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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (02/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346400 Este Plan se evalúa una vez al año y como resultado de dicha evaluación, se reajusta, modi fi ca o rati fi ca. Este Plan sirve de marco al Plan de Desarrollo Institucional (mediano plazo), por lo que deben estar directamente articulados. • Plan de Desarrollo Institucional (PDI) 2007 – 2010, Este documento es un instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del presupuesto participativo. Contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de mediano plazo. Este Plan se evalúa una vez al año y como resultado de dicha evaluación, se reajusta, modi fi ca o rati fi ca. Este Plan sirve de marco al Plan Operativo Institucional (corto plazo), por lo que deben estar directamente articulados. • Detalle de los proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). • Relación de proyectos priorizados en el Proceso Participativo del año anterior que no tuvieron fi nanciamiento, para su debate y priorización, de ser el caso. • Relación de proyectos ejecutados, costos de mantenimiento y responsables de su sostenibilidad. • Recursos totales por las fuentes de fi nanciamiento que indica la Norma, que se estima asignar para la ejecución de proyectos resultantes del proceso. • Informe de mejoras de infraestructura de servicios: educación, saneamiento, entre otros. TÍTULO III AGENTES PARTICIPANTES CAPÍTULO I CONVOCATORIA, IDENTIFICACIÓN, ACREDITACIÓN Y REGISTRO Artículo 8º.- De la Convocatoria La Municipalidad en coordinación con los miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), convoca a través de la Gerencia de Imagen institucional, al Proceso Participativo en general, haciendo uso de medios de comunicación masiva. Dicha convocatoria, se dirige a la población debidamente organizada y a las organizaciones públicas y privadas del distrito para participar en el Presupuesto Participativo, dando inicio de esta manera al desarrollo del mismo; de conformidad con lo establecido en el Instructivo para el ejercicio correspondiente. La Convocatoria se publicará a través del portal electrónico o página web municipal: www.munisanborja.gob.pe, vitrinas de publicación visibles en la Municipalidad, carteles en los módulos de Serenazgo y en las Casetas de Seguridad privada del distrito. Igualmente podrá utilizarse los medios de comunicación que se vean adecuados u otros medios de difusión disponibles. Artículo 9º.- De la Identi fi cación y Acreditación Una vez realizada la Convocatoria, la Gerencia de Participación Vecinal será la encargada de identi fi car y acreditar a los Agentes Participantes, para ello procederá a la difusión del inicio del proceso a fi n de promover la mayor participación y representación posible de la sociedad civil organizada y de las instituciones públicas y privadas del distrito, así como de los profesionales con experiencia en Planeamiento y Presupuesto, para conformar el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo. Artículo 10º.- Del Registro La encargada de abrir una base de datos para el registro de los Agentes Participantes será la Gerencia de Participación Vecinal. Dichos agentes representarán a las organizaciones de la sociedad civil, representantes de las entidades del Gobierno Nacional y profesionales especializados interesados en participar en el equipo técnico del Proceso Participativo. Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar en la Gerencia de Participación Vecinal una solicitud con la información mínima respectiva, de acuerdo al modelo de formato referente a la Identi fi cación de Agentes Participantes que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público en el respectivo instructivo, así como una copia del acta de la Asamblea en la que se le designa como representante. Respecto al registro de profesionales especializados interesados en participar en el equipo técnico del Proceso Participativo, deberán tener los siguientes requisitos mínimos:• Constancia de su Colegiatura y habilitación en su especialidad • Acredite experiencia en procesos de plani fi cación y presupuesto en el sector público • Acreditar ser residente del distrito de San Borja.• Copia de DNI• Currículo Vitae documentado Una vez realizada la identi fi cación, acreditación y registro de los Agentes Participantes en los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso Participativo, la Gerencia de Participación Vecinal remitirá la relación de los Agentes Participantes acreditados, a la Gerencia de Planeamiento Estratégico – OPI, O fi cina que asumirá la Secretaría Técnica del Proceso Participativo. CAPÍTULO II CONFORMACIÓN, RESPONSABILIDADES, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE TALLERES Artículo 11.- De la Conformación Son Agentes Participantes con voz y voto: los miembros del Concejo Municipal, los representantes elegidos de la sociedad civil ante el CCLD, los representantes de las organizaciones sociales debidamente identi fi cados, acreditados y registrados en el ROS; así como los representantes designados por las instituciones públicas instaladas en la circunscripción territorial del distrito. Los miembros del Equipo Técnico son Agentes Participantes solo con voz, no con voto. Los Agentes Participantes actuarán en todas las etapas de acuerdo al Cronograma del Proceso Participativo que se establezca oportunamente mediante la norma respectiva, siendo sus cargos Ad Honorem y de participación. Artículo 12º.- De las Responsabilidades Las responsabilidades de los Agentes Participantes, son las siguientes: • Asistir a los talleres de trabajo, de capacitación y demás convocatorias que se realicen durante el proceso participativo. • Proponer la ejecución de proyectos de inversión o de servicios de interés público, en función a las necesidades sentidas de la población y el distrito. • Participar en la priorización de los proyectos seleccionados, en función al presupuesto disponible para inversión pública. • Suscribir el Acta de Participación de cada Taller • Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo. • Elegir a los miembros del Comité de Vigilancia y Control, entre los propios agentes participantes acreditados. Artículo 13º.- De la Capacitación de los Agentes Participantes La capacitación para el desarrollo del Proceso Participativo será una tarea permanente, ajustada a las necesidades y características de la población de San Borja, y será a través de Cursos de Capacitación, donde impartirán sus conocimientos funcionarios con experiencia en el desarrollo de procesos participativos, provenientes de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, y de otras entidades, así como de expertos en procesos participativos. Se implementarán mecanismos de capacitación para los Agentes Participantes y se promoverán programas de desarrollo de capacidades. Artículo 14º.- De los Talleres de Trabajo Son las reuniones de trabajo de los Agentes Participantes del Proceso convocadas por el Alcalde en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local en las cuales, sobre la base de la visión y de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado que previamente han sido actualizados, se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Los talleres se realizarán según el Plan de Desarrollo Concertado – PDC y de fi nición de criterios y de priorización de acciones. Los Agentes Participantes podrán participar en los Talleres de Trabajo ciñéndose a los temas de la agenda; no se podrá tratar temas distintos a los señalados en la agenda materia del taller. A cada participante, previamente se le entregará la temática del taller.