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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2007 347880 2. TITULACIÓN E INSCRIPCIÓN: de conformidad con la Ficha Registral Partida Nº 02109776, el terreno forma parte de una fi nca rústica de ocho hectáreas; adquirida por los señores Pedro Mendoza Pajares y Nelly Rosa Murrugarra de Mendoza, por compra a sus anteriores propietarios los esposos señores Justiniano Camacho Sánchez y Elvia Rosa Chávez Díaz de Camacho, según consta de la escritura pública de compra venta de fecha 3 de junio de 1983, otorgada ante el Notario de esta ciudad Sr. Juan Villanueva Bazán, encontrándose inscrita en el Tomo 273, fojas 395, Asiento 1, Partida XCVIII del Registro de Propiedad de Cajamarca; 3. LOCALIZACIÓN: el predio denominado Ajoscancha se localiza a la altura del km. 3.5 de la Carretera Cajamarca – Baños del Inca, adyacente a la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca – Sede Central, especí fi camente en el Sector Ajoscancha, Distrito, Provincia y Región de Cajamarca; 4. ÁREA DEL PREDIO: 10023.00 metros cuadrados (1.0023 has.); 5. PERÍMETRO: la línea poligonal que delimita el perímetro del inmueble es de 395.92 metros; 6. UBICACIÓN EN COORDENADAS UTM, que se detallan en el cuadro incluido como Anexo de la presente resolución; 7. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: por el Norte; con propiedad de la Universidad Nacional de Cajamarca, en línea recta con una longitud de 98.95 metros; por el Sur; con propiedad del señor Pedro Mendoza Pajares en 03 tramos, el primero partiendo del vértice del sureste en línea curva con 21.13 metros, luego en línea recta con una longitud de 92.15 metros y, fi nalmente, con otra línea curva hasta la intersección con el lindero suroeste con una longitud de 15.06 metros; por el Este; con propiedad del señor Pedro Mendoza pajares en 02 tramos, el primero partiendo del vértice noreste con una longitud de 27.56 metros y, el segundo, con una línea recta con una longitud de 61.32 metros; por el Oeste; con propiedad del señor Pedro Mendoza Pajares en línea recta con una longitud de 79.75 metros; 8. ZONIFICACIÓN: no incluida en el plano de zoni fi cación municipal; 9. USO ACTUAL: suelo limpio sin cobertura vegetal; 10. INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS URBANOS: Pistas: A fi rmada, que se encuentra en buen estado de conservación y tiene un ancho de 15 metros; Veredas: No tiene; Servicios: Carece de agua potable, alcantarillado, existen cables eléctricos de alta tensión, sin línea telefónica; 11. ÁREA TECHADA: no existe; 12. DESCRIPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN: terreno plano, forma irregular, actualmente el terreno se encuentra limpio sin cobertura vegetal; 13. EDIFICACIÓN: no existe; 14. CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO: alrededor del predio se encuentran áreas de expansión urbana y crecimiento de las instalaciones deportivas y otras de expansión de la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Cajamarca; 15. SERVIDUMBRES Y/O GRAVÁMENES: no existen; 16. OBSERVACIONES ADICIONALES: el predio se encuentra cercado con cerco de concreto y fi erro, conjuntamente con otro terreno de propiedad de la Universidad Nacional de Cajamarca. Pues, se encuentra físicamente formando parte del área matriz del Campus de la Universidad Nacional de Cajamarca, teniendo como único acceso la pista a fi rmada antes descrita; 17. VALOR COMERCIAL: De conformidad con el Consejo nacional de Tasaciones, asciende a la suma de US $ 202965.75 (doscientos dos mil novecientos sesenta y cinco con 75/100 dólares americanos); Que, para justi fi car la necesidad del procedimiento de exoneración, en el Informe Técnico, en segundo lugar, se ha procedido a la determinación de la necesidad, estableciéndose que la adquisición indispensable se sustenta en que: 1. La Universidad Nacional de Cajamarca, en convenio con la Universidad Ricardo Palma, en julio de 1995, elaboraron el Plan Maestro de Distribución General y Vías, aprobado por Resolución Rectoral Nº 31555-95-UNC, del 14 de setiembre de 1995, en el que se incluye la hectárea de terreno cuya compra es materia de justi fi cación y que en su momento fue donada por los señores Pedro Mendoza Pajares y Nelly Rosa Murrugarra de Mendoza. El objetivo principal de la elaboración del referido Plan Maestro era el de dimensionar cualitativamente la ampliación de la planta física de la Universidad Nacional de Cajamarca al año 2010, en función al Plan de