Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2007 (19/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Inversiones se encuentran facultadas para realizar coordinadamente el seguimiento fisico y financiero de los Proyectos de Inversion Publica. 13.2. Las Unidades Ejecutoras deben informar a la Oficina de Programacion e Inversiones que evaluo el proyecto y a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, cuando corresponda, cualquier modificacion del Proyecto durante la fase de Inversion, que pudiera afectar su viabilidad. Articulo 14º.- Evaluacion ex post Las Unidades Ejecutoras, en coordinacion con la Oficina de Programacion e Inversiones que evaluo el proyecto, son las responsables por las evaluaciones ex post de los Proyectos de Inversion Publica que ejecutan. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico esta facultada para determinar en los casos en que se requeriran dichas evaluaciones, la metodologia a seguir y el requisito de que sea efectuada o no por una agencia independiente, con el fin de verificar la generacion de beneficios sociales durante la MORDAZA util del Proyecto. Los resultados de las evaluaciones deben ser enviadas a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Gobiernos Locales La aplicacion de las disposiciones contenidas en la Ley y el presente Reglamento a los Proyectos de Inversion Publica que formulen y ejecuten los Gobiernos Locales se realizara progresivamente en la forma y oportunidad que senalen las Resoluciones y Directivas que, para tal efecto, dictara oportunamente la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. Segunda.- Tratamiento de los proyectos con estudios previos Para el caso del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, todos los Proyectos de Inversion Publica, cuya ejecucion se MORDAZA iniciado MORDAZA del 22 de diciembre de 2000 y cuyo periodo de ejecucion proyectado culmine en el ano fiscal 2008 o en adelante, deben cumplir con elaborar el estudio de preinversion correspondiente sobre la inversion no ejecutada para su aprobacion y declaracion de viabilidad como requisito previo para continuar con la ejecucion del proyecto, salvo que MORDAZA sido considerado en un convenio internacional de financiamiento, en cuyo caso la declaratoria de viabilidad sera exigible si el proyecto es objeto de modificaciones no previstas en el convenio. Tercera.- Responsabilidad Toda la informacion que presenten los organos del Sistema Nacional de Inversion Publica sobre los Proyectos de Inversion Publica, incluyendo la registrada en el Banco de Proyectos, tienen el caracter de Declaracion Jurada, y en consecuencia se sujetan a las responsabilidades y consecuencias legales correspondientes. El incumplimiento de lo establecido en la Ley, el presente Reglamento y las normas complementarias del Sistema Nacional de Inversion Publica, por cualquier Entidad, organo o dependencia del Sector Publico No Financiero, sera informado al organo de la Contraloria General de la Republica, que corresponda, para los fines de control respectivos. Cuarta.- De los proyectos ejecutados por terceros La aplicacion de las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica alcanza inclusive a los proyectos formulados y ejecutados por terceros, cuando una entidad del Sector Publico deba asumir, despues de la ejecucion, los gastos adicionales de operacion y mantenimiento, de caracter permanente, con cargo a su presupuesto institucional. Quinta.- Normas Complementarias La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en el plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, aprobara, mediante Resolucion Directoral, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, que regule los procesos y procedimientos contemplados en el presente Reglamento.

Sexta.- Aplicacion del Decreto Supremo N° 1762006-EF por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, estos ultimos sujetos al Sistema Nacional de Inversion Publica, aplicaran las disposiciones aprobadas por el Decreto Supremo N° 176-2006-EF, para la elaboracion a partir del ano fiscal 2008, de sus Programas Multianuales de Inversion Publica, conforme a la Directiva que para tales efectos emitira la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias habiles. Setima.- Entidades de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Para efectos de la aprobacion del Clasificador Institucional del Sistema Nacional de Inversion Publica, a que se refiere el numeral 5.4 del articulo 5°, las Oficinas de Programacion e Inversiones de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contados desde la publicacion del presente Reglamento, deberan informar a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, de las entidades, empresas, pliegos presupuestales, proyectos especiales y entidades de tratamiento empresarial que pertenezcan o esten adscritas al Gobierno Regional o Gobierno Local, segun corresponda, debiendo precisarse los casos en que pertenezcan a mas de un Gobierno Regional o Gobierno Local. 86229-2

Aprueban operacion de endeudamiento externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 103-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28928, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a la suma de US$ 1 563 000 000,00 (MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaubau ­ KfW, hasta por la suma de 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar el proyecto "Remotorizacion y Modernizacion del Buque de Investigacion Cientifica (BIC) Humboldt"; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al SubPrograma "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28928; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 28563 y 28928; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion del Instituto MORDAZA del Peru-IMARPE; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica;

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