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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2007 (05/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2007 348460 por el Artículo Primero, sea puesto a disposición de los interesados en la Dirección de Logística de la Dirección General de Administración y en la página web de la entidad, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de ley, en la Unidad de Tesorería, sito en el Jr. Ucayali Nº 318, 1er. sótano - Lima Cercado, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Séptimo.- Remitir copia de la presente Resolución así como de los antecedentes respectivos a la Inspectoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores a fi n que se determinen las responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 80196-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Reconocen a representante de los pensionistas ante el Consejo Directivo de ESSALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2007-TR Lima, 3 de julio de 2007VISTO: El O fi cio N° 019-CONADEPEN-2007, de la Confederación Nacional de Pensionistas y Jubilados del Perú; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.2. del artículo 5° de la Ley N° 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud – ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado, entre otros, por tres representantes de los asegurados, uno de los cuales representa a los pensionistas; Que, el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27056, regula que el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo debe reconocer a los representantes de los empleadores y asegurados, elegidos por las organizaciones representativas; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ha recibido la comunicación de visto, por la que la Confederación Nacional de Pensionistas y Jubilados del Perú propone la designación del señor MARCO ALEJANDRO UBILLUS CARRASCO, como nuevo representante de los pensionistas ante el mencionado Consejo Directivo; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27506, Ley de creación del Seguro Social de Salud – ESSALUD; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Reconocer al señor MARCO ALEJANDRO UBILLUS CARRASCO, como representante de los pensionistas ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – ESSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 79968-1Aprueban la Reubicación Directa de ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el beneficio de reincorporación y reubicación laboral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2007-TR Lima, 3 de julio de 2007VISTOS:Los Lineamientos del Proceso de Reubicación aprobados por la Resolución Ministerial Nº 107-2006-TR; las Resoluciones Ministeriales Nº 273-2006-TR, 029-2007-TR y 099-2007-TR; la Carta EF/92.2300 Nº 300-2007 del Banco de la Nación; el O fi cio G-560-2007 de Electro Oriente; las Cartas Nº 607 y 879-2007-GG de la Empresa del Servicio Publico de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL; el O fi cio Nº 07-93-2007-GRA del Gobierno Regional de Ancash; los Informes Nº 311 y 351-2007-MTPE/2-CCC de la Coordinación de Ceses Colectivos del Sector; el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27803 establece entre los bene fi cios a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, el bene fi cio de reincorporación y reubicación laboral, el cual de acuerdo a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 036-2005-TR y el Decreto de Urgencia Nº 020-2005 se encuentra en la etapa de reubicación laboral; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2006- TR se han aprobado los Lineamientos del Proceso de Reubicación Laboral, los que han establecido el procedimiento, facultades y acciones a ejecutar por los ex trabajadores, las entidades y empresas obligadas, así como por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a lo anteriormente señalado, se han expedido las Resoluciones Ministeriales Nº 273-2006-TR, 029-2007-TR y 099-2007-TR, por las que se aprobaron las reubicaciones de ex trabajadores comunicadas por las diversas entidades y empresas del Estado; Que, de acuerdo a lo previsto por la normas citadas en el párrafo anterior, así como estando a las diversas comunicaciones efectuadas por las entidades y empresas del Estado, corresponde autorizar complementariamente las reubicaciones de un grupo de ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, considerando que de acuerdo a las normas presupuestales vigentes pueden ejecutarse las reubicaciones previstas por la Ley Nº 27803; Que, además, se ha recibido comunicaciones del Gobierno Regional de Ancash, del Gobierno Regional de La Libertad y del Gobierno Regional de Lambayeque solicitando autorización para efectuar procesos de reubicación directa al amparo del artículo 4º de la R.M. Nº 099-2007-TR, las cuales requieren la aprobación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a la situación descrita en el párrafo precedente, resulta necesario otorgar un plazo adicional para que las empresas y entidades del Estado que así lo consideren, propongan la continuación de la ejecución de la reubicación directa, que deberá ser aprobada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 099-2007- TR se requirió información a las entidades y empresas del Estado a fi n de conocer las plazas presupuestadas vacantes para ejecutar la reubicación general, habiéndose recibido información actualizada, siendo necesario otorgar un nuevo plazo para tal efecto, a fi n de completar y actualizar las plazas presupuestadas vacantes; Con el visto bueno del Viceministro de Trabajo y las visaciones del Director General de Asesoría Jurídica y del Coordinador de Ceses Colectivos; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27803 modi fi cada por Ley Nº 28299, la Resolución Ministerial Nº 107-2006-TR que aprueba