Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participacion de la poblacion, estando sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica y son fiscalizadas de acuerdo a Ley; Que, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, MORDAZA en el Articulo 17º numeral 17.1, que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el articulo 9º numerales 14), 34), articulo 53º y la decimosexta Disposicion Complementaria, disponen respectivamente la aprobacion de normas que garanticen la efectiva participacion vecinal, reglamentar los espacios de participacion, y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto; Que el reglamento de la Ley Nº 28056 aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF establece en su articulo 5º y en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza dispondran las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes; asimismo en su MORDAZA disposicion final senala que la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, dicta las disposiciones complementarias y de precision necesarias para la aplicacion de la ley y reglamento, por lo cual anualmente dicho organo del Ministerio de Economia y Finanzas emite los Instructivos para los anos fiscales correspondientes; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Nº 391-MSB REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ANUAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I DEFINICION Y ALCANCES, PRINCIPIOS, OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL Articulo 1º.- Objeto y Fines El MORDAZA Participativo es un espacio de deliberacion y concertacion democratica entre las autoridades en ejercicio de sus funciones, miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) y los actores sociales, constituyendose en Agentes Participantes que identifican, priorizan, y definen las acciones o proyectos de interes para el distrito, mediante mecanismos de analisis y de toma de decisiones para llegar a acuerdos y compromisos de gestion de manera concreta y efectiva, a fin de elaborar los Presupuestos Participativos anuales, que reflejen en su contenido las aspiraciones y expectativas de los participantes para su distrito, utilizando criterios de costo ­ eficiencia y costo ­ eficacia, enmarcado en todos los niveles de planes de la Municipalidad: Plan de Desarrollo Concertado (largo plazo), Plan de Desarrollo Institucional - PDI (mediano plazo), y Plan Operativo Institucional ­ POI (corto plazo). El Presupuesto Participativo es un instrumento de politica y a la vez de gestion, a traves del cual la autoridad (en este caso local) y las organizaciones representativas de la poblacion, definen en conjunto como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Institucional, los cuales estan directamente vinculados a la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. El MORDAZA del Presupuesto Participativo busca fortalecer la gobernabilidad, a traves de mayor involucramiento de la poblacion en la gestion, en el cumplimiento de sus compromisos tributarios, respecto al MORDAZA normativo local y en un trabajo coordinado que incorpora opiniones y propuestas en la toma de decisiones, orientadas a construir institucionalidad democratica, ciudadania propositiva, corresponsable y proactiva.

Articulo 2º.- Principios El MORDAZA del Presupuesto Participativo esta enmarcado en los siguientes principios: participacion, transparencia, igualdad de oportunidades, tolerancia, eficiencia y eficacia, equidad, competitividad, corresponsabilidad, solidaridad, y respeto a los Acuerdos. Asimismo, dicho MORDAZA tiene las siguientes caracteristicas: es participativo, racional y coherente, flexible, multianual, concertado, gradual e irreversible. Articulo 3º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar y complementar los mecanismos y procedimientos mediante los cuales se regula la Participacion en el MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, de acuerdo a las disposiciones que emita la Direccion Nacional de Presupuesto Publico para cada ejercicio fiscal, en el MORDAZA de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Articulo 4º.- Finalidad La finalidad de la presente MORDAZA esta orientada a que mediante los mecanismos y procedimientos que se establecen, los agentes participantes recojan las necesidades de los vecinos del distrito y luego del analisis y decisiones adoptadas en la secuencia del MORDAZA, teniendo en cuenta la vision del Desarrollo Distrital, se fijen las prioridades del gasto publico en materia de inversion que MORDAZA viables y sostenibles, mejorandose la asignacion y ejecucion de los recursos publicos. Articulo 5º.- Base Legal · Constitucion Politica del Peru · Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion · Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades · Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo · Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 · Ley Nº 27293 ­ Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica · MORDAZA Reglamento del SNIP ( Decreto Supremo Nº 221-2006-EF) · Nueva Directiva General del SNIP ( Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF /68.01) · Resolucion Directoral Nº 007-2003-EF/68.01 que aprueba la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01 CAPITULO II DEFINICIONES BASICAS Articulo 6º.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza, se considerara las definiciones contenidas en el Articulo 2º del Reglamento de Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, asimismo el glosario de terminos que describa la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en los respectivos instructivos. TITULO II PREPARACION DEL MORDAZA PARTICIPATIVO CAPITULO I PREPARACION Y DIFUSION Articulo 7º.- Preparacion y difusion La Municipalidad, en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD, se encarga oportunamente del desarrollo de las actividades de difusion y sensibilizacion sobre la importancia de la participacion ciudadana, del MORDAZA normativo, y otras que consideren pertinentes. Asimismo, deben disponer de la siguiente informacion: · Plan de Desarrollo Concertado a largo plazo (PDC 2007 ­ 2016), Este documento es un instrumento de base territorial y de caracter integral, orientador del desarrollo local y del presupuesto participativo. Contiene los acuerdos sobre la Vision de Desarrollo y Objetivos Estrategicos de largo plazo.

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