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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346393 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo del distrito ORDENANZA N° 237-C/MC Comas, 25 de mayo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de mayo del 2007, el Acuerdo de Consejo N° 01-2007-CCLD/MC, el Informe N° 081-2007-GPP/MC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, adjunto al cual presenta el Texto Único de la Ordenanza que aprueba el Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo para el distrito de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 194º de Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en órganos de gobierno local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, el Artículo 73° numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especí fi cas en materia de participación vecinal, debiendo proponer; apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, integrar, y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripción; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Ley N° 28056, establece las disposiciones y los lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y asimismo optimizar el uso de los recursos a través de adecuado control social en las acciones públicas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 08-2007- EF/76.01 la Dirección Nacional de Presupuesto Público, aprobó el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 “Para el Proceso del Presupuesto Participativo –Año Fiscal 2007” con el fi n de facilitar la realización del proceso presupuestario en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Que, mediante Ordenanza Nº 120-C/MC de fecha 19 de mayo 2004 se aprueba el “Marco Normativo del Presupuesto Participativo en el distrito de Comas”, el mismo que fue modi fi cado mediante Ordenanzas Nº 149-2005-C/MC, Nº 189-2006-C/MC y N° 195-C/MC de fechas 8 de abril 2005, 24 de abril 2006 y 19 de julio del 2006, respectivamente; y siendo necesario efectuar algunas modi fi caciones a la misma, resulta pertinente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto Que, el Marco Normativo a aprobar tiene como objetivo regular el proceso de Programación, Participación, Concertación; con la fi nalidad de formular el Presupuesto Participativo del distrito de Comas; mediante el cual se fortalece las relaciones Estado - Sociedad, de fi niendo las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos estratégicos; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente:ORDENANZA MARCO NORMATIVO QUE REGULA EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONCERTACION PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL DISTRITO DE COMAS TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1°.- OBJETO El presente Marco Normativo regula el proceso de programación, participación, concertación para la formulación de los Presupuestos Participativos del distrito de Comas al amparo de las normas legales vigentes. Artículo 2°.-FINES El proceso de formulación del Presupuesto Participativo del distrito de Comas, tiene por fi nalidad lo siguiente: a) Recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos participativos; asimismo mejorar la calidad del gasto público y garantizar un adecuado Control Social de la Gestión Pública. b) Establecer un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos; fortaleciendo las relaciones Estado – Sociedad Civil. c) Emitir normas que permitan la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrollará en armonía con el Plan de Desarrollo Concertado del distrito. d) Promover la participación democrática de hombres y mujeres en la formulación, implementación y evaluación del Presupuesto Participativo Distrital, priorizando la implementación de iniciativas concertadas por cada una de las líneas estratégicas del PDC. Artículo 3º .- PRINCIPIOS Los principios, rectores del Presupuesto Participativo, establecidos en la ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056 asumidos para el distrito de Comas son: 1. Participación.- El Gobierno Local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su Presupuesto, en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertados; así, como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. 2. Transparencia.- El presupuesto del gobierno local es objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ello. 3. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, género, generacional o de otra naturaleza, en los procesos de Plani fi cación y Presupuesto Participativo. 4. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad como un elemento esencial para la construcción de consensos. 5. Eficacia y E fi ciencia.- El gobierno local organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los Planes Concertados y Presupuestos Participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. 6. Equidad.- Las consideraciones de equidad social, equidad de género y generacional son un componente consecutivo y orientador de la gestión local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 7. Competitividad.- El gobierno local tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueve la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados internos y externos, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado.