Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2007 (23/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2007

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Aprueban Circular referente a la Informacion Diaria sobre Tasas de Interes en Moneda Nacional y Extranjera - Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E
CIRCULAR Nº B-2165-2007
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2007 CIRCULAR Nº B - 2165 F - 0505 CM - 0352 CR - 0221 EDPYME - 0126 EAH - 0001 -2007 -2007 -2007 -2007 -2007 -2007

de los plazos y que corresponden a las tasas (de transferencia o pool) con las que valoran su portafolio de posiciones por cuenta propia en forwards, o de no contar con un portafolio de forwards, a las tasas que utilizan para cotizar dichas operaciones; en ambos casos al cierre del dia anterior a la fecha de reporte. 5. Tasas para clientes con deuda en el sistema financiero superior a cinco millones de nuevos soles La lista de clientes con deuda en el sistema financiero superior a cinco millones de nuevos soles (S/. 5´000,000.00), sera alcanzada oportunamente por esta Superintendencia a las empresas. Dicha lista sera actualizada anualmente a traves de Oficio Multiple dirigido a las empresas. 6. Remision de la informacion Las empresas deberan remitir a traves del SUCAVE diariamente los Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E, salvo lo establecido en el numeral 8 de la presente norma. La informacion debera ser remitida a mas tardar hasta las 13:30 horas. Asimismo, debera enviarse una MORDAZA de la misma directamente al Banco Central de Reserva del Peru. 7. Responsables de la elaboracion y remision de los Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E Las empresas deberan designar al funcionario responsable de los Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6E, asi como al operativo encargado de la elaboracion y remision oportuna de los referidos reportes. El operativo debera ser la persona que se encuentre disponible de manera inmediata para atender cualquier consulta referida a los reportes MORDAZA mencionados. El funcionario responsable de los Reportes Nº 6-A, 6B, 6-D y 6-E debera ser el mismo, ademas el operativo encargado de elaborar y remitir los reportes MORDAZA mencionados debera ser el mismo. El funcionario responsable del Reporte Nº 6-C debera ser el jefe de la Unidad de Riesgos o quien este designe, de acuerdo con los articulos 10º, 11º y 12º de la Resolucion SBS Nº 509-98 del 22 de MORDAZA de 1998. Ademas, debera designar al operativo encargado de la elaboracion y remision oportuna de dicho reporte. Se debera emplear el aplicativo Registro de Funcionarios - Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E para registrar el nombre completo del funcionario responsable y del operativo a cargo de la elaboracion y remision de los mencionados reportes, los cargos que estos ocupen, asi como los numeros de telefono y de fax y sus direcciones de correo electronico. Este sistema de registro permitira la oportuna comunicacion de la designacion y rotacion de los referidos funcionarios y operativos, a afectos de que, en caso sea necesario, se puedan realizar las coordinaciones para la adecuada remision de los citados reportes a esta Superintendencia. El aplicativo para el Registro de Funcionarios - Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E, disponible en el "Portal del Supervisado" (http://extranet.sbs.gob.pe), debera ser utilizado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Circular. Para tal fin, los funcionarios y operativos designados deberan solicitar una clave de acceso al Administrador del MORDAZA del Supervisado en su entidad. 8. Tratamiento Especial Las MORDAZA Municipales, las MORDAZA Rurales de Ahorro y Credito y las Entidades de Desarrollo a la Pequena y Micro Empresa - EDPYME solo deberan reportar la informacion solicitada en los Reportes Nº 6-D y 6-E. Esta informacion sera reportada en forma mensual, correspondiendo la informacion a las operaciones realizadas durante el mes. Las Empresas Administradoras Hipotecarias solo deberan reportar la informacion solicitada en el Reporte Nº 6-D. Esta informacion sera reportada en forma mensual, correspondiendo la informacion a las operaciones realizadas durante el mes. 9. Vigencia Las empresas deberan remitir los Reportes aprobados por la presente Circular a partir de la informacion correspondiente al 1 de octubre de 2007, fecha en la cual quedara sin efecto la Circular Nº B-2118-2003, F-0457-2003, CM-0304-2003, CR0173-2003, EDPYME-0098-2003 del 8 de MORDAZA de 2003. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Ref.

-----------------------------------------------------------: Informacion Diaria sobre Tasas de Interes en Moneda Nacional y Extranjera - Reportes Nº 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E ------------------------------------------------------------

Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que con la finalidad de mejorar la informacion diaria de tasas de interes activas y pasivas y en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas senaladas en el articulo 16º literal A de la Ley General, al Banco de la Nacion, al Banco Agropecuario, y a las empresas administradoras hipotecarias, en adelante empresas. 2. Tasa efectiva anual La tasa efectiva anual se refiere a la tasa de interes compensatoria, sin incluir comisiones ni gastos. Para la determinacion de las tasas de interes senaladas en los Reportes 6-A y 6-B se debera considerar la informacion de las operaciones vigentes realizadas hasta el dia anterior a la fecha de reporte, segun las cuentas del manual de contabilidad detalladas en cada anexo. Para la determinacion de las tasas de interes senaladas en los Reportes 6-D y 6-E se debera considerar la informacion de las operaciones realizadas el dia anterior a la fecha de reporte, segun las cuentas del manual de contabilidad detalladas en cada anexo. 3. Tasa de costo efectivo anual La tasa de costo efectivo es aquella que permite igualar el valor actual de todas las cuotas y demas pagos que seran efectuados por el cliente, con el monto que efectivamente ha recibido en prestamo. Para este calculo se incluiran todas las cuotas por monto del principal e intereses, todos los cargos por comisiones, los gastos por servicios provistos por terceros o cualquier otro gasto en los que MORDAZA incurrido la empresa, que de acuerdo a lo pactado seran trasladados al cliente, incluidos los seguros, cuando corresponda. No se incluiran en el calculo aquellos pagos por servicios provistos por terceros que directamente MORDAZA pagados por el cliente. El calculo de la tasa de costo efectivo procede bajo el supuesto de cumplimiento de todas las condiciones pactadas. 4. Tasas para productos financieros derivados Las empresas deberan informar las tasas de interes que utilizan para determinar el precio de los forwards para cada uno

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