Desarrollo de la Universidad Nacional de Cajamarca, tendencias y demandas reales de orden académico, administrativo, de servicios e investigación, producción y prestación de servicios a la comunidad cajamarquina, a nivel local, regional y nacional. En dicho plan Maestro de Distribución General y Vías, el área de terreno cuya compra es materia de justifi cación se encuentra formando parte, especí fi camente, de la Zona 7, ubicada al Este de la Ciudad Universitaria y separada del mismo conjunto actual universitario por la futura vía local que se relaciona con la Carretera al Distrito de Baños del Inca y zonas de urbanización al sur de la Ciudad Universitaria. Esta Zona 7 se consideró como Área de Expansión Oeste de la Ciudad Universitaria y destinada a la ubicación y construcción del, en ese entonces, proyecto Hospital Docente de la Universidad Nacional de Cajamarca y de la Facultad de Ciencias de la Salud, otorgándosele vocación de uso de Área Académico – Administrativa y Servicios de Apoyo Complementario Asistencial a nivel regional y nacional. Y si bien es cierto en la actualidad el proyecto de Hospital Docente de la Universidad Nacional de Cajamarca ya no existe como tal, no es menos cierto que aún subsiste el que corresponde al Área Académica que iba a ir junto al Hospital Docente y que se ubica precisamente en la zona del terreno que es materia de tratamiento en este informe. Luego, teniendo en cuenta además, lo vertido en el Informe Nº 62-2007-CISO/OGP-UNC, emitido por la Ofi cina General de Plani fi cación, la necesidad de adquisición del terreno cuya compra es materia de justifi cación es evidente, pues el contar con él importa poder cumplir con una de las metas trazadas por nuestra Universidad Nacional de Cajamarca desde el año 1995, cual es, la de destinar dicho terreno para la construcción de Unidades Académicas, y que se ha visto postergada por la ocurrencia de hechos como el mencionado en los antecedentes, como es el proceso judicial de restitución de bien inmueble incoado por los señores Pedro Mendoza Pajares y Nelly Rosa Murrugarra de Mendoza; 2. La adquisición del terreno cuya compra es materia de justifi cación, es necesaria, pues, con la transferencia, la Universidad Nacional de Cajamarca, se asegura la utilización real del predio, lo que signi fi ca, destinar, con certidumbre, dicho terreno a favor de los intereses institucionales, a diferencia de todos estos últimos años, ocho para ser exactos, desde 1999 al 2007, en los que aún cuando ha mantenido el derecho de posesión del predio, no ha podido destinarlo de manera de fi nitiva ni contundente a un proyecto de envergadura, como el que se menciona en el punto 1., dado que estaba afecto al proceso judicial civil de restitución de bien inmueble; 3. La Universidad Nacional de Cajamarca, durante el año de 1995, procede a cercar el Campus Universitario en la extensión que se presenta en la actualidad, incluyendo el área correspondiente al terreno cuya compra es materia de justifi cación, con ello, ha venido ejerciendo la posesión hasta la actualidad, la que ha sido conocida por la comunidad universitaria y la cajamarquina en general, provocando el entendimiento en estas que al estar cercada era de su propiedad en forma indiscutible, sin embargo esto como ya se dijo, no ha sido así desde el año 1999 en que se instaura el proceso judicial civil de restitución de bien inmueble. Sin duda que permitir una variación de los linderos que por años ha mantenido la Universidad Nacional de Cajamarca, en la posibilidad de pérdida del proceso judicial - que sólo habría de restringirse a la verifi cación de si la Universidad Nacional de Cajamarca inició la ejecución de los trabajos de construcción del Hospital Docente, en tanto así lo exigía como condición la Cláusula Quinta de la escritura pública de donación - importa asumir el riesgo de la pérdida de credibilidad en la defensa de los intereses institucionales, así como en la afectación de la imagen que con tanto esfuerzo se ha logrado acreditar ante dichas comunidades. La Universidad Nacional de Cajamarca mantendría sus actuales límites y linderos; 4. La adquisición que la Universidad Nacional de Cajamarca pretende hacer del terreno cuya compra es materia de justi fi cación, se justi fi ca además, en tanto no existe la competencia de otro adquiriente, es decir, es exclusiva, toda vez que se ha llegado a esta posibilidad de compra en virtud de un proceso de negociación, cuyo producto es el contenido de la escritura pública de