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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346682 Defensoría del Policía efectuado al lng. Omar Germán VALDEZ ORTIZ. Artículo 2°.- Encargar las funciones de la Defensoría del Policía a la Abogada Giselle Emperatriz CANALES BECERRA, en adición a sus funciones de Secretaria Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, en tanto se designa al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 70188-2 Crean el “Registro de Observadores Policiales en Misiones de Paz de Naciones Unidas e Instructores Policiales en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos aplicados a la Función Policial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0394-2007-IN/0103 Lima, 7 de junio del 2007 CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú señala en su Art. 44º que es deber del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, y en su Cuarta Disposición Final y Transitoria que las disposiciones relativas a los derechos fundamentales se interpretan de conformidad con los Tratados Internacionales de los que el Perú es parte; Que, la Ley Nº 27741 establece la obligatoriedad de la difusión y enseñanza sistematizada y permanente de la Constitución Política, del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, en todos los niveles del sistema educativo civil o militar, educación superior, universitaria y no universitaria; abarcando la plena vigencia y el estricto cumplimiento de los Pactos y Convenios Internacionales, así como la protección de los derechos fundamentales en el ámbito nacional e internacional; Que, el Perú es Alta Parte Contratante de los Convenios de Ginebra, sus Protocolos Adicionales, la Convención de la Haya, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros instrumentos sobre derecho internacional humanitario y derecho internacional de los derechos humanos, respectivamente; Que, el Art. 2° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, señala que sus Objetivos Institucionales son, entre otros, mantener el orden interno y orden público, contribuir a la defensa y estabilización del régimen democrático en el marco de la Ley y respeto de los derechos humanos, y garantizar el cumplimiento del orden jurídico; Que, el Art. 14° del Texto Único Ordenado de la Ley del Ministerio del Interior aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, establece que la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior, órgano dependiente del Viceministro, es responsable de establecer las políticas sobre derechos humanos, y mantener vinculación con los organismos públicos y privados ligados con el ámbito de su competencia; Que, el Sector Interior integra la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario, creada con Resolución Suprema Nº 234-2001-JUS; Que, es necesario establecer una política de monitoreo y mejora continua, basada en el status profesional del personal PNP que ha sido capacitado y especializado en el Cuerpo Nacional de Policía del Reino de España, en el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o en la Dirección de Educación y Doctrina Policial, en ambos casos con el auspicio del Comité Internacional de la Cruz Roja y otros organismos de reconocido prestigio nacional e Internacional; Lo propuesto por el señor Viceministro del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º .-Crear el “Registro de Observadores Policiales en Misiones de Paz de Naciones Unidas e Instructores Policiales en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos aplicados a la Función Policial”, a cargo de la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. Artículo 2°.- El Registro creado a mérito de lo dispuesto en el Art. 1º de la presente Resolución, tendrá la siguiente estructura: - “Observadores Policiales para Misiones de Paz de las Naciones Unidas”, acreditados por el Cuerpo Nacional de Policía de España. - “Instructores Policiales en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos aplicados a la Función Policial”, acreditados por la Dirección de Educación y Doctrina Policial. - “Instructores en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, acreditados por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. - “Instructores Policiales en Derechos Humanos aplicados a la Función Policial”, acreditados por la Dirección de Educación y Doctrina Policial. Artículo 3°.- Mediante Resolución del Viceministro del Interior se aprobarán las normas que sean necesarias para optimizar su funcionamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 70188-3 Designan representante del Ministerio ante la Comisión para la Dinamización de Inversiones Públicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0395-2007-IN Lima, 7 de junio del 2007CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 024-2007-PCM, del 16 de marzo del año en curso, se creó la Comisión para la Dinamización de Inversiones Públicas, destinada a asegurar una mejor y mayor coordinación entre los diferentes sectores y niveles de gobierno, así como un seguimiento estricto de la ejecución de las medidas que se están implementando como consecuencia de la aplicación de la Ley Nº 28880 y del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, así como sus respectivas normas complementarias y modi fi catorias, y de toda inversión pública con fi nes de lucha contra la pobreza y desarrollo social; Que, la referida Comisión ha sido creada al ser necesario garantizar que todas las acciones y procedimientos que se efectúen guarden estándares máximos de e fi ciencia, economía y sobre todo de transparencia a fi n de que los recursos asignados sean destinados al bene fi cio del país, especialmente de los sectores en situación de pobreza; Que, el Decreto Supremo señalado, establece que dicha Comisión estará integrada por un representante del Presidente de la República, quien lo presidirá, y por un representante de cada Ministerio, que será un Viceministro; Que, teniendo en consideración lo antes señalado, resulta necesaria la designación del representante del Ministerio del Interior ante la mencionada Comisión; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley