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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2007 348834 Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, al Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 82164-6 RELACIONES EXTERIORES Ratifican la “Medida 1 (2005) Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad Derivada de Emer-gencias Medioambientales” DECRETO SUPREMO Nº 042-2007-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la “ Medida 1 (2005) Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad Derivada de Emergencias Medioambientales” , fue adoptada el 14 de junio de 2005, en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, y aprobada por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 29055 de 26 de junio de 2007; Que es conveniente a los intereses del Perú la rati fi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “ Medida 1 (2005) Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad Derivada de Emergencias Medioambientales” , adoptada el 14 de junio de 2005, en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, y aprobada por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 29055 de 26 de junio de 2007. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 82920-1 Nombran al Embajador del Perú en la República de Rumanía para desempeñarse simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Montenegro RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 201-2007-RE Lima, 10 de julio de 2007 Vista la Resolución Suprema Nº 082-2004-RE, de 10 de marzo de 2004, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumanía al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto; CONSIDERANDO:Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República: Teniendo en cuenta el Memorándum (PRO) Nº PRO0408/2007, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 2 de julio de 2007; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumanía, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Montenegro, con residencia en la ciudad de Bucarest, República de Rumanía. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 82920-5 Autorizan a la Universidad Nacional de Ingeniería a efectuar pago de cuota a la Unión Internacional de Telecomunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 202-2007-RE Lima, 10 de julio de 2007 VISTO:El O fi cio Nº 285-Rect.-, de fecha 18 de junio de 2007, de la Universidad Nacional de Ingeniería por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones, a la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI, a efectuar el pago de CHF 3,975.00 (TRES MIL NOVECIENTOS