Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2007 (17/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347343

Visto el expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 07950-SG-07 del Despacho Rectoral, sobre viaje al exterior en comision de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que mediante Carta s/n de fecha 18 de MORDAZA de 2007, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, ha sido invitado para participar en el II ENCUENTRO INTERNACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR "La Universidad Latinoamericana en el Siglo XXI: Internacionalizacion, Innovacion y Responsabilidad Social", a realizarse del 18 al 22 de junio de 2007, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil (Universidade do MORDAZA do Paraiba UNIVAP); Que la participacion en dicho evento beneficiara en lo academico y cientifico a nuestra Universidad, lo que redundara a favor de la imagen de nuestro MORDAZA, y contribuira a su promocion economica; Que es necesario otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 252.11 dolares americanos por concepto de Pasajes, US$ 30.25 dolares americanos por concepto de Tarifa CORPAC y US$ 1,000.00 dolares americanos por concepto de viaticos; y US$ 150.00 dolares americanos por concepto de subvencion social; con cargo a los recursos directamente recaudados por la administracion central; Que mediante Oficio Nº 02104-OGPL-2007, la Oficina General de Planificacion emite opinion favorable; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades universitarias, es necesario encargar el Despacho Rectoral al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrector Academico, por el periodo que dure la ausencia del titular; Que el Consejo Universitario en su sesion del 15 de junio de 2007, autoriza al senor Rector a viajar en comision de servicios con la finalidad MORDAZA descrita, los dias 18 al 22 de junio de 2007; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el articulo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003, modificada con Resolucion Rectoral Nº 00235-R-06 del 25 de enero de 2006; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; y, SE RESUELVE: 1º Autorizar el viaje en COMISION DE SERVICIOS del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 035238, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, para participar en el II ENCUENTRO INTERNACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR "La Universidad Latinoamericana en el Siglo XXI: Internacionalizacion, Innovacion y Responsabilidad Social", a realizarse del 18 al 22 de junio de 2007, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil (Universidade do MORDAZA do Paraiba UNIVAP), por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Administracion Central, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Pasajes (Ida y vuelta) Viaticos Tarifa CORPAC Subvencion Social US$ 252.11 US$ 1,000.00 US$ 30.25 US$ 150.00 dolares americanos dolares americanos dolares americanos dolares americanos

Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 73835-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Institucionalizan el Sistema Regional de Defensa Civil de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2007-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 2 de junio del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 2 de junio del 2007, aprobo por UNANIMIDAD la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 61º, inciso a) establece que son funciones del Gobierno Regional, el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de defensa civil, en concordancia con la Politica General del Gobierno y los planes sectoriales; y en el inciso b) se encarga dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil; Que, mediante el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 442, 735 y 905, surgio el Sistema de Defensa Civil, considerado como el conjunto de politicas, normas y acciones destinadas a prevenir solucionar, proporcionar ayuda y asegurar la MORDAZA proteccion a la poblacion contra las consecuencias de desastres naturales y la accion de MORDAZA e ingenios de destruccion que la pudiesen afectar; Que, si bien la estructura establecida en dicho Decreto Ley, fija una linea de accion MORDAZA y sostenida frente a la incertidumbre de las catastrofes naturales, asi como las que son producto de conflictos armados y establece una estructura a traves de un comite nacional, comites regionales, departamentales, provinciales y distritales; es necesario ubicar la existencia juridica de estas normas en el MORDAZA espacio politico que significa el MORDAZA de descentralizacion y es potestad concedida por ley de los Gobierno Regional, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la politica general del Gobierno; Que, al disponer la estructura de los Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27867, aunque no contempla taxativamente una Gerencia Especializada en Defensa Civil, a traves de la Ley Nº 27902, modificatoria de la Ley Organiza de Gobiernos Regionales, dispone en su Articulo 3º, la incorporacion de funciones especificas sectoriales y concede las pertinentes a la defensa civil a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, como el despacho para cumplir con las funciones dispuestas por el Articulo 61º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como organismo del Gobierno Central ha emitido la Directiva Nº 022-2005-INDECI, conteniendo dichos Lineamientos y Normas, la misma que debidamente analizada, adecuada y concordada y ubicada precisa ser aprobada mediante Ordenanza Regional. Por lo que, estando a lo dispuesto

3º Encargar el Despacho Rectoral al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 05271A, Vicerrector Academico, por el periodo que dure la ausencia del titular. 4º Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar a la Secretaria General, al Vicerrectorado Academico y a la Direccion General de Administracion, a traves de sus Oficinas Generales de Economia y de

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