Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

Articulo Primero.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Mixta de Urubamba, en Primera Fiscalia Provincial Mixta de Urubamba, Distrito Judicial del Cusco. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Espinar; materia de la Resolucion Nº 1910-2003-MP-FN, de fecha 28 de noviembre del 2003. Articulo Tercero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA Villena MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial Penal del Cusco; materia de la Resolucion Nº 1059-2004-MP-FN, de fecha 26 de MORDAZA del 2004. Articulo Cuarto.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Urubamba. Articulo Quinto.- Nombrar al doctor Giovani MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Urubamba. Articulo Sexto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Espinar. Articulo Setimo.- Nombrar al doctor MORDAZA Villena MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal de Wanchaq, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Octavo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal de Wanchaq, a los siguientes doctores: - MORDAZA Castaneda Loayza. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendoza. Articulo Noveno.- Nombrar al doctor MORDAZA Paravicino MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial Penal del Cusco. Articulo Decimo.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal de Espinar. Articulo Decimo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA Olave MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal de Espinar. Articulo Decimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

aprobacion de la Exoneracion Nº 001-2007-UNAC del MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva "Adquisicion de Carnes Universitarios para los Estudiantes de la UNAC". CONSIDERANDO: Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley N° 28927, en su Art. 9º Inc. b) senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Bienes y Suministros, indicando Adjudicacion Directa si el valor referencial es inferior a ciento treinta y cuatro (134) Unidades Impositivas Tributarias ­ UIT, equivalente a S/. 462,300.00 (cuatrocientos sesenta y dos mil trescientos nuevos soles); Que, el Art. 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, establece los tipos de procesos de seleccion, precisando que la Adjudicacion Directa Selectiva se convoca cuando el monto de la adquisicion o contratacion es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, por Resolucion Nº 063-2007-R de fecha 25 de enero de 2007 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, habiendose, considerado en el mismo la Adjudicacion Directa Selectiva para la "Adquisicion de Carnes Universitarios ano 2007 para los Estudiantes de la UNAC" por un valor referencial de S/. 100,000.00 (cien mil nuevos soles); Que, el Inc. e), Art. 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; asimismo, el Art. 144° del citado Reglamento, precisa que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; como es el presente caso; Que, el Art. 20° del Texto Unico Ordenado y los Arts. 146° y 147° del Reglamento de la Ley citada, indican que en el caso de exoneracion de MORDAZA de seleccion, se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y el informe que las sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; adicionalmente deberan publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Tecnico Nº 001-OASA-2007 del 11 de junio de 2007 y solicita la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la "Adquisicion de Carnes Universitarios ano 2007 para los Estudiantes de la UNAC", por el valor referencial total de hasta S/. 100,000.00 (cien mil nuevos soles), incluido IGV; adjuntando el Oficio N° 259-2007-OPLA y el Informe N° 1083-2007-UPEP-OPLA, de la Oficina de Planificacion, a traves de los cuales esta Oficina informa que existe disponibilidad presupuestal para atender los gastos de la referida exoneracion de adquisicion de carnes universitarios, con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central; Estando a lo glosado; al Informe Tecnico Nº 001-OASA-2007 de fecha 11 de junio de 2007 de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares; al Oficio N° 259-2007-OPLA y el Informe N° 1083-2007-UPEP-OPLA, recibidos de la Oficina de Planificacion el 7 de junio de 2007; al Informe Nº 338-2007-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 18 de junio de 2007; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º APROBAR la Exoneracion Nº 001-2007-UNAC del MORDAZA de Seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva para la "Adquisicion de Carnes Universitarios para los Estudiantes de la UNAC".

77146-6

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de carnes universitarios para estudiantes de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 591-07-R
Callao, 21 de junio de 2007 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 559-2007-OASA (Expediente Nº 117279) recibido el 11 de junio de 2007, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita la

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