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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (17/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de junio de 2007 347346 pendientes de los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006; y, propone un procedimiento simpli fi cado; Que, con Resolución Secretarial Nº 002-2007-PCM, se ha aprobado la Directiva que establece Normas para la Transferencia a los Gobiernos Regionales, las Funciones Sectoriales incluidos en los Planes Anuales de Transferencia, a ejecutarse en el año 2007; Que, la mencionada directiva establece como procedimiento el Compromiso de Cumplimiento de los Requisitos Generales establecidos en el artículo 7º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación; De conformidad con las disposiciones vigentes y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR la voluntad de compromiso de cumplimiento de los requisitos generales, elaborando o actualizando y modi fi cando lo establecido, respecto al artículo 7º de la Ley del Sistema de Acreditación: a) Presentación del Plan de Desarrollo Regional Concertado a que se re fi ere el inciso b) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobado conforme a Ley. b) Presentación del Programa de Desarrollo Institucional a que se re fi ere el inciso q) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incluidos los planes sectoriales respectivos, aprobado conforme a ley. c) Presentación del Plan Anual y Presupuesto Participativo a que se re fi ere el inciso c) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, correspondiente al año fi scal en el que se solicita la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual, aprobado conforme a ley. d) Presentación del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión cuya elaboración y aprobación, en el marco del inciso s) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, debe tener correspondencia con las funciones sectoriales materia de transferencia. e) Presentación de las Actas de Instalación y Sesiones de los Consejos de Coordinación Regional, en las que se emita opinión consultiva con arreglo al artículo 11-B de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. f) Para la sustentación documentada del cumplimiento de las normas de Responsabilidad y Transparencia Fiscal a que se refi ere el artículo 90-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Principio de Responsabilidad Fiscal, establecido por el artículo 5º de la Ley de Bases y desarrolladas en la Ley Nº 27245, modi fi cada por la Ley Nº 27958, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal; y, en el Decreto Supremo Nº 955, Descentralización Fiscal; se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución Presidencial Nº 065-CND-P-2005, por el cual “Aprueban requisitos especí fi cos e indicadores de cumplimiento y procedimientos de veri fi cación de los requisitos generales y especí fi cos relativos al proceso de acreditación del año 2005”. g) Presentación del Plan de Participación Ciudadana como instrumento de la política a que se re fi ere el inciso p) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobado conforme a ley. h) Sustentación documentada de la Conformación de la Agencia de Promoción de Inversiones a que se refiere el numeral 3) del artículo 7º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, reglamentado por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM. En los casos de no haberse conformado Agencias de Promoción de Inversiones en razón de su inaplicabilidad, los Gobiernos Regionales cumplirán con presentar la sustentación documentada de la creación de la Agencia de Fomento de la Inversión Privada a que se refiere el artículo 8º de la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, reglamentado por el Capítulo IV, Título II del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM. i) Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales, aprobados por los respectivos Consejos Regionales, Cuadros de Asignación de Personal, Presupuesto Analítico de Personal, Reglamento y Manuales de Organización y Funciones, desarrollados de acuerdo a las funciones solicitadas y aprobados conforme a ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Madre de Dios, realizar las acciones correspondientes, a fi n de prever el cumplimiento cabal de compromiso asumido a través de lo dispuesto mediante el presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los doce días del mes de junio del dos mil siete. SANTOS KAWAY KOMORIPresidente Regional 73863-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Fijan montos de remuneración y compensación mensual del Presidente y Vicepresidente Regional y de dietas de los Consejeros Regionales ACUERDO Nº 004-2007-GRU/CR Pucallpa, 8 de enero del 2007 POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha el 8 de enero del 2007, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en el Inc. k) del Art. 7º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó la siguiente Moción: ACUERDA: Primero.- FIJAR en la suma de S/. 14,300.00 Nuevos Soles y S/. 7,500.00 Nuevos Soles, respectivamente, la remuneración y compensación mensual, por todo concepto, que deberán percibir el Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de Ucayali, por los meses de enero a diciembre del 2007, comprometiéndole a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas, aumentar la remuneración del Vicepresidente Regional, en la suma de S/. 12,500.00 Nuevos Soles. Segundo.- FIJAR en la suma de S/. 4,290.00 Nuevos Soles mensuales, el importe por concepto de dietas a percibir por los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ucayali. Tercero.- La Gerencia de Administración queda encargada de velar por el cumplimiento del presente acuerdo, bajo responsabilidad. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Quinto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.JORGE VELASQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 73536-1