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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (17/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de junio de 2007 347337 Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos de la Dirección de Salud III Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 499-2007/MINSA Lima, 15 de junio de 2007 Visto el Ofi cio Nº 1202-2007-DG-DISA-III-L; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 1174-2003-SA/DM del 14 de noviembre de 2003, se designó a la médico cirujano Emma Mercedes Obeso Ledesma, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Red de Salud Cañete – Yauyos de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA, del 9 de setiembre de 2005, se incorporó a la jurisdicción de la Dirección de Salud III Lima Norte (hoy Dirección de Salud III Lima) la Dirección de Red de Salud Cañete – Yauyos y su órgano desconcentrado; Que, por convenir al servicio resulta pertinente aceptar la renuncia presentada por la citada funcionaria y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; inciso ii) del numeral 2. del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la médico cirujano Emma Mercedes OBESO LEDESMA, al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos de la Dirección de Salud III Lima, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al médico cirujano Marco Antonio MONTOYA CIEZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos de la Dirección de Salud III Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 74078-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a Airperú International S.A.C. para prestar servicio de transporte aéreo regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 124-2007-MTC/12 Lima, 6 de junio del 2007 Vista la solicitud de la empresa AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro N° 2007- 013672 del 2 de mayo del 2007, la empresa AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memoranda Nº 497- 2007-MTC/12.AL y Nº 525-2007-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 2047-2007-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simpli fi cación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial – Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, sujeto a las siguientes características: El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar operaciones aéreas la empresa AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económica- fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial – Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Boeing 737-200 RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima / Cusco / Lima, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Arequipa / Lima, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Tacna / Lima, y sus intermedios, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Pucallpa / Lima, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Iquitos / Lima, y sus intermedios, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Talara / Lima, y sus intermedios, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Tumbes / Lima, y sus intermedios, mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima / Piura / Lima, y sus intermedios, mínimo una (1) frecuencia semanal