Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2007 (23/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349841

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de los Distritos que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades de los Distritos que conforman la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA, pudiendo ser reajustados en lo pertinente, siempre y cuando estos reajustes tiendan a proteger y preservar los Pantanos de Villa. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo y por PROHVILLA, o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final. Excepcionalmente y a pedido de las Municipalidades Distritales que conforman la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA, y previa opinion de PROHVILLA, se podran realizar modificaciones al Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, a partir de los 180 dias calendario de su aplicacion. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Especificos de Zonificacion, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Parrafo del presente articulo. Segunda.- Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por PROHVILLA y por la Municipalidad Distrital correspondiente o de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima; y para el caso de la MORDAZA de Amortiguamiento, los destinados unicamente para fines de preservacion y conservacion del medio ambiente, para lo cual deberan cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a las Municipalidades Distritales respectivas. 2º La Municipalidad Distrital respectiva, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de la Municipalidad Distrital respectiva formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3º La Municipalidad Distrital respectiva, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima.

4º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Autoridad Municipal de los Pantanos de MORDAZA, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, de la Subgerencia de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y del Instituto Metropolitano de Planificacion; y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 5º El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. 6º En el caso de una propuesta de Cambio Especifico de importancia metropolitana, que se caracterice por constituir un planteamiento que tenga efectos de orden vial, ambiental, operacional o de densidad residencial, que impacten a un sector MORDAZA mayor que el estrictamente vecinal, la Municipalidad Distrital respectiva emitira opinion sobre el pedido y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su decision. Tercera.- Dispongase que en la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA no son de aplicacion el Articulo 34.2 de la Ordenanza Nº 620-MML y el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 738-MML. Cuarta.- Dispongase, que todos los Organos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las Municipalidades que forman parte de la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA, coordinen permanentemente y ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los predios que se edifiquen, operen y/o se regularicen a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso publico de los espacios y vias que son propiedad de la ciudad. Quinta.- Se recomienda a las Municipalidades Distritales Chorrillos, MORDAZA El MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA de MORDAZA, que a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, suspendan el otorgamiento de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento, para actividades que generen impacto ambiental negativo a los Pantanos de MORDAZA y sus zonas de influencia. Sexta.- Deroguese toda otra MORDAZA y disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO; Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2007 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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