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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2007 347535 Sistema Nacional de Control constituyen prueba pre- constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 279- 2000-CG del 29 de diciembre del 2000 se aprueba la Directiva Nº 014-2000-CG/B150 que señala que se deberá informar a la Contraloría en un plazo de quince (15) días útiles de recepcionado el Informe, las acciones dispuestas con precisión de plazos y de los funcionarios responsables de implementar las Recomendaciones formuladas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 021- 2004-ALC/ML del 26 de enero del 2004, se aprueba la Directiva Nº 001-2004-CIR/ML “Normas y Procedimientos para la Implementación de Recomendaciones derivadas de Informes de acciones de Control de la Municipalidad de Lurín”; Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 20º establece que es función del Alcalde implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el cumplimiento de la Implementación de las Recomendaciones dispuestas en el Examen Especial al Programa del Vaso de Leche por el ejercicio terminado al 31 de diciembre del 2006. Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión para la Implementación de estas recomendaciones nombrando como integrantes a los siguientes señores; - Sra. LUCIA TEODOLINDA DUPUY SOLIS, quien la presidirá. Gerente de Administración y Finanzas. - Sr. ROBERT JAIMES JAIMES Gerente de Plani fi cación y Presupuesto - Sr. VALERIANO ELOY RUBIO HIDALGOGerente de Asesoría Jurídica. Artículo Tercero.- Conceder a la Comisión un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, para que cumplan con implementar las recomendaciones dispuestas en el Examen Especial al Programa del Vaso de Leche por el ejercicio terminado al 31 de diciembre del 2006, ajustándose a la Directiva Interna Nº 001-2004-CIR/ML aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 021-2004-ALC/ML. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a las instancias administrativas competentes para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto.- Disponer que la Comisión nombrada en cumplimiento de la Directiva Interna Nº 001-2004-CIR/ML aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 021-2004-ALC/ML cumpla con informar a la Gerencia de Auditoría Interna en forma oportuna el avance y culminación de la implementación de tales medidas, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 74149-1 Designan Procurador Público Muni- cipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 108-2007-ALC/ML Lurín, 1 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN CONSIDERANDO:Que, el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de Procuradores Públicos Municipales; Que, estando a las disposiciones referentes a defensa judicial, se aprecia que en los casos especí fi cos, artículo 9º inciso 23) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es el Concejo Municipal quien autoriza al Procurador Público, iniciar o impulsar procesos judiciales para estos casos; Que, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, de fecha 25 de marzo de 1969, establece en su artículo 1º que la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Públicos, correspondiendo el nombramiento de los Procuradores al señor Alcalde conforme lo dispone el artículo 29º, 2do. párrafo de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, encontrándose vacante el puesto de Procurador Público Municipal y con la fi nalidad de no ver perjudicados los intereses de la Defensa Judicial de la Municipalidad, se hace necesario designar a su titular; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1) y 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; y, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Dr. JORGE VICTOR MALACHE MENDOZA, como Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Lurín, cargo considerado de con fi anza. Artículo Segundo.- Además de las atribuciones y responsabilidades previstas en la Ley N° 27972 – Orgánica de Municipalidades, las funciones y nivel remunerativo del funcionario designado en el artículo precedente, serán los que corresponden a la Procuraduría Pública Municipal, según el organigrama estructural vigente. Artículo Tercero.- El procurador Público Municipal de la Municipalidad de Lurín, tendrá a su cargo la representación y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, no teniendo restricción alguna para ejercer todas las prerrogativas que le correspondan, debiendo ceñirse a la normatividad a la que están sujetos los procuradores Públicos del estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las unidades orgánicas correspondientes, su debido cumplimiento y a la Secretaría General la difusión de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 74148-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Designan funcionarios responsables de entregar información de acceso público y de la elaboración y actualización del portal institucional RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 141-2007-ALC/MM Mirafl ores, 20 de marzo de 2007