Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2007 (20/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2007

hasta 06 meses, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA. Articulo 43º.- La actividad de promocion, degustacion y marketing a desarrollarse en la via publica, podra ser de hasta 30 dias continuos y seran autorizados de acuerdo a lo establecido en el TUPA. Articulo 44º.- Se podra otorgar autorizacion a toda persona juridica sin fines de lucro, que agremie a microempresarios, artesanos, clubes de madres u organizaciones similares, y que tengan como objetivo la autogeneracion de empleo y/o la promocion del arte, la cultura; y que se encuentren acreditados por algun organismo oficial como el INC, algun Ministerio, Oinstituciones afines. TITULO V DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 45º.- El ejercicio del comercio en la via publica sin la correspondiente autorizacion municipal, MORDAZA lugar al decomiso e internamiento de la mercaderia y del modulo de venta en el deposito municipal; a hacerse efectivo por la Policia Local del Distrito. Articulo 46º.- Se consideran infracciones todas aquellas acciones u omisiones que se realicen por parte de los vendedores ambulantes en los que transgredan los dispositivos municipales, asi como las disposiciones del presente Reglamento. Articulo 47º.- La falta de pago de los derechos en dos periodos consecutivos o no consecutivos, o ausencias injustificadas continuas o no en el periodo de un ano, asi como la reincidencia en cinco faltas continuas o incontinuas tipificadas en el RAS vigente O en el presente reglamento implica la perdida automatica de la autorizacion municipal, concedida para el uso de la via publica. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para todo aquello que no se encuentre establecido en el presente Reglamento, sera de aplicacion de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades y el Codigo Sanitario. Segunda.- Queda encargada del cumplimiento del presente Reglamento, la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercializacion, Gerencia de Policia Local, Subgerencia de Policia Administrativa, Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Oficina de Defensa Civil. Tercera.- La Gerencia de Desarrollo Economico y Social expedira la certificacion de espacio publico para la actividad comercial en el procedimiento correspondiente. Cuarto.- Partiendo del concepto de que el comercio ambulatorio es la actividad economica que se desarrolla en areas de la via publica, debe entenderse que tiene caracter TEMPORAL. Quinto.- Deroguese las normas que se opongan al cumplimiento del presente Reglamento. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 75068-1

El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en la Sesion Extraordinaria de fecha 11 de junio de 2007, el Dictamen Nº 015-2007-CPPPAL/MDLV de la Comision de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, y ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion" en su Articulo 17.1 dispone que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestion Publica; Que, el Articulo 53º la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, prescribe que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus Presupuestos Participativos; Que, mediante la Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo", reglamentada por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales; Que, el "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008" aprobado por Resolucion Directoral Nº 08-2007-EF/76.01, establece disposiciones en MORDAZA con la Disposicion Final MORDAZA del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF "Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo; Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Articulo 7º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Concejos de Coordinacion Local Distrital, son organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, estableciendo en el Articulo 104º las funciones de coordinacion y participacion en la Programacion del Presupuesto Participativo y la Planificacion del Desarrollo Concertado, rigiendose por Reglamento aprobado por Ordenanza Municipal segun lo establece el Articulo 105º de la misma Ley; Que, conforme a lo senalado en el Articulo 9º numeral 14) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que, en este contexto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, para el desarrollo de las acciones del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano 2008; Que el Equipo Tecnico de la Municipalidad de La MORDAZA estara conformado por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto quien lo preside y profesionales de distintas areas de la corporacion que brinden soporte tecnico al MORDAZA del Presupuesto Participativo. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La MORDAZA por unanimidad y con dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Dan por iniciado el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008 y aprueban Reglamento
ORDENANZA Nº 017-07/MDLV La MORDAZA, 11 de junio de 2007

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