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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (17/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de junio de 2007 347335 e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, el Perú y los Estados Unidos de América negociaron el Acuerdo de Promoción Comercial desde mayo de 2004 hasta diciembre de 2005; Que, el 12 de abril de 2006 el Perú y los Estados Unidos de América suscribieron el Acuerdo de Promoción Comercial, que fue aprobado por el Congreso del Perú el 28 de junio de 2006 y cuya aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América se encuentra pendiente; Que, el Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América será un instrumento altamente positivo para los intereses del Perú, así como conveniente y necesario para impulsar un adecuado proceso de crecimiento comercial y económico; Que, es conveniente para el interés nacional la continuación de una activa participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en las gestiones orientadas a apoyar y promover la aprobación del citado Acuerdo de Promoción Comercial por parte de las autoridades de los Estados Unidos de América, con miras a su pronta puesta en vigencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 634-2007- RE, de 8 de junio de 2007, se autorizó el viaje de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora de Negociaciones de los Tratados de Libre Comercio de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 al 14 de junio de 2007, para que realice gestiones ante las autoridades de ese país, relacionadas con la aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América, del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú; Que, se han previsto como nuevas fechas para realizar dichas gestiones, los días comprendidos entre el 18 y el 21 de junio de 2007, por lo que es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 634-2007-RE; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº 0356/2007, de 13 de junio de 2007, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 634-2007-RE, de 8 de junio de 2007. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora de Negociaciones de los Tratados de Libre Comercio de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 al 21 de junio de 2007, para que realice gestiones ante las autoridades de ese país relacionadas con la aprobación, por parte del Congreso de los Estados Unidos de América, del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 - Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la misma, de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Silvia Elena Alfaro Espinosa1,643.12 220.00 4+1 1,100.00 30.25 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas gestiones, la citada funcionaria diplomática deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de DefensaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 74080-1 SALUD Aprueban Plan Nacional de Lucha contra la Ceguera por Catarata 2007 - 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 492-2007/MINSA Lima, 14 de junio de 2007 Visto el Expediente Nº 07-015255-001 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral IV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, existe un número signi fi cativo de personas que padecen de ceguera por catarata, población que se encuentra en los sectores más pobres del país, cuya enfermedad les disminuye ostensiblemente la calidad de vida. Se estima que en la actualidad 80,000 personas de escasos recursos sufren ceguera por catarata, cuya cifra se duplicaría para el año 2020, de no mediar acciones conducentes a disminuir; Que, con Resolución Ministerial Nº 1117-2006/MINSA, se constituyó la Comisión de Trabajo encargada de elaborar propuesta del Plan de Atención de Salud, dirigida a combatir la ceguera por catarata de la población a nivel nacional; Que, con ofi cio Nº 002-2007-COMISION-DVM/MINSA, la mencionada Comisión de Trabajo, hace llegar la propuesta de “Plan Nacional de Lucha contra la Ceguera por Catarata 2007 – 2010”; Con el visado del Viceministro de Salud, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Salud de las Personas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad a lo establecido en el artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Nacional de lucha contra la Ceguera por Catarata 2007-2010, la misma que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Oftalmología, la procuración de disponibilidad presupuestal para la ejecución y sostenibilidad del presente Plan Nacional.