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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (02/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346394 8. Corresponsabilidad.- Entre el gobierno local y la sociedad civil, en la identi fi cación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y demás planes existentes. 9. Solidaridad.- La disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. 10. Respeto de los Acuerdos.- La participación de la sociedad civil en los Presupuestos del gobierno local se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. TÍTULO II PARTICIPANTES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 4º.- AGENTES PARTICIPANTES La participación para la formulación de los Presupuestos Participativos que anualmente se desarrollarán en el distrito; debiendo para ello cumplir lo establecido en el Artículo 1º, Inc. d) del D.S. N°171-2003-EF Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, siendo éstos: a) El Alcalde. b) Los Regidores de la Municipalidad.c) Los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local. d) Los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito debidamente inscritas en el Libro de Agentes Participantes. e) Los Ciudadanos que voluntariamente lo soliciten, de conformidad con lo establecido en el Reglamento. f) Representantes de Instituciones Públicas y Privadas. Artículo 5º.- FUNCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES a) Opinar sobre la información económica y administrativa que proporcione la institución municipal. b) Proponer los proyectos a ser considerados como parte del Proceso del Presupuesto Participativo, los mismos que deben estar articulados al PDC Distrital y demás planes, asimismo pueden opinar sobre otros proyectos presentados. c) Elegir y ser elegido miembro del Comité de Vigilancia y comisiones que se establezcan en el proceso. Artículo 6º.- DE LOS DELEGADOS Los agentes participantes inscritos que participan en los talleres zonales, sectoriales y temáticos elegirán representantes en calidad de delegados, quienes sustentarán las propuestas en los talleres distritales deliberativos. Por cada taller zonal, sectorial y temático se elegirán 9 delegados para los talleres deliberativos, siendo cada Presidente de las Juntas Vecinales miembro Nato. Artículo 7º.- DEFINICIONES Para los fi nes de la presente Ordenanza, se entiende por organizaciones de la sociedad civil participantes. a) Organizaciones privadas: todas las organizaciones e instituciones tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organismos no gubernamentales, asociaciones o gremios empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizaciones religiosas o confesionales que actúan con un carácter permanente en la circunscripción del distrito. b) Organizaciones o instituciones públicas: Unidades ejecutoras, programas o proyectos de los ministerios u organismos públicos del Estado de carácter nacional o provincial que actúan o tienen sede en la circunscripción del distrito. c) Organizaciones sociales: toda organización de ciudadanos del distrito, que cuente con actividad permanente y reconocida en la circunscripción del distrito. Artículo 8º EQUIPO TÉCNICO Aprobar la conformación del Equipo Técnico del proceso de Presupuesto participativo, integrado por: a) El Gerente de Plani fi cación y Presupuesto, quien la presidirá.b) El Gerente de Administración y Finanzas c) El Gerente de Desarrollo Urbano.d) El Gerente de Desarrollo Humanoe) El Gerente de Desarrollo Ambientalf) El Gerente de Participación y Seguridad Ciudadanag) Gerente de Desarrollo Económicoh) Subgerente de Planeamiento y Presupuesto i) Subgerente de Participación Vecinal y Organizaciones Sociales j) Subgerente Obras Públicas, Estudios y Proyectosk) Y dos profesionales con experiencia en Plani fi cación y Presupuesto, que hayan sido seleccionados por el Consejo de Coordinación Local Distrital, a propuesta de los representantes de la Sociedad Civil del mismo Consejo de Coordinación Local Distrital. l) Y otros que mediante Resolución de Alcaldía se incorporen al Equipo Técnico. TÍTULO III PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 9º.- FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO Las funciones que deberá realizar el Equipo Técnico son las siguientes: a) Elaborar la metodología, programación y cronograma del proceso para la formulación del Presupuesto Participativo, para su aprobación mediante Resolución de Alcaldía. b) Informar a la población y a las organizaciones de la sociedad civil sobre el proceso presupuestario y los mecanismos de participación, desarrollando estrategias que permitan incluir a sectores escasamente representados de la población como mujeres, jóvenes y adultos mayores. c) Facilitar y sistematizar los resultados de los talleres. d) Organizar todas las actividades de capacitación que se estimen necesarias. e) Redactar el documento preliminar del Presupuesto Participativo. f) Evaluación técnica de alternativas para las inversiones o soluciones propuestas. g) Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo a presentarse ante el Consejo de Coordinación Local y el Concejo Municipal. Artículo 10°.- PROGRAMACIÓN DEL PROCESO Para los fi nes del presente documento, el Equipo Técnico programará la ejecución de las fases y los talleres del Presupuesto Participativo, promoviendo la participación organizada de todos los sectores poblacionales, considerando horarios y espacios adecuados, tomando en consideración: a) Fase I : Talleres Informativos y Organizativos b) Fase II : Talleres de Trabajo de Rendición de Cuentas y Formulación del Presupuesto Participativo en los niveles zonales, sectoriales, temáticos y distritales (Revisión y Validación del PDC, Diagnóstico Temático y Territorial, De fi nición de Criterios de Priorización de Proyectos y Asignación de Recursos) c) Fase III : Taller Deliberativo y de Acuerdos. Artículo 11°.- PRODUCTOS DEL PROCESOCorresponde al Equipo Técnico formular los productos del proceso consistentes en: a) El Libro de Registro de Participantes. b) El Listado de Proyectos Priorizados. c) El Resumen Ejecutivo de los Talleres celebrados en el Proceso. d) La Formalización y Detalle de los Acuerdos. TÍTULO IV PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES Artículo 12°.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo las organizaciones que cumplan con los siguientes requisitos: a) Solicitud de inscripción. Esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documentos y su contenido, estará debidamente fi rmada por el representante de la organización o ciudadano.