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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346693 la circunscripción del Consulado General del Perú en Quito, República del Ecuador, a cargo del Consejero en el Servicio Diplomático de la República, señor José Luis Vicente Torres Seguín como Cónsul General, comprendiéndose a las Provincias de Bolívar, Carchi, Cotopaxi, Esmeralda, Imbabura, Napo, Pastaza, Sucumbios, Orellana, Pichincha y Tungurahua. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-14 Autorizan a la SUNAT, CONCYTEC, INABEC, Contraloría General de la República y CONASEV efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 161-2007-RE Lima, 7 de junio de 2007VISTO: El Oficio Nº 041-2007-SUNAT/1A0000 de 2 de febrero de 2007, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al período comprendido entre el 1 de julio del año 2007 y el 30 de junio del año 2008, al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) y a la Organización Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), a efectuar el pago de las cuotas correspondientes al período comprendido entre el 1 de julio del año 2007 y el 30 de junio del año 2008, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) US$ 40,063.00 Organización Mundial de Aduanas (OMA) EUR 20,153.59 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-15 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 162-2007-RE Lima, 7 de junio de 2007 VISTO: El O fi cio Nº 075-2007-CONCYTEC-P, de fecha 9 de abril de 2007, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2007, al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2007 al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB), con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), a efectuar el pago de US$ 11,000.00 (ONCE MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB), correspondiente al pago de la cuota del año 2007. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 163-2007-RE Lima, 7 de junio de 2007 VISTO: El O fi cio Nº 0327-JI-INABEC/2007, de fecha 26 de marzo de 2007, del Instituto Nacional de Becas y Crédito