TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de junio de 2007 347332 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican Anexo N° 1 del Reglamento de la Ley N° 28405 aprobado mediante D.S. N° 020-2005-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2007-EF/15 Lima, 15 de junio de 2007 CONSIDERANDO:Que, el Artículo 1° de la Ley Nº 28405 estableció de manera obligatoria el rotulado para todos los productos industriales manufacturados de uso o consumo fi nal, que sean comercializados en el territorio nacional; Que, en el Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 020- 2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley Nº 28405, se aprobó la lista de productos respecto a los cuales se exigiría el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 3° de la Ley Nº 28405; Que, en el artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 28405 se estableció que el Anexo Nº 1 podía ser objeto de modi fi cación por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de la Producción; Que se ha visto por conveniente modi fi car el Anexo Nº 1 del Reglamento de la Ley Nº 28405 con la fi nalidad de excluir algunos productos e incluir otros; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28405, el Decreto Supremo Nº 020-2005-PRODUCE y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclusión de productos Exclúyase de la lista de productos consignados en el Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 020-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley Nº 28405, los siguientes productos: Partida Arancelaria Descripción 4901.10.00.00Libros, folletos e impresos similares, en hojas sueltas, incluido plegadas 4901.99.00.00Demás libros, folletos e impresos similares, excepto en hojas sueltas 4903.00.00.00Álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear para niños 4908.90.90.00 Demás calcomanías 4910.00.00.00Calendarios de cualquier clase impresos, incluidos los tacos de calendarios 4911.91.00.00 Estampas grabados y fotografías Artículo 2º.- Inclusión de productos Inclúyase en la lista de productos consignados en el Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 020-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley Nº 28405, el siguiente producto: Partida Arancelaria Descripción 8424.10.00.00 Extintores, incluso cargados Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 74079-1 JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°193-2007-JUS Mediante Ofi cio N° 1303-2007-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, publicada en la edición del 14 de junio de 2007. En el Primer Considerando DICE Que, el inciso 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú establece que es atribución del Presidente de la República ejercer el derecho de gracia y conceder indultos y conmutar penas a procesados que hayan excedido el doble del plazo previsto para la etapa instructoria del proceso penal, más el plazo ampliatorio. DEBE DECIR Que, el inciso 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú establece que es atribución del Presidente de la República conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en bene fi cio de los procesados en los casos en que la etapa de la instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria. 74082-1 RELACIONES EXTERIORES Oficializan “V Congreso Internacional de Medio Ambiente en Minería y Metalurgia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0612/RE Lima, 2 de junio de 2007 VISTO: El Ofi cio Nº 0164-2007-MEM/DM, mediante el cual el Ministro de Energía y Minas, solicita la o fi cialización del evento “V Congreso Internacional de Medio Ambiente en Minería y Metalurgia”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 18 al 21 de julio de 2007. CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede del evento “V Congreso Internacional de Medio Ambiente en Minería y Metalurgia”, que se llevará a cabo del 18 al 21 de julio de 2007, el cual viene siendo organizado por el Capítulo de Ingeniería Metalúrgica del Consejo Departamental de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, promover la atención sobre el lado positivo de la industria minera, especialmente en el sector metalúrgico, y la manera de operar en armonía con el medio ambiente, proveer de una atmósfera de seguridad y lograr acuerdos en todos los aspectos de la responsabilidad social; así como actualizar e intercambiar oportunamente el conocimiento científi co y tecnológico entre los profesionales ligados al quehacer minero, especialmente en el área del medio ambiente, la seguridad minera y la responsabilidad social; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el evento “V Congreso Internacional de Medio Ambiente en Minería y Metalurgia”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 18 al 21 de julio de 2007. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 73079-1