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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (27/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2007 347883 se establece que se hace patente el interés público que media en la Adquisición del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central, guardando ello observancia con la fi nalidad y naturaleza de la exoneración, así como que en la situación fáctica considerada como el supuesto de hecho de una causal de exoneración a un proceso de selección por no admisibilidad de sustitutos y existencia de proveedor único, se ha observado la base legal aplicable para dar por cumplidos los requisitos así como para gestionar el procedimiento de exoneración de proceso de selección para la “Adquisición del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central”, al haberse sustancialmente evidenciado la presencia de aquellos, y veri fi cado, procedimentalmente, el requerimiento y la necesidad de compra del bien inmueble presentada por la O fi cina General de Servicios y Gestión Ambiental a la Unidad Técnica de Abastecimiento, quién pasó, en un primer momento, a defi nir con precisión la cantidad y las características del bien a adquirir, a fi n de contar con la información para la descripción y especi fi caciones del bien, y para de fi nir los valores referenciales de adquisición, y luego, una vez realizada la modi fi cación del Plan Anual para incluir la exoneración que se trata, en un segundo momento, proceder a elaborar el Informe Técnico correspondiente; Que, en el Informe Legal Nº 130-2007-OGAJ-UNC, se concluye por la procedencia del Procedimiento de Exoneración de Proceso de Selección por no admisibilidad de sustitutos y existencia de proveedor único: adquisición de bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central; Que, por mandato del artículo 20º del D.S. Nº 083- 2004-PCM, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneración se habrá de aprobar mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad, a saber, por Resolución Rectoral, en tanto esta facultad es indelegable, y además deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, así como remitirse copia de ésta y de los Informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión o aprobación, y adicionalmente publicarse a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 33º de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 32º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración de Proceso de Selección por No Admisibilidad de Sustitutos y Existencia de Proveedor Único: Adquisición de bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central, con un área de 10023 metros cuadrados, por el valor de $ 202965.75 (doscientos dos mil novecientos sesenticinco con 75/100) dólares americanos, con cargo a la fuente de fi nanciamiento recursos ordinarios. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Área de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de Cajamarca, la implementación del Procedimiento de Exoneración de Proceso de Selección por No Admisibilidad de Sustitutos y Existencia de Proveedor Único, para la Adquisición del bien inmueble denominado Ajoscancha, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central, con un área de 10023 metros cuadrados. Artículo Tercero.- DISPONER LA REMISIÓN de copias de la presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Técnica de Abastecimiento ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado– CONSUCODE, y que se encargue de su publicación a través del Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Rector ANEXO UBICACIÓN EN COORDENADAS UTM VÉRTICE ESTE NORTE V-1 777258 9207372 V-2 777273 9207286V-3 777275 9207277V-4 777280 9207273V-5 777289 9207273V-6 777294 9207273V-7 777342 9207311V-8 777362 9207331V-9 777365 9207336 V-10 777367 9207342 V-11 777367 9207350 V-12 777332 9207405V-13 777326 9207410V-14 777324 9207417V-15 777324 9207429 76927-1 Autorizan viaje de Rector de la UNMSM para participar en reunión del Consejo Ejecutivo de la Red de Rectores de la Red de Microuniversidades Públicas de América Latina y El Caribe UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03065-R-07 Lima, 6 de junio del 2007 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 06708-SG-07 del Despacho Rectoral, sobre viaje al exterior en comisión de servicios y encargatura; CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos es miembro de la Red de Macrouniversidades Públicas de América Latina y el Caribe; Que mediante Carta s/n de fecha 14 de mayo de 2007, el Coordinador General de la Red de Macrouniversidades Públicas de América Latina y el Caribe invita al Dr. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a participar en la Tercera Reunión del Consejo Ejecutivo de la Red de Rectores de dicho organismo, a realizarse los días 28 y