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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346407 la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la O fi cina de Administración y Finanzas, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le con fi ere; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del señor EDUARDO FRANCISCO HERRERA AYAY, Jefe de la Unidad de Informática de la Municipalidad Distrital de Bellavista, para asistir y representar a esta Corporación Edil en la reunión que, en el marco del proyecto “Servicios e Infraestructuras de Apoyo Empresarial: Transferencia de Metodologías y Nuevo Desarrollo sobre la Base de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”, inscrito en el Programa URB-AL R13-A6-05, se realizará en la ciudad de Gijón los días 7 y 8 de junio de 2007. Artículo 2º.- Autorizar el egreso para cubrir los gastos que demande la participación del mencionado funcionario municipal, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa Corpac : US$ 31.25 Gastos consulares (visa) : US$ 80.62Seguro Schengen : US$ 44.38 Artículo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará a las partidas especí fi cas pertinentes del Presupuesto Municipal vigente, autorizándose a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto efectuar las modi fi caciones presupuestales correspondientes, de ser el caso. Artículo 4º.- El funcionario en mención deberá presentar un informe escrito y la rendición de cuentas correspondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- Encargar a la O fi cina de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese y comuníquese.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 67751-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACRAQUIA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 -2007-MDA Acraquia, 17 de mayo del 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE ACRAQUIAVISTO: El acta de Sesión Extraordinaria Nº 017-2007, de fecha 17 de mayo del 2007, el Informe Nº 020-2007-SGA-MDA y la Opinión Legal Nº 002-2007-JCMC/AL-MDA. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son Órganos de Gobierno local, que tienen autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972-, concordante con el Art. 191º de la Constitución Política del Perú. Que, mediante Ley Nº 24059 se creó el Programa del Vaso de Leche, destinado a la atención de la población Materno Infantil con derecho a la provisión diaria por parte del Estado a través de los Municipios. Que, mediante Informe Nº 020-2007-SGA-MDA, el responsable de la Subgerencia de Abastecimientos informa, que no se ha entregado los alimentos (del Programa del Vaso de Leche) correspondientes a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo, debido a la nulidad del proceso de selección en su primera convocatoria y a la declaratoria parcial en su segunda convocatoria, existiendo marcada preocupación por parte de los bene fi ciarios. Que, con la opinión legal Nº 002-2007-JCMC/AL-MDA, el Asesor Legal opina que en Sesión de Concejo Municipal DECLARE en SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, que AUTORICE la EXONERACIÓN del Proceso de Selección conforme a lo estipulado en el inciso c) del Art. 19º del T. U. O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D. S. N° 083-2004-PCM; que se AUTORICE a las dependencias correspondientes de la Municipalidad Distrital de Acraquia la adquisición de 7,800 unidades de leche evaporada entera X 410 gr., 136 bolsas de quinua perlada c/u de 10 Kg., 136 bolsas de kiwicha entera c/u de 10 kg. Que, el Art. 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, considera la situación de desabastecimiento inminente. Que, el Art. 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 083-2004-PCM, en su inciso c) establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, el Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece, que la situación de desabastecimiento inminente se con fi gura en los casos señalados en el Artículo 21° de la Ley. Que, en el presente caso se puede observar que es necesario declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente para los 45 días requeridos como mínimo para desarrollar el proceso de selección correspondiente, para la obtención de insumos para el Programa del Vaso de Leche a fi n de no poner en riesgo la atención del referido Programa. Para ello debe efectuarse la adquisición en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicación del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en concordancia con el Art. 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 35) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Informe Técnico, la Opinión Legal, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; ACORDÓ:Primero.- DECLARAR en SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Acraquia, a fi n de no poner en riesgo la atención de los bene fi ciarios de este programa, para ello se efectuara la adquisición en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicación del penúltimo párrafo del Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 083-2004-PCM, en concordancia con el Art. 148º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Segundo.- AUTORIZAR la EXONERACIÓN del proceso de selección conforme al inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D. S. N° 083-2004-PCM. Tercero.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Acraquia la adquisición de 7,800 unidades de leche evaporada entera X 410 gr., 136 bolsas de quinua perlada c/u de 10 Kg., 136 bolsas de quiwicha entera c/u de 10 kg. Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General de la Municipalidad la remisión en copia certi fi cada del presente Acuerdo, el Informe Técnico, la Opinión Legal y demás actuados, a la Contraloría General de la República, y al