Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2007 (12/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/ MUNICIPALIDADES) Y GOBIERNOS REGIONALES LIMBANI PATAMBUCO PHARA QUIACA SAN MORDAZA DEL ORO YANAHUAYA ALTO INAMBARI SAN MORDAZA DE PUTINA PUNCU YUNGUYO YUNGUYO ANAPIA COPANI CUTURAPI OLLARAYA TINICACHI UNICACHI TACNA TACNA TACNA ALTO DE LA ALIANZA CALANA MORDAZA NUEVA INCLAN PACHIA PALCA POCOLLAY SAMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANDARAVE CANDARAVE CAIRANI CAMILACA CURIBAYA HUANUARA QUILAHUANI MORDAZA BASADRE LOCUMBA ILABAYA ITE TARATA TARATA CHUCATAMANI ESTIQUE ESTIQUE-PAMPA SITAJARA SUSAPAYA TARUCACHI TICACO GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA MORDAZA METROPOLITANA (REGIMEN ESPECIAL) GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE PASCO GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

ENERGIA Y MINAS
Establecen distribucion de gastos derivados de procesos de licitaciones para contratos de suministro de electricidad de largo plazo
DECRETO SUPREMO Nº 036-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el abastecimiento oportuno y eficiente de energia electrica para el MORDAZA regulado se asegurara mediante Licitaciones que resulten en contratos de suministro de electricidad de largo plazo, y el MORDAZA de Licitacion sera llevado a cabo con una anticipacion minima de tres anos para facilitar y promover el desarrollo de nuevas inversiones en generacion, aprovechar las economias de escala, promover la competencia en el MORDAZA y asegurar el abastecimiento del MORDAZA regulado; Que, conforme a lo previsto en los numerales 4.3 y 4.4 de la MORDAZA legal MORDAZA citada, el Distribuidor que requiera iniciar un MORDAZA de Licitacion esta obligado a incorporar en su MORDAZA de Licitacion a otros Distribuidores que deseen participar en dicha Licitacion, siendo facultad de cada Distribuidor establecer sus requerimientos y modalidades de compra de potencia y energia, asi como los plazos contractuales a licitar; Que, asimismo, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la mencionada Ley Nº 28832 permite que, durante los tres primeros anos de vigencia de la Ley, los Distribuidores puedan convocar Licitaciones para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus Usuarios Regulados con una anticipacion menor de tres anos; Que, todo MORDAZA de Licitacion genera gastos cuyo monto no necesariamente llegar a ser cubierto con el importe de la venta de las Bases de la Licitacion, debiendo precisarse los conceptos cuyos gastos deben ser distribuidos entre los Distribuidores que participan en la Licitacion, asi como la forma en que se debe distribuir entre todos los Distribuidores que participan en la Licitacion el saldo de los gastos no cubiertos por la venta de las Bases; Que, el articulo 9º de la citada Ley Nº 28832 dispone que las obligaciones de quienes participen en los procesos de Licitacion se estableceran en el Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Distribucion de gastos derivados de procesos de Licitacion Los gastos derivados de los procesos de Licitacion a que se refiere el articulo 4º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, seran distribuidos entre todos los Distribuidores que participan en la misma Licitacion, segun dispuesto en los articulos siguientes. Articulo 2º.- Gastos a ser distribuidos Los gastos que seran distribuidos entre los Distribuidores que participan en la misma Licitacion, son los que correspondan a los siguientes conceptos: 2.1. Publicacion de avisos de convocatoria; 2.2. Alquiler del local para los actos publicos que se requieran, excepto cuando dichos actos se lleven a cabo en las instalaciones de alguno de los Distribuidores que participan en la Licitacion; y, 2.3. Honorarios del Notario Publico que interviene en la Licitacion.

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0.01864174 0.01169858 0.00802541 0.00472062 0.10608436 0.02541849 0.01164695 0.04056105 0.02224620 0.00095660 0.00000000 0.00000000

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