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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (02/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346410 ºde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas emitidas para estos efectos. Artículo Tercero.- INICIAR las acciones administrativas conducentes a establecer las responsabilidades administrativas, en los funcionarios que por negligencia hayan omitido la realización del proceso de selección correspondiente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el valor referencial de la Adquisición, incluyendo el IGV se ha calculado en la suma ascendente de S/. 126.413.00 (Ciento Veintiséis Mil Cuatrocientos trece con 00/100 Nuevos soles) para la adquisición de bienes materiales de construcción (tuberías y accesorios), el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos asignados en el presupuesto del presente año de la Municipalidad Distrital de Huaura, fuente de fi nanciamiento 18 Canon y sobre Canon, especí fi ca 29 materiales de construcción. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimiento y Logística de la Municipalidad, la adquisición de los bienes materiales de construcción (tuberías y accesorios) para la culminación de la obra mencionada en los artículos precedentes en forma directa e inmediata tal como lo señala la Ley. Artículo Sexto.- Encargar la publicación de la presente Resolución a Secretaria General, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento del Inc. “C” artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del término de Ley y remítase copia a la Contraloría General de la República y CONSUCODE en el plazo de Ley y encargar al Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones del Estado quienes deberán de cumplir con el procedimiento para la adquisición y Contratación exoneradas que señala el Art. 148º del TUO del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 67256-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA Declaran en situación de desabastecimiento inminente el suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 034-2007-MDS Santa, 22 de mayo del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA, en su Sesión Ordinaria celebrada el 21 de mayo del 2007, ha tomado el siguiente acuerdo; y, CONSIDERANDO:Que, con Informe Nº 009-2007/LOG/MDS, de fecha 16 de mayo del 2007, el jefe del área de Logística informa que durante los meses de enero y febrero se adquirió insumos para el Programa del Vaso de Leche del Distrito de Santa, mediante una compra complementaria en aplicación a lo dispuesto en el artículo 236 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM y sus modi fi catorias en tanto se llevara a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, además el servidor señala que mediante Resolución de Alcaldía Nº 033-A-2007-MDS, de fecha 16/01/2007 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de esta Municipalidad, cumpliendo con los plazos establecidos en el artículo 25 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así mismo, siguiendo con las normas establecidas con fecha 27/03/07 se convocó el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de insumos para el Vaso de Leche, otorgándose la Buena Pro con fecha 12/04/07 a Comercializadora de Alimentos del Perú S.R.L., la misma que antes de quedar consentida, MOLINO YON TIRADO E.I.R.L., interpone recurso de apelación respecto al Item 2 correspondiente a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2007-CE-PVL-MDS, originando que el Tribunal de CONSUCODE suspendiera el Proceso de Selección respecto al Item impugnado; Que, mediante Informe Nº 015-2007-PVL-MDS, la Administradora del Vaso de Leche pone en conocimiento que no se ha podido cumplir con entregar a los bene fi ciarios la Quinua Avena Forti fi cada con Quiwicha, debido a que dicho programa se encuentra totalmente desabastecido desde el mes de marzo del presente año, lo cual ha creado gran malestar en los bene fi ciarios, quienes se ven afectados por la falta de dicho producto; Que, mediante INFORME Nº 053-2007/MDS, la Sub Gerencia de Asuntos Jurídicos mani fi esta que al haberse interpuesto recurso de apelación respecto al Item 2 correspondiente a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2007-CE-PVL-MDS, el mismo que fuera admitido por el Tribunal de CONSUCODE ordenando la suspensión del Proceso de Selección respecto al Item impugnado, conlleva a un trámite burocrático, que si bien es cierto es un respeto al debido proceso, por encima de ello está la necesidad urgente de los principales bene fi ciarios del programa vaso de leche que es nuestra niñez y que se encuentra en estado deprimente, pues desde el mes de marzo no reciben la ración del vaso de leche conforme les corresponde y cuya obligación es del Estado; por lo tanto es necesario dictar una medida urgente que conlleve a atenuar esta medida emergente; Que, el artículo 21° del Decreto Supremo N° 083-2004– PCM T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Art. 141 del D.S. Nº 084-2004-PCM, considera como situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial y que existiendo los tres factores que son Ausencia Extraordinaria del Bien, ausencia imprevisible y que compromete en forma directa e inminente la continuidad del servicio, recomienda que el Concejo autorice la compra de los insumos del programa vaso de leche por desabastecimiento inminente, de los meses de marzo abril y mayo del 2007; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 20º numeral 3) y 41º de la Ley 27972 y Art. 20 y 21 del D.S. N° 083-2004-PCM; Art. 9°, inc. 35, de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; por unanimidad : SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente el suministro de los insumos consistentes en Quinua Avena Forti fi cada con Quiwicha para el Programa del Vaso de Leche, durante los meses de marzo, abril y mayo del año 2007. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Área de Logística la adquisición de 7200.60Kg. de Quinua Avena Forti fi cada con Quiwicha por un valor referencial de S/. 36,303.00 (TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) fi nanciados por el RUBRO 00 Recursos Ordinarios para el Abastecimiento del Programa Vaso de Leche dirigido a los bene fi ciarios de esta jurisdicción, por situación de Desabastecimiento Inminente por un plazo de 90 días calendarios, en virtud a lo expuesto en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Área de Imagen Institucional la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial el Peruano y remitir el acuerdo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y Concejo Superior de Contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para en coordinación con las áreas pertinentes, den fi el cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EUGENIO JARA ACOSTA Alcalde 67331-1