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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (08/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346679 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en distritos del departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 025-2007-EM Lima, 7 de junio de 2007VISTO: El Expediente N ° 14138305, sobre otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, inscrita en laPartida Electrónica N° 11001297 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral No. XII - Sede Arequipa, Región Arequipa; CONSIDERANDO:Que, la solicitud de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 138 kV SE Majes – SE Camaná, ubicada en el distrito de San Juan de Siguas, en la provincia de Arequipa, distrito de Majes, en la provincia de Caylloma y en el distrito de Samuel Pastor, en la provincia de Camaná, departamento de Arequipa, cuyascoordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 082-2004- EM-DGAA, de fecha 5 de julio de 2004, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión de 138 kV SE Majes - SE Camaná; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 321-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a favor de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.-SEAL, concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV SE Majes – SE Camaná, ubicada en el distrito de Majes, en la provincia de Caylloma y en el distrito de Samuel Pastor, en la provincia de Camaná, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presenteResolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3° de la presente Resolución. Artículo 2°.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea eléctricaTensión (kV)N° de ternasLongitud (km)Ancho de faja de servidumbre (m) SE Majes – SE Camaná138 01 63,83 20 Artículo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 295- 2006 a suscribirse con Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.-SEAL, el que consta de 18 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión N° 295-2006, referido en el artículo 3° de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 70463-7 Aprueban regularización de la ampliación de zonas de concesión de distribución de energía eléctrica solicitada por Electrocentro S.A. y Addendum al contrato de concesión RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2007-EM Lima, 7 de junio de 2007VISTO: El Expediente Nº 15007093, sobre regularización de ampliación de concesión de fi nitiva de distribución de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, organizado por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., persona jurídica inscrita en el Asiento 1, Fojas 194, del Tomo 26 del Registro de Sociedades Mercantiles del Departamento de Junín; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-95-EM, publicada el 24 de febrero de 1995, se otorgó a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., concesión de fi nitiva para desarrollar las actividades de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Contrato de Concesión Nº 042-95, elevado a Escritura Pública el 6 de mayo de 1995; Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 041-2000-EM, publicada el 2 de mayo de 2000, se aprobó la regularización de la ampliación de la concesión, suscribiéndose el Addendum Nº 1 al citado Contrato de Concesión, elevado a Escritura Pública el 22 de junio de 2000; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 30º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 61º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, el concesionario ha solicitado la regularización de la ampliación realizada a sus zonas de concesión, cumpliendo con el procedimiento y los requisitos establecidos en las citadas normas, lo que ha dado lugar a la opinión contenida en el Informe Nº 077-2007-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en los literales e) y g) del artículo 61º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la regularización de la ampliación de las zonas de concesión de distribución