Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 53
El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007
NORMAS LEGALES
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en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participacion de la poblacion, estando sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica y son fiscalizadas de acuerdo a Ley; Que, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, MORDAZA en el Articulo 17º numeral 17.1, que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el articulo 9º numerales 14), 34), articulo 53º y la decimosexta Disposicion Complementaria, disponen respectivamente la aprobacion de normas que garanticen la efectiva participacion vecinal, reglamentar los espacios de participacion, y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto; Que el reglamento de la Ley Nº 28056 aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF establece en su articulo 5º y en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza dispondran las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes; asimismo en su MORDAZA disposicion final senala que la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, dicta las disposiciones complementarias y de precision necesarias para la aplicacion de la ley y reglamento, por lo cual anualmente dicho organo del Ministerio de Economia y Finanzas emite los Instructivos para los anos fiscales correspondientes; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Nº 391-MSB REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ANUAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I DEFINICION Y ALCANCES, PRINCIPIOS, OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL Articulo 1º.- Objeto y Fines El MORDAZA Participativo es un espacio de deliberacion y concertacion democratica entre las autoridades en ejercicio de sus funciones, miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) y los actores sociales, constituyendose en Agentes Participantes que identifican, priorizan, y definen las acciones o proyectos de interes para el distrito, mediante mecanismos de analisis y de toma de decisiones para llegar a acuerdos y compromisos de gestion de manera concreta y efectiva, a fin de elaborar los Presupuestos Participativos anuales, que reflejen en su contenido las aspiraciones y expectativas de los participantes para su distrito, utilizando criterios de costo eficiencia y costo eficacia, enmarcado en todos los niveles de planes de la Municipalidad: Plan de Desarrollo Concertado (largo plazo), Plan de Desarrollo Institucional - PDI (mediano plazo), y Plan Operativo Institucional POI (corto plazo). El Presupuesto Participativo es un instrumento de politica y a la vez de gestion, a traves del cual la autoridad (en este caso local) y las organizaciones representativas de la poblacion, definen en conjunto como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Institucional, los cuales estan directamente vinculados a la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. El MORDAZA del Presupuesto Participativo busca fortalecer la gobernabilidad, a traves de mayor involucramiento de la poblacion en la gestion, en el cumplimiento de sus compromisos tributarios, respecto al MORDAZA normativo local y en un trabajo coordinado que incorpora opiniones y propuestas en la toma de decisiones, orientadas a construir institucionalidad democratica, ciudadania propositiva, corresponsable y proactiva.
Articulo 2º.- Principios El MORDAZA del Presupuesto Participativo esta enmarcado en los siguientes principios: participacion, transparencia, igualdad de oportunidades, tolerancia, eficiencia y eficacia, equidad, competitividad, corresponsabilidad, solidaridad, y respeto a los Acuerdos. Asimismo, dicho MORDAZA tiene las siguientes caracteristicas: es participativo, racional y coherente, flexible, multianual, concertado, gradual e irreversible. Articulo 3º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar y complementar los mecanismos y procedimientos mediante los cuales se regula la Participacion en el MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, de acuerdo a las disposiciones que emita la Direccion Nacional de Presupuesto Publico para cada ejercicio fiscal, en el MORDAZA de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Articulo 4º.- Finalidad La finalidad de la presente MORDAZA esta orientada a que mediante los mecanismos y procedimientos que se establecen, los agentes participantes recojan las necesidades de los vecinos del distrito y luego del analisis y decisiones adoptadas en la secuencia del MORDAZA, teniendo en cuenta la vision del Desarrollo Distrital, se fijen las prioridades del gasto publico en materia de inversion que MORDAZA viables y sostenibles, mejorandose la asignacion y ejecucion de los recursos publicos. Articulo 5º.- Base Legal · Constitucion Politica del Peru · Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion · Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades · Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo · Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 · Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica · MORDAZA Reglamento del SNIP ( Decreto Supremo Nº 221-2006-EF) · Nueva Directiva General del SNIP ( Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF /68.01) · Resolucion Directoral Nº 007-2003-EF/68.01 que aprueba la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01 CAPITULO II DEFINICIONES BASICAS Articulo 6º.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza, se considerara las definiciones contenidas en el Articulo 2º del Reglamento de Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, asimismo el glosario de terminos que describa la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en los respectivos instructivos. TITULO II PREPARACION DEL MORDAZA PARTICIPATIVO CAPITULO I PREPARACION Y DIFUSION Articulo 7º.- Preparacion y difusion La Municipalidad, en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Local Distrital CCLD, se encarga oportunamente del desarrollo de las actividades de difusion y sensibilizacion sobre la importancia de la participacion ciudadana, del MORDAZA normativo, y otras que consideren pertinentes. Asimismo, deben disponer de la siguiente informacion: · Plan de Desarrollo Concertado a largo plazo (PDC 2007 2016), Este documento es un instrumento de base territorial y de caracter integral, orientador del desarrollo local y del presupuesto participativo. Contiene los acuerdos sobre la Vision de Desarrollo y Objetivos Estrategicos de largo plazo.