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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de julio de 2007 349842 ANEXO Nº 2 REAJUSTE INTEGRAL DE ZONIFICACIÓN DE PANTANOS DE VILLA CUADRO RESUMEN DE NORMAS DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO ZONA USOS Altura máximaArea Libre minLote mínimoESPECIFICACIONES NORMATIVAS RN-ANPM Recurso Natural - Area Natural de Protección Municipal Conservación y protección del Refugio deVida Silvestre Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa RDMB Sector: Vivienda Unifamiliar 2 pisos 60% 1000 m2 No se admitirán usos distintos al residencial. Residencial La Encantada (exclusivamente residencial) Considerar arborización de vías y espacios públicos . Las áreas libres de Densidad Las Brisas de Villa de lotes se tratarán con predominio de áreas verdes. Muy Baja El lote mínimo de la Urb. Brisas de Villa se mantendrá en 300 m2. Sector: Vivienda Unifamiliar 2 pisos 60% 1000 m2 Sector que permite mayor compatibilidad de usos. Huertos de Villa Quintas, Condominios Las viviendas existentes, construidas de acuerdo con zoni fi caciones Usos Recreacionales y Deportivos anteriores, podrán regularizarse con los parámetros que le dieron Viveros origen. Otros que se señalen en el Indice de Usos Los establecimientos que a la fecha de aprobación de la Ordenanza N° 184-MML se encontraban consolidados, instalados formalmente, deberán elaborar sus respectivos Estudios de Impacto Ambiental para evaluación de la Autoridad de PROHVILLA, en función de los cuales se determinarán las condiciones de adecuación o plazos de reubicacion. Considerar arborización en vías y espacios publicos. Las áreas libres y retiros de lotes se tratarán con predominio de áreas verdes. RDB Sector: Vivienda Unifamiliar o 3 pisos 40% 300 m2 Considerar arborización en vías y espacios públicos . Las áreas libres Residencial Delicias de Villa Vivienda Multifamiliar y retiros de lotes se tratarán con predominio de áres verdes. de Densidad Otros que se señalen en el Indice de Usos Baja Sectores: Vivienda Unifamiliar o 3 pisos 40% 300 m2 Los establecimientos industriales y talleres, que a la fecha de Villa Marina Vivienda Multifamiliar aprobación de la Ordenanza N° 184-MML se encontraban San Juan Bautista Talleres e industrias, sólo los existentes, previa consolidados, con las características y los niveles opera cionales de evaluación ambiental. la zoni fi cación I1-R3 original, podrán continuar funcionando sujetos a Otros que se señalen en el Indice de Usos Programas de Adecuación Ambiental. La Autoridad de PROHVILLA, previa evaluación, de fi nirá las condiciones de adecuación o los plazos de reubicación, en cuyo caso, la infraestructura existente podrá destinarse a otra actividad compatible con la Zona. Considerar arborización en vías y espacios públicos. Las áreas libres y retiros de lotes se tratarán con predominio de áreas verdes. RDM Sector: Vivienda Unifamiliar o 3 pisos 30% 150 m2 Sector con compatibilidad de usos restringida por cercanía al ANPM. Residencial Los Cedros, Los Incas Vivienda Multifamiliar Considerar arborización en vias y espacios públicos. Las áreas libres de Densidad Otros que se señalen en el Indice de Usos y retiros de lotes, se tratarán con predominio de áreas verdes Media Sectores: Vivienda Unifamiliar o Multifamiliar 3 pisos 30% 120 m2 Sector con mayor compatibilidad de Usos AA.HH de Cerro Zigzag Vivienda Multifamiliar 4 pisos 50% 1600 m2 Considerar arborización en vias y espacios públicos. Las áreas li bres AA. HH. Morro Solar Otros que se señalen en el Indice de Usos y retiros de lotes se tratarán con predominio de áreas verdes. AA. HH. Villa El Salvador En áreas de pendiente pronunciada sólo se permitirá vivienda unifamiliar. ZRE ZRE 1 Vivienda Unifamiliar 2 pisos 60% 1000 m2 Se deberá elaborar un estudio que permita precisar la situación actual Zona de Sector Bello Horizonte Viveros del Area (física, legal y ambiental) y elaborar una Propuesta Especí fi ca Usos recreativos y culturales regulados En tanto, se mantendrán las características de la Zoni fi cación aprobada por Ordenanza Nº 184-MML. (R1-S) Las edi fi caciones existentes, construidas al amparo de la zoni fi cación anterior (R3), podrán ser regularizadas con los parámetros correspondientes a dicha zoni fi cación. Considerar arborización en vias y espacios públicos. Las áreas libres y retiros de lotes se tratarán con predominio de áreas verdes. ZRE 2 Actividades que conserven el acuífero y el paisaje 1 piso 90% El existente Las actividades existentes estarán sujetas a evalu ación de impactos Sector Villa Baja como protección de la Reserva Natural. No subdivisión ambientales y a programas de manejo ambiental orientado s a regular Usos de carácter recreacional pasivo con predominio de lotes su funcionamiento. De acuerdo con ellos, la Autoridad de PROHVILL A de áreas verdes. podrá establecer condiciones de funcionamiento y adecuación o declarar el uso no conforme y fi jar plazos para su reubicación. La Autoridad de PROHVILLA deberá establecer medidas para la protección de los manantiales y cursos de agua que alimentan a la Reserva Natural, los cuales deberán declararse intangibles. No se permitirá el arrojo de desmonte en toda el área. Las secciones viales deberán incluir canales de riego a ambos lados y bermas laterales arborizadas. Las áreas libres y retiros del lotes se tratarán con predominio de área verde. No se permitirán nuevas actividades industriales ni agropecuarias ni la ampliación de las existentes. No se permitirán nuevos grifos o servicentros. ZRE 3 Vivienda Unifamiliar 2 pisos 30% 120 m2 Zona consolidada sobre relleno del humedal A.H. Villa Mercedes Limitaciones en la altura de edi fi cación y compatibilidad de usos. ZRE 4 Zona de riesgo por estar sobre relleno sanitario. Ex Parque Zonal Deberán elaborarse estudios de suelos y condiciones de salubridad Nº 23-A del asentamiento, para de fi nir dotación de servicios y condiciones para su regularización. Además, se requiere levantar la cali fi cación de Parque Zonal que impide asignar otra zoni fi cación.