Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAY, Jefe de la Unidad de Informatica de la Municipalidad Distrital de Bellavista, para asistir y representar a esta Corporacion MORDAZA en la reunion que, en el MORDAZA del proyecto "Servicios e Infraestructuras de Apoyo Empresarial: Transferencia de Metodologias y MORDAZA Desarrollo sobre la Base de las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion", inscrito en el Programa URB-AL R13-A6-05, se realizara en la MORDAZA de Gijon los dias 7 y 8 de junio de 2007. Articulo 2º.- Autorizar el egreso para cubrir los gastos que demande la participacion del mencionado funcionario municipal, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa Corpac : Gastos consulares (visa) : Seguro Schengen : US$ US$ US$ 31.25 80.62 44.38

Articulo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion se afectara a las partidas especificas pertinentes del Presupuesto Municipal vigente, autorizandose a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto efectuar las modificaciones presupuestales correspondientes, de ser el caso. Articulo 4º.- El funcionario en mencion debera presentar un informe escrito y la rendicion de cuentas correspondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 67751-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACRAQUIA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 -2007-MDA Acraquia, 17 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE ACRAQUIA VISTO: El acta de Sesion Extraordinaria Nº 017-2007, de fecha 17 de MORDAZA del 2007, el Informe Nº 020-2007-SGA-MDA y la Opinion Legal Nº 002-2007-JCMC/AL-MDA. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son Organos de Gobierno local, que tienen autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972-, concordante con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru. Que, mediante Ley Nº 24059 se creo el Programa del Vaso de Leche, destinado a la atencion de la poblacion

MORDAZA Infantil con derecho a la provision diaria por parte del Estado a traves de los Municipios. Que, mediante Informe Nº 020-2007-SGA-MDA, el responsable de la Subgerencia de Abastecimientos informa, que no se ha entregado los alimentos (del Programa del Vaso de Leche) correspondientes a los meses de Enero, Febrero, Marzo, MORDAZA y MORDAZA, debido a la nulidad del MORDAZA de seleccion en su primera convocatoria y a la declaratoria parcial en su MORDAZA convocatoria, existiendo marcada preocupacion por parte de los beneficiarios. Que, con la opinion legal Nº 002-2007-JCMC/AL-MDA, el Asesor Legal opina que en Sesion de Concejo Municipal DECLARE en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, que AUTORICE la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion conforme a lo estipulado en el inciso c) del Art. 19º del T. U. O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D. S. N° 0832004-PCM; que se AUTORICE a las dependencias correspondientes de la Municipalidad Distrital de Acraquia la adquisicion de 7,800 unidades de leche evaporada entera X 410 gr., 136 bolsas de quinua perlada c/u de 10 Kg., 136 bolsas de kiwicha entera c/u de 10 kg. Que, el Art. 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, considera la situacion de desabastecimiento inminente. Que, el Art. 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 083-2004PCM, en su inciso c) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, el Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece, que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el Articulo 21° de la Ley. Que, en el presente caso se puede observar que es necesario declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente para los 45 dias requeridos como minimo para desarrollar el MORDAZA de seleccion correspondiente, para la obtencion de insumos para el Programa del Vaso de Leche a fin de no poner en riesgo la atencion del referido Programa. Para ello debe efectuarse la adquisicion en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicacion del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en concordancia con el Art. 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 35) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Informe Tecnico, la Opinion Legal, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; ACORDO: Primero.DECLARAR en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Acraquia, a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios de este programa, para ello se efectuara la adquisicion en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicacion del penultimo parrafo del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 083-2004-PCM, en concordancia con el Art. 148º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Segundo.- AUTORIZAR la EXONERACION del MORDAZA de seleccion conforme al inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 0832004-PCM. Tercero.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Acraquia la adquisicion de 7,800 unidades de leche evaporada entera X 410 gr., 136 bolsas de quinua perlada c/u de 10 Kg., 136 bolsas de quiwicha entera c/u de 10 kg. Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General de la Municipalidad la remision en MORDAZA certificada del presente Acuerdo, el Informe Tecnico, la Opinion Legal y demas actuados, a la Contraloria General de la Republica, y al

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