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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2007 346401 Los talleres estarán estructurados, tendrán etapas de información técnica, de preguntas, de aportes, etc. La forma de participación de los interesados será equitativo, estableciéndose tiempos en las intervenciones: El tiempo de duración de cada intervención no excederá de 3 minutos. Habrá la modalidad de fi chas escritas para que cada participante dé sus aportes respectivos sobre la temática planteada. Dichas fi chas se entregarán antes del “descanso de medio tiempo” y se recogerán al retorno del mismo. TÍTULO IV EQUIPO TÉCNICO DEL PROCESO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I CONFORMACIÓN Y RESPONSABILIDADES Artículo 15º.- Conformación del Equipo Técnico El Equipo Técnico para dar el soporte técnico al Proceso Participativo, en el desarrollo y elaboración del Presupuesto Participativo, está conformado por: • Gerente de Planeamiento Estratégico, quien lo presidirá. • Gerente de Desarrollo de la Ciudad. • Gerente de Desarrollo Urbano. • Gerente de Participación Vecinal. • Jefe de Presupuesto y Estadística.• Jefe de Racionalización.• Jefe de Obras Públicas• Especialista de la O fi cina de Programación e Inversiones (OPI).que actuará como Secretaría Técnica. • Profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto en el sector público, debidamente acreditados, provenientes de la Sociedad Civil. Artículo 16º.- Responsabilidades Las responsabilidades del Equipo Técnico son: • Brindar apoyo y asesoría técnica en cada secuencia del proceso del Presupuesto Participativo. • Sistematizar la información relacionada y necesaria para ser suministrada a los Agentes Participantes. • Consolidar los resultados técnico-operativos de los talleres de trabajo del Proceso. • Preparar la información de los recursos presupuestales disponibles para conocimiento de los Agentes Participantes, con el fi n de priorizar las acciones o proyectos públicos a ser incorporados en el Presupuesto Participativo. • Registrar los resultados de los Talleres, que forman parte de las Actas de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. • Realizar el análisis, evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos priorizados. • Evaluar la viabilidad a las propuestas resultantes del Proceso, en el marco del SNIP. • Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo para el año fi scal correspondiente. Artículo 17º.- Perfeccionamiento técnico de proyectos La O fi cina de Programación e Inversiones, es la encargada de evaluar los estudios de preinversión que sean necesarios, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Inversión Publica (SNIP), a fi n de valorar la viabilidad técnico-operativa de los proyectos de inversión pública que han sido priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo del año fi scal correspondiente, para lo cual previamente la Unidad Formuladora le remitirá el respectivo Estudio de Preinversión de cada Proyecto Priorizado (a nivel de Per fi l, o de otro nivel de estudio según el monto de la inversión) De resultar como no viables alguno de los proyectos priorizados, el Alcalde dispondrá el reemplazo del proyecto en cuestión por otro proyecto resultante del Proceso Participativo, haciendo de conocimiento de este hecho a los Agentes Participantes de dicho proceso en el momento de la Rendición de Cuentas.TÍTULO IV FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS, RENDICIÓN DE CUENTAS Y CRONOGRAMA PARA EL DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I ADOPCIÓN, FORMALIZACIÓN Y APROBACIÓN DE ACUERDOS Artículo 18º.- Adopción de Acuerdos Los resultados del Presupuesto Participativo consolidados por el Equipo Técnico en el documento del Presupuesto Participativo, será presentado por el Alcalde a los Agentes Participantes para su discusión, consideración, modi fi cación, de ser el caso, y aprobación fi nal de acuerdos. Los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo, serán aprobados por votación a favor de la mitad más uno de los Agentes Participantes con derecho a voto en la primera convocatoria. En segunda convocatoria bastará con la votación de la mitad más uno de los Agentes Participantes asistentes con derecho a voto. Entre la primera y segunda convocatoria solo mediará 30 minutos. Aprobados los Acuerdos, éstos se formalizarán mediante la suscripción del Acta respectiva por parte de los Agentes Participantes, incluyendo los que hayan aprobado o no los acuerdos. En el Acta se dejará constancia del resultado de las votaciones. Artículo 19º.- Aprobación y publicación del Documento del Presupuesto Participativo Formalizados los acuerdos y compromisos del presupuesto participativo, éste será aprobado por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo; luego el Alcalde dispondrá su publicación para conocimiento de la comunidad, en el portal web de la Municipalidad. Asimismo, los detalles del proceso participativo y de sus resultados, serán registrados en el portal web del Ministerio de Economía y Finanzas. El Presupuesto Institucional de Apertura deberá incluir las actividades y proyectos aprobados en los Procesos Participativos. CAPÍTULO II RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 20 º.- Rendición de Cuentas Las actividades del proceso para la formulación del Presupuesto Participativo, se inician con la Rendición de Cuentas que el Alcalde, o la persona que él designe, pondrá en conocimiento ante los Agentes Participantes, sobre el Presupuesto Participativo del año anterior. La elaboración de los documentos para la Rendición de Cuentas de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo del año anterior está a cargo de la Gerencia de Planeamiento Estratégico, para lo cual la Gerencia de Desarrollo Urbano deberá remitirle toda la información requerida para tal fi n, referente a los proyectos del año anterior, ejecutados, y los que se hayan culminado posteriormente, así como la situación de los proyectos en proceso de ejecución. El Titular del Pliego, a través de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y la Gerencia de Informática, pondrá a disposición de la comunidad en general, la información respecto a la Rendición de Cuentas, mediante el portal institucional de la Municipalidad, revistas u otros medios disponibles. CAPÍTULO III CRONOGRAMA Artículo 21º.- Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo La secuencia de acciones para el desarrollo del Presupuesto Participativo se aprobará anualmente, y puede tener como referencia el cronograma que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público en los respectivos años fi scales, pudiendo modi fi carse de acuerdo a la programación que se haga en el distrito, enmarcado dentro de la programación de actividades de la gestión municipal.