la huelga indefinida decretada por SUTEP Regional de MORDAZA, debiendo los trabajadores reincorporarse a sus labores al dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 80487-1

Declaran ilegal la huelga nacional indefinida convocada por el SUTEP , previamente declarada improcedente mediante R.M. Nº 0325-2007-ED
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0329-2007-ED MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0325-2007ED de fecha 4 de MORDAZA del 2007, se declaro Improcedente la declaracion de huelga MORDAZA por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educacion del Peru - SUTEP, para el dia 5 de MORDAZA del 2007; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del articulo 84º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, la huelga sera declarada ilegal si se materializa, no obstante haber sido declarada Improcedente; Que, a pesar de haberse declarado Improcedente la huelga nacional indefinida MORDAZA por el SUTEP, mediante la formalidad prevista por la normatividad legal, esta se ha llevado a cabo, por lo que se debe declarar ilegal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 y el Decreto Supremo Nº 19-90-ED;

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