Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347851

En uso de las facultades conferidas por el articulo 88º del TUO del Codigo Tributario, el numeral 7.1. del articulo 11º del Reglamento de la Ley del IGV e ISC, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Nueva Version del PDT IGV - Renta Mensual Apruebase el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 - Version 4.6 que estara a disposicion de los deudores tributarios a partir del 27 de junio de 2007 en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion electronica es http:// www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a traves de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, facilitara la obtencion del mencionado PDT a aquellos deudores tributarios que no tuvieran acceso a la Internet, para lo cual deberan proporcionar el(los) disquete(s) de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas que sea(n) necesario(s). Los deudores tributarios deberan utilizar la nueva version del PDT IGV - Renta Mensual a partir del 1 de agosto de 2007 independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones. Con anterioridad a dicha fecha, los deudores tributarios podran optar por usar dicha version o la version 4.5. del aludido PDT. Lo senalado en el parrafo anterior tambien sera de aplicacion a las declaraciones rectificatorias correspondientes a todos los periodos por los cuales exista la obligacion de presentar la declaracion a traves del referido formulario virtual. Articulo 2º.- Modificacion del plazo para la MORDAZA del Formulario para el ingreso de bienes a la Region Sustituyase el texto del primer parrafo del numeral 6.2. del articulo 6º de la Resolucion de Superintendencia Nº 224-2004/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente: "6.2. El comerciante debera presentar el Formulario Virtual Nº 1647 "DECLARACION DE INGRESO DE BIENES A LA REGION SELVA" por lo menos con ocho (8) horas de anticipacion a la fecha de ingreso de los bienes a la Region, a traves de SUNAT Virtual. Para tal efecto, el comerciante debe contar con el codigo de usuario y la clave de acceso a SUNAT Operaciones en Linea."

VISTOS, el informe presentado mediante Oficio Nº 02-2006-SUNARP-GTCC, de fecha 21 de MORDAZA de 2006, por el Grupo de Trabajo conformado mediante Resolucion Nº 091-2006-SUNARP/SN, que contiene la propuesta de acciones de reestructuracion de los Consejos Consultivos constituidos en la SUNARP, el Oficio Circular Nº 006-2006SUNARP-GTCC/SN, de fecha 25 de MORDAZA de 2006 y el Oficio Nº 424-2007/Z.R.NºII/JEF, de fecha 20 de junio de 2007, elevado por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº II ­ Sede Chiclayo; y, CONSIDERANDO: Que, atendiendo a la especializacion de las funciones del Registro, es conveniente la creacion de un Consejo Consultivo para las Zonas Registrales de la SUNARP, en el que esten representadas las entidades publicas y/o privadas mas vinculadas a la actividad registral, con el objeto de coadyuvar a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, en las funciones encomendadas a los Consejos Consultivos debe enfatizarse su caracter de organo que, cumpliendo un rol de intermediacion con la ciudadania, traslade a la administracion sus inquietudes, aportes y criticas, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, en atencion a los principios de transparencia y de rendicion de cuentas, es oportuno establecer un mecanismo periodico que permita difundir y conocer los logros y propuestas de los Consejos Consultivos; Que, mediante Resolucion N° 300-2003-SUNARP/SN, de fecha 19 de junio de 2003, se constituyo el Consejo Consultivo de la Oficina Registral de Cajamarca; Que, mediante Resolucion N° 155-2004-SUNARP/SN, de fecha 12 de MORDAZA de 2004, se dispuso que el Consejo Consultivo de MORDAZA, entre otros, este representado por un funcionario del Gobierno Regional correspondiente; Que, habiendo vencido el plazo del mandato de los integrantes del Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA, el Jefe de la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo, abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 424-2007/Z.R.NºII-JEF, solicita la reactivacion de dicho Consejo Consultivo para lo cual eleva las recomendaciones de los integrantes que conformarian el Consejo Consultivo de la referida Oficina Registral; Estando a lo dispuesto por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 3º y 4º de la Resolucion Nº 300-2003-SUNARP/SN, de fecha 19 de junio de 2003, conforme al siguiente texto: "Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº II ­ Sede Chiclayo, con competencia para la Oficina Registral de MORDAZA, estara integrado por: a) Un representante de la Camara de Comercio y Produccion de Cajamarca. b) Un representante del Colegio de Abogados de Cajamarca. c) Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru. d) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru. e) Un representante del Colegio de Notarios de Cajamarca. f) Un representante de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. g) Un representante del Gobierno Regional de Cajamarca. El mandato de los miembros sera por un ano, computado a partir de la fecha de instalacion del Consejo Consultivo, pudiendo ser renovado por un periodo similar. El Consejo podra invitar a las sesiones al funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo, las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- Vigencia El articulo 1º de la presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion y el articulo 2º desde el 1 de MORDAZA de 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

76940-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Modifican Res. Nº 300-2003-SUNARP/ SN mediante el cual se constituyo el Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 185-2007-SUNARP/SN
MORDAZA, 21 de junio de 2007

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