Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2007 (20/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2007

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 018-2007 DICTAN MEDIDAS URGENTES A FAVOR DE DIVERSOS DEPARTAMENTOS AFECTADOS POR DESASTRE DE ORIGEN NATURAL, HELADAS Y LA INMINENCIA DEL FENOMENO DE FRIAJE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de las bajas temperaturas que vienen afectando gravemente a las zonas alto andinas del MORDAZA, mediante Decreto Supremo Nº 0522007-PCM se ha declarado en estado de emergencia 539 distritos, 69 provincias de los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, y Pasco, por el plazo de sesenta (60) dias; Que, asimismo, conforme al articulo 8° del Decreto Ley Nº 19338 "Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil", los sectores participan en las acciones de Defensa Civil ejecutando obras de prevencion, Obras por Peligro de Desastre Inminente, Acciones y Obras de Emergencia y Rehabilitacion; asi como ejecutando obras y acciones en la etapa de reconstruccion, de acuerdo al ambito de su competencia; Que, en consecuencia, resulta prioritario disponer que los Pliegos Presupuestarios realicen las acciones inmediatas dentro de sus competencias, destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes, asi como la rehabilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios para atender las emergencias producidas en los departamentos senalados en el primer considerando; Que, las medidas MORDAZA senaladas constituyen acciones de caracter economico y financiero, y deben dictarse en forma urgente, con el objeto de poder afrontar las heladas y el fenomeno conocido como friaje, en las diversas zonas afectadas del MORDAZA, orientadas a salvaguardar a la ciudadania, especialmente la que ha resultado damnificada por los embates naturales generados por los citados eventos climatologicos, siendo necesario establecer medidas de interes nacional en forma extraordinaria; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase a los Pliegos Presupuestarios a realizar las modificaciones presupuestarias que MORDAZA necesarias, con el objeto de realizar las acciones que permitan afrontar las bajas temperaturas, heladas y la inminencia del fenomeno conocido como friaje, que se vienen registrando en los departamentos MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, y Pasco, conforme al procedimiento siguiente: a) Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, a fin de obtener saldos disponibles, en funcion a la proyeccion al cierre del ano fiscal 2007, que permitan las adquisiciones de bienes, servicios y ejecucion de proyectos para destinarlos a las zonas afectadas. b) Modificaciones en el nivel Institucional que autorice el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. c) Los Pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales transfieren financieramente los recursos en el MORDAZA del articulo 75°, numeral 75.2 de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Articulo 2º.- Exoneracion Exceptuese a los Pliegos involucrados en el presente Decreto de Urgencia de las normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado con el objeto de realizar las acciones que permitan afrontar las bajas temperaturas, heladas y la inminencia del fenomeno conocido como friaje en los departamentos senalados en el articulo 1° de la presente norma. Las contrataciones y adquisiciones realizadas al MORDAZA de la presente MORDAZA deben ser puestas en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles de haber otorgado el consentimiento de la Buena Pro. Articulo 3º.- Medidas Complementarias El Ministerio de Economia y Finanzas queda autorizado, por Resolucion Ministerial a dictar, de ser necesario, disposiciones que resulten pertinentes para la adecuada aplicacion del presente Decreto de Urgencia. Articulo 4º.- Disposicion derogatoria o de suspension Deroguense o dejense en suspenso, segun sea el caso, toda disposicion legal o reglamentaria que se oponga al presente Decreto de Urgencia o limite su aplicacion. Articulo 5º .- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 75361-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran Estado de Emergencia por bajas temperaturas en los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Pasco
DECRETO SUPREMO Nº 052-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las zonas alto andinas de los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Pasco vienen siendo gravemente afectadas por bajas temperaturas; Que, el calentamiento global esta originando la ocurrencia de eventos extremos que en la situacion descrita produce picos de temperaturas mas bajos de lo normal, produciendo danos materiales, destruccion y perdidas de vidas humanas, afectando directamente a la poblacion humana asentada en las zonas alto andinas, asi como a su actividad pecuaria que constituye su unico sustento; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a los sectores

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