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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (26/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de junio de 2007 347835 Encargan a PROINVERSIÓN la con- ducción del proceso de licitación para implementar el proyecto “Línea de Transmisión Vizcarra - Huallanca - Cajamarca - Carhuaquero” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2007-MEM/DM Lima, 25 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 143-2007-MEM/ DM, publicada el 31 de marzo de 2007, el proyecto “Línea de Transmisión Vizcarra – Huallanca – Cajamarca – Carhuaquero” fue incluido en el Plan Transitorio de Transmisión para el período 2007 – 2008, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 552-2006-MEM/DM, publicada el 23 de noviembre de 2006; Que, con fecha 17 de mayo de 2007 fue publicado el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM que aprobó el Reglamento de Transmisión, en cuyo artículo 20º se faculta al Ministerio de Energía y Minas para encargar a PROINVERSIÓN, mediante Resolución Ministerial, la conducción del proceso de licitación para la concesión y construcción de instalaciones del Sistema Garantizado de Transmisión hasta la adjudicación de la buena pro, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso b) del numeral 22.2 del artículo 22º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E ficiente de la Generación Eléctrica; Que, de acuerdo con lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de Transmisión, las disposiciones del Título IV del citado Reglamento, referidas a Licitaciones de Sistemas de Transmisión, serán de aplicación a los procesos de licitación que se inician desde la publicación de dicho Reglamento, es decir, desde el 17 de mayo de 2007; De acuerdo con el Informe Nº 037-2007-MEM-DGE elaborado por la Dirección General de Electricidad, y en ejercicio de las funciones contenidas en las normas legales que anteceden y los incisos a), b) y c) del artículo 6° del Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el literal g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 025-2003-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la buena pro, para implementar el proyecto “Línea de Transmisión Vizcarra – Huallanca – Cajamarca – Carhuaquero” incluido en el Plan Transitorio de Transmisión mediante la Resolución Ministerial Nº 143-2007-MEM/DM. Artículo 2°.- La Dirección General de Electricidad proporcionará a PROINVERSIÓN la información que ésta entidad considere pertinente a efectos de ejecutar el encargo a que se re fiere el artículo anterior. PROINVERSIÓN efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección General de Electricidad para el debido cumplimiento de lo establecido en los numerales 21.2 y 21.3 del artículo 21º del Reglamento de Transmisión. Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O ficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 77430-1 RELACIONES EXTERIORES Amplían plazo del proceso de fusión del Instituto Antártico Peruano con el Ministerio de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0678/RE Lima, 19 de junio de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-RE publicado con fecha 20 de abril de 2007, se aprobó la fusión del Instituto Antártico Peruano -INANPE- con el Ministerio de Relaciones Exteriores bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores la calidad de ente incorporante; Que, en el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo, se establece un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la norma citada, para que concluya el proceso de fusión aprobado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del referido Decreto Supremo, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas la elaboración y aprobación del proyecto normativo correspondiente a la transferencia de partidas, que se origina como consecuencia de la aplicación del Decreto que aprueba la fusión; Que, en tal sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra en proceso de preparación y gestión del proyecto de ley de transferencia de partidas correspondiente a la fusión; Que, en tanto se expide la ley señalada, resulta conveniente ampliar el plazo para culminar adecuadamente el proceso de fusión del Instituto Antártico Peruano –INANPE- con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, contenida en el Informe Nº 39-2007-PCM/SGP.GMI de 13 de junio de 2007, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 025-2007-RE; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 26112 -Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores- y el Decreto Supremo Nº 025-2007-RE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar en cuarenta (40) días calendario el plazo establecido en numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 025-2007-RE, de fecha 19 de abril de 2007, para el proceso de fusión del Instituto Antártico Peruano –INANPE con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 77152-2 Autorizan la suscripción de Carta de Compromiso con estudio jurídico para que brinde asesoría legal al Estado Peruano durante etapa de méritos del proceso arbitral iniciado por Aguaytia Energy LLC ante el CIADI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0701/RE Lima, 22 de junio de 2007 CONSIDERANDO Que, por Resoluciones Supremas Nº 137-2007-RE, de fecha 17 de mayo de 2007, y Nº186-2007-RE, de fecha 21 de junio de 2007, se autorizó excepcionalmente, hasta que se implemente la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28933, al Ministerio de Relaciones Exteriores para que a través de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América ejerza la representación del Estado peruano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) en el proceso arbitral iniciado por la empresa Aguaytia Energy LLC; Que, la mencionada Resolución Suprema Nº 137-2007- RE señaló, además, que dicha autorización no afecta las funciones, competencia y labores que corresponden a la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Ministerial Nº 310-2006-PCM, encargada de establecer las políticas de negociación y representación del Estado peruano en el citado proceso arbitral; Comisión que está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas y es presidida por dicho Ministerio e integrada por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia, Energía y Minas, y por Proinversión; Que, asimismo, dicha Resolución Suprema encargó al Embajador del Perú en los Estados Unidos de América la contratación de los servicios legales especializados para la