Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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TITULO V

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

COMITES DE VIGILANCIA Y CONTROL CAPITULO UNICO CONFORMACION Y RESPONSABILIDADES Articulo 22º.- Eleccion y vigencia del Comite de Vigilancia y Control (CVC) Para fines de las acciones de vigilancia ciudadana del MORDAZA participativo, el CVC es elegido por los Agentes Participantes con derecho a voz y MORDAZA por mayoria simple, al inicio del MORDAZA por un periodo de dos (2) anos. Su labor termina en diciembre del ano siguiente. Este organo colegiado de la Sociedad Civil es ad honorem. Este Comite esta conformado por cinco (5) miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario y dos vocales. No pueden ser elegidos los miembros del Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, ni los miembros del Equipo Tecnico del Presupuesto Participativo. En un ano coexisten dos Comites de Vigilancia y Control. Aquel conformado para el ano en curso y ano siguiente, y el otro que continua vigilando por MORDAZA ano el MORDAZA de la Ejecucion del Presupuesto. Este ultimo iniciara el MORDAZA de transferencia en el ultimo trimestre del ano fiscal en que fenece su funcion. Los requisitos para ser elegidos como miembro del CVC son: ser Agente Participante y residir en el distrito de San Borja. Articulo 23º.- Funciones del Comite de Vigilancia y Control · Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del MORDAZA participativo; asi como el cumplimiento de los acuerdos concertados en el Presupuesto Participativo. · Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). · Vigilar que la Municipalidad cuente con un Cronograma aprobado de Ejecucion de Obras, correspondiente al MORDAZA participativo, a fin de facilitar la vigilancia. · Vigilar que los recursos municipales y de la sociedad civil, destinados al Presupuesto Participativo del ejercicio fiscal, MORDAZA invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. · Informar al CCLD y a la Sociedad Civil en general, sobre los resultados de la vigilancia, de acuerdo a los plazos indicados en el Instructivo para el ano correspondiente. Las reuniones deberan realizarse en forma periodica para elaborar el informe sobre los resultados. Dichos informes deberan estar suscritos por los miembros del Comite. · Que se cumplan las rendiciones de cuentas establecidas. · Corresponde al Presidente del CVC proponer las acciones de vigilancia y control entre sus miembros, convocar y presidir las reuniones, cursar las comunicaciones que acuerde el Comite, y remitir los informes correspondientes del resultado de la vigilancia al CCLD. · La funcion del Secretario es citar a las sesiones programadas, redactar los acuerdos del CVC en el Libro de Actas que se apertura y llevar en forma ordenada el archivo documentario del Comite. Los demas miembros del Comite cumpliran las funciones que por acuerdo establezca el Comite dentro del MORDAZA de su competencia. Los actos y acuerdos del CVC se decidiran y adoptaran por mayoria de los miembros que lo conforman, los cuales deben constar en el Libro de Actas que aperturen al inicio de su funcion. El CVC y cualquier ciudadano a traves de dicho Comite tienen la facultad, en caso encuentren indicios o pruebas que senale la comision de delito, de realizar la denuncia correspondiente ante las instancias como la Contraloria General de la Republica, el Ministerio Publico, el Congreso de la Republica y la Defensoria del Pueblo. Articulo 24º.- Informacion a proporcionar al Comite de Vigilancia y Control La Gerencia de Planeamiento Estrategico de la Municipalidad de San MORDAZA debera proporcionar al CVC la siguiente informacion: · El Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente a las inversiones. · La Ejecucion de Gastos de Inversion, semestral y anual.

· Ejecucion de ingresos semestrales. · Cualquier informacion que solicite el CVC referente al MORDAZA del Presupuesto Participativo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las Unidades Organicas de la Municipalidad son responsables de brindar el apoyo que requiera la Gerencia de Planeamiento Estrategico, dentro de los plazos que esta establezca, a fin de dar cumplimiento al desarrollo del MORDAZA participativo. Segunda.-Autorizar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia expida las disposiciones complementarias de aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la aprobacion y modificacion del Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo del distrito de San Borja; dejando MORDAZA que el Decreto de Alcaldia por el que se apruebe el cronograma correspondiente, debera ser expedido a mas tardar a los 30 dias habiles de publicado el Instructivo para el MORDAZA de Presupuesto Participativo respectivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguese la Ordenanza Nº 377-MSB. Segunda.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 67474-1

Aprueban Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2007
DECRETO DE ALCALDIA N° 08-2007-MSB-A San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 065-2007-MSB-GPE de fecha 30 de MORDAZA del 2007, de la Gerencia de Planeamiento Estrategico. CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica del Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en lo asuntos de su competencia; Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056, en su articulo primero senala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Directoral Nº 08-2007-EF/76.01 aprobo el Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008; Que, mediante Ordenanza Nº 391-MSB, de fecha 29 de MORDAZA del presente ano, el Concejo Municipal aprobo el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo para la elaboracion del Presupuesto Participativo Anual del distrito de San Borja; MORDAZA que otorga facultades al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia apruebe o modifique el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20º, asi como los Articulos 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoria Juridica. DECRETA: Articulo Unico.- Aprobar el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2007, de acuerdo al anexo 01 que forma parte integrante del presente Decreto.

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