Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2007 (08/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de junio de 2007

Educativo (INABEC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota del ano 2007, a la Asociacion Panamericana de Instituciones de Credito Educativo (APICE); CONSIDERANDO: Que el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2007 a la Asociacion Panamericana de Instituciones de Credito Educativo (APICE), con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo (INABEC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo (INABEC), a efectuar el pago de US$ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) a la Asociacion Panamericana de Instituciones de Credito Educativo (APICE), correspondiente al pago de la cuota del ano 2007. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo (INABEC). Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-17 RESOLUCION SUPREMA Nº 164-2007-RE MORDAZA, 7 de junio de 2007 VISTO: El Oficio Nº 109-2006-CG/FI de 7 de marzo de 2007, del Gerente de Finanzas de la Contraloria General de la Republica, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de cuotas a la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS); CONSIDERANDO: Que el articulo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto de la Contraloria General de la Republica; Estando a lo acordado;

Articulo 1º.- Autorizar a la Contraloria General de la Republica a efectuar el pago de US$ 8,000.00 (OCHO MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) a la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) de acuerdo con el siguiente detalle: ORGANIZACION LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES (OLACEFS) Saldo de la cuota del ano 2007 US$ 8,000.00

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto de la Contraloria General de la Republica. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-18 RESOLUCION SUPREMA N° 165-2007-RE MORDAZA, 7 de junio de 2007 VISTO: El Oficio N° 754-2007-EF/94.11 de fecha 20 de febrero de 2007, de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al ano 2007, a la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO); CONSIDERANDO: Que el articulo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2007 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar a la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV), a efectuar el pago de EUR 10,100.00 (DIEZ MIL CIEN Y 00/100 EUROS) a la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (OICVIOSCO), correspondiente al pago de la cuota del ano 2007. Articulo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 70463-19

